Mosquitos que no respetan ni las escuelas.
Mosquitos que no respetan ni las escuelas.

Cansados de que los denominados “mosquitos” fumigadores paseen por las calles de La Criolla, vecinos de esa localidad intimaron al jefe comunal a que cumpla la ley. La provincia, ausente.

La Criolla, ubicada en departamento San Justo, padece el permanente paseo de los vehículos con los que se fumigan los campos aledaños que enriquecen a sus desaprensivos propietarios.

Harto de tan nociva rutina y desilusionados ante la falta de controles por parte de la comuna y la provincia, un grupo de vecinos denunció que por la planta urbana de esa localidad circulan esas máquinas y pidió que se les prohíba transitar a menos de 500 metros del límite del ejido urbano.

El colmo de la cuestión es que, si quisieran, las autoridades comunales y provinciales podrían invocar la ley 11.723, que prohíbe expresamente que esos vehículos, que lisa y llanamente transportan veneno, circulen por las zonas urbanas. Ya sea porque el compromiso con “el campo” es demasiado fuerte, ninguna de las jurisdicciones mencionadas hace algo para paliar la situación de los pobladores de ésa y de otras localidades santafesinas.

Los mosquitos se pavonean libremente por las calles de La Criolla y no respetan siquiera los frentes de las escuelas, donde incluso asisten los propios hijos de los dueños de los campos fumigados.

Pruebas no faltan, puesto que los propios vecinos, a falta de acciones concretas de los organismos de control, han tomado registro fotográfico y fílmico del cansino andar de las letales máquinas envenenadoras.

Y ante la falta de respuestas oficiales, los pobladores de La Criolla tomaron la decisión de presentar un escrito que entregaron formalmente en la sede comunal a su titular, Roberto Cayetano Tion.

La nota parte de los derechos que garantiza la Constitución Nacional en sus artículos 14 y 41, que establecen el derecho de peticionar e incluso preserva a los ciudadanos de las agresiones contra el medio ambiente: “Todos los habitantes de la Nación gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”. Más claro…

En la nota se hace directa referencia a la maquinaria de fumigación y se fundamenta en el “interés general para nuestra comunidad, y ante los reclamos constantes de los vecinos, ya de público conocimiento, sobre la constante circulación de las arañas o mosquitos para fumigar, en pleno ejido urbano, sin respetar ninguno de los artículos de la ley provincial 11.273”.

En otro tramo de la argumentación, se pide que se atienda y preserve “la salud de nuestros niños y de la población toda, expuesta sin elección al derrame constante de agrotóxicos en todo su recorrido, pasaje frente a escuelas y estacionamiento en lugares poblados sin restricción alguna”.

Los vecinos sostienen, y prueban a través de los mencionados registros fotográficos y de video, que “las máquinas fumigadoras vuelven de los campos luego de hacer su trabajo y a lo largo de todo su trayecto, dentro de la planta urbana de La Criolla, van derramando el veneno residual, ya que el mosquito nunca queda absolutamente vacío luego de una fumigación”.

Petitorio acuciante

Los pobladores, en el escrito presentado al presidente comunal, solicitan tres medidas fundamentales:

1) “La urgente prohibición de la circulación de esos equipos de fumigación en un radio mínimo de 500 metros de la zona poblada o urbana de nuestra localidad, invocando los derechos ya expresados ut supra y el principio de precaución que subsume nuestra preocupación pasada, actual y futura por la salud de nuestros hijos y la población en general. Para ello, garantizar una zona de resguardo ambiental que tenga un eficaz cumplimiento y acatamiento”.

2) Cumplimiento de los artículos 30, 33, 34 y 35 de la ley provincial Nº 11.273 que regula el uso de los productos fitosanitarios. En ellos se establece que las personas físicas o jurídicas que causen daños a terceros “sea por imprevisión, negligencia, culpa o dolo, será pasible de las sanciones” que establece esa misma norma provincial como multas e “inhabilitaciones totales temporarias o definitivas de los establecimientos, empresas y profesionales responsables”.

3) “Que se brinde información sobre el cumplimiento concreto de la normativa vigente en lo que hace al debido registro y habilitación de los equipos fumigadores, para garantizar de ese modo el acatamiento de actuales y futuras matriculaciones”.

Más allá de la responsabilidad de Tion, los vecinos esperan que las autoridades provinciales tomen cartas en el asunto, antes de que el accionar irresponsable de los productores que después se arremolinan al costado de la ruta pidiendo que el Estado garantice su renta acabe por convertirse en un bumerán que socave la salud de sus propios vecinos y familiares. Se sabe que la ignorancia es una de las mejores socias de la codicia.

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