La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró aplicable el cómputo del 2×1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el Hospital Posadas, en el oeste del Gran Buenos Aires. La decisión contó con los votos favorables de los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

Según informó el Centro de Información Judicial, la resolución de la mayoría del tribunal, declara aplicable la ley 24.390 (conocida como 2 x 1), que estuvo vigente entre los años 1994 y 2001, hoy derogada, que reduce el cómputo de la prisión, porque se trata de la ley más benigna. En disidencia, votaron los jueces Lorenzetti y Maqueda, quienes señalan que esa reducción no es aplicable a los delitos de lesa humanidad.

De esta manera, el máximo tribunal del país benefició al represor Luis Muiña condenado en 2013 por ser “coautor del delito de privación ilegal de la libertad cometido por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, agravado por el uso de violencia o amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, en concurso real con el delito de imposición de tormentos por un funcionario público al preso que guarde”.

El fallo de la Corte Suprema fue dictado en el marco de la causa «Bignone, Benito A. y otro s/recurso extraordinario», por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, en el partido bonaerense de Morón.

Condenado a 13 años de prisión, Muiña integró durante la dictadura la patota parapolicial que se organizó bajo el nombre de «Swat», integrada por una decena de personas y que operó dentro del Posadas, donde creó el centro clandestino de detención conocido como «el chalet».

En el fallo divulgado este miércoles por el Centro de Información Judicial (CIJ), la mayoría del Supremo Tribunal sostuvo que el Estatuto de Roma, instrumento jurídico destinado a juzgar a acusados por delitos gravísimos tales como genocidio, crímenes de guerra y contra la humanidad, «incorpora el principio de la ley más benigna».

Para Lorenzetti y Maqueda, en cambio, sobre los delitos de lesa humanidad «no se ha dado ningún cambio en la valoración», son de carácter permanente y, «si durante su lapso de consumación rigieron dos leyes, no se trata de un caso de sucesión de leyes penales (hipótesis del artículo 2 del Código Penal, donde se debe aplicar siempre la más benigna), sino de coexistencia de leyes».

Repudio

«Estoy indignada y sorprendida. Nos están destruyendo en nuestra salud psíquica», expresó Estela de Carlotto, en referencia a la decisión de la Corte Suprema.

En diálogo con AM 750, la titular de Abuelas cuestionó al gobierno de Mauricio Macri: «El gobierno ahora quiere fusilarnos en una movida tan terrible como el 2×1». «Debe ser el único país en el mundo en el que suceden estas cosas», aseguró.

Reconciliación

El fallo de la Corte llega en el mismo momento que los organismos de derechos humanos habían salido a repudiar un nuevo llamado de la Iglesia argentina a la «reconciliación».

Al conocerse que la Conferencia Episcopal realizaría en su asamblea una ronda de diálogo para abordar el «tema de la reconciliación», desde Madres y Abuelas les recordaron que lo que buscan los organismos de derechos humanos es «justicia y verdad», saber «dónde están los desaparecidos» y los hijos robados durante la dictadura.

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Fuente: RR/Télam

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