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La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible un recurso de habeas corpus presentado por el represor Juan Daniel Amelong, quien reclamó seguir asistiendo al curso de Corredores y Martilleros que tomaba el año pasado todos los sábados, a pesar de tener dos condenas por delitos de lesa humanidad en su contra.

El ex integrante del Batallón de Inteligencia 121 de Rosario durante la última dictadura perdió ese privilegio el año pasado, cuando la Secretaría de Derechos Humanos de Santa Fe pidió informes al Tribunal Oral Federal I de Rosario sobre las salidas que le autorizaba a Amelong.

Según se ventiló en noviembre pasado, Amelong disponía de salidas autorizadas para visitar cada tres domingos a su madre en el barrio de Fisherton, para asistir al médico y para participar, todos los sábados, de un curso de siete horas de duración en el exclusivo hotel Howards Johnson.

Tras la interrupción del permiso para capacitarse, en función de los riesgos de seguridad que suponía que un reo de sus características abandonara por siete horas la prisión cada semana, el “Teniente Daniel”, como se lo conocía a Amelong durante el terrorismo de Estado, presentó un queja ante la Justicia Federal.

El juez de primera instancia denegó el recurso de hábeas corpus presentado por la defensa de Amelong, que recurrió con igual fortuna a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

Finalmente interpuso recurso de casación, que la semana pasada fue declarado inadmisible por la Sala I de la Cámara de Casación, con los votos de los jueces Luis María Cabral y Pedro David. En minoría, la jueza Angela Ester Ledesma se expidió en favor del recurso planteado por el represor.

En su planteo de habeas corpus, Amelong sostuvo que “se han agravado las condiciones de su detención al serle negada la capacitación en la Fundación Pro Universidad de Corredores y Martilleros, a pesar de contar con la autorización del tribunal oral de esa jurisdicción, a cuya disposición se halla detenido”.

Los jueces Cabral y David sostuvieron que “el remedio casatorio intentado resulta inadmisible”.

Y fundamentaron: “En efecto, tal como lo ha sostenido la cámara a quo al confirmar la resolución dictada por el magistrado de instrucción, no se advierte que los agravios introducidos resulten atendibles mediante la acción entablada por el nombrado, cuando estos han sido materia de tratamiento y decisión por parte de los jueces de la causa”.

El teniente coronel retirado del Ejército Juan Daniel Amelong, también abogado, fue condenado en 2009 a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, cuando integraba el Batallón de Inteligencia 121 de Rosario.

El circuito represivo del Batallón abarcó cinco centros clandestinos de detención: La Intermedia, La Calamita, la Quinta de Funes, la Escuela Magnasco y la Fábrica Militar de Armas Domingo Matheu. Por esos campos de concentración pasaron decenas de secuestrados. Muchos sufrieron tormentos y otros fueron asesinados.

En diciembre del año pasado recibió una nueva condena por delitos de les humanidad cometidos durante la última dictadura, esta vez a 10 años de prisión, en el juicio oral por la causa “Guerrieri II”.

Matrícula

Otro de los frente que tiene abierto Ámelong es el debate sobre el mantenimiento de su matrícula de abogado en el Foro local. Organismos de derechos humanos reclamaron hace tiempo que se le retire.

El Colegio de abogados de Rosario avanzó en ese sentido pero se topó con la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que planteó que para quitarle la chapa al represor debía tener una condena firme. Pero finalmente el 24 de abril la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, rechazó un recurso presentado por Ámelong y los otros cuatro sentenciados a prisión perpetua de la causa Guerrieri I y a partir de ese momento, las condenas pasaron a quedaron confirmadas.

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