El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de la Capital condenó  a los represores Pedro Santiago Godoy y Alfredo Omar Feito, a 25 y 18 años de prisión, respectivamente, por delitos de privación ilegitima de la libertad con aplicación de tormentos cometidos en el circuito ABO, integrado por los centros clandestinos de detención Atlético, Banco, Olimpo.

Godoy, alias «Calculín», fue condenado por 152 casos, en tanto que Fieto, Alias «Cacho», fue sentenciado por 15.

El veredicto lo dictó el Tribunal Oral Federal 2, que los consideró “crímenes de lesa humanidad” y por lo tanto “imprescriptibles”.

El Tribunal dejó para la etapa de ejecución de la pena, la modalidad en la que Godoy cumplirá la condena, ya que hasta ahora, por su edad, 72 años, goza del beneficio de prisión domiciliaria.

La lectura del veredicto estuvo a cargo del presidente del tribunal, Jorge Tassara, también integrado por Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu.

“Privación ilegal de la libertad agravada por la condición de funcionario público” y “mediar violencia” y “amenazas” con “imposición de tormentos” fue la figura penal que aplicó el tribunal a ambos condenados, agregando también, para algunos de los casos, que el secuestro se prolongó más de un mes.

El veredicto fue recibido con aplausos por parte de sobrevivientes y familiares de víctimas que colmaron el espacio reservado al público en el Salón Auditorium, en el primer subsuelo de los tribunales federales de Comodoro Py 2.002 de esta capital.

También habían sido aplaudidas, pero por familiares y amigos de los condenados –ubicados en otro lugar del recinto- cuando Feito, antes del veredicto, expresó sus ”últimas palabras”.

Feito había dicho que “jamás” secuestró ni torturó y que sus familiares saben que fue un soldado “valiente y honrado”.

En el caso de Godoy, la condena dictada por el TOF 2 coincidió el pedido de la fiscalía y de las querellas (que habían solicitado 25 años de cárcel para Godoy y Feito), excepto la del colectivo Justicia Ya!, que reclamó para ambos procesados 50 años de prisión.

La mayoría de los casos delitos atribuídos por las querellas a Godoy y a Feito son los de secuestrados que permanecieron en cautiverio en uno o varios de esos centros de detención, donde fueron sometidos a la aplicación de tormentos.

Muchas de la víctimas permanecen en condición de desaparecidos, mientras que algunos sobrevivientes declararon como testigos durante el juiciol oral y público y sus dichos sirvieron como fundamento de los pedidos de pena.

Este es el segundo juicio por delitos de “lesa humanidad” de las que víctimas detenidos en los centros clandestinos “Atlético”, “Banco” y “Olimpo”.

El 21 de diciembre de 2010, el Tribunal Oral Federal 2 condenó a prisión perpetua a doce represores e impuso penas de 25 años de prisión a otros cuatro, en tanto absolvió de culpa y cargo a uno de los imputados.

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