Un proyecto de ley presentado en el Senado nacional quiere prohibir fumigaciones terrestres a menos de 1.500 metros de zonas urbanas y fija en 5.000 metros la restricción para aplicaciones aéreas.

Hasta el momento hay normativas provinciales y ordenanzas municipales sobre el tema, pero el senador nacional Fernando Pino Solanas presentó un proyecto de ley que establece límites de restricción sobre las áreas urbanas para la aplicación de agroquímicos en la producción agrícola.

La iniciativa prohíbe las prácticas terrestres con el denominado “mosquito” o “matayuyos” a menos de 1.500 metros de las zonas urbanas, mientras que fija en 5.000 metros la restricción para las aplicaciones áreas.

Los argumentos del proyecto, según Solanas, se valen de una serie de estudios nacionales e internacionales sobre el uso de agroquímicos y su impacto en la salud. De prosperar el debate parlamentario, la novedad sería la aprobación de una ley nacional que regule esta práctica común en el modelo agrario de la Argentina.

Hasta el momento están vigentes normativas provinciales, como en la provincia de Córdoba, u ordenanzas municipales o comunales, como en la provincia de Santa Fe, donde se presentaron varios proyectos en la Legislatura para regular fumigaciones con agroquímicos pero ninguno consiguió convertirse en ley.

El tema genera fuertes controversias y tiene diferentes miradas. Se trata de poner en debate un modelo de producción que trajo el paquete agrotecnológico que desde mediados de los 90 se aplica en el país, con eje en la expansión de la frontera de la soja.

Organizaciones ambientalistas promovieron estudios e investigaciones, sobre todo en pueblos de zonas agrícolas, acerca de la utilización de distintos productos químicos en las producciones de alimentos y su directa relación con enfermedades y muertes de niños y pobladores.

Por lo pronto, en el Senado se acordó convocar a los ministerios de Ambiente y de Agroindustria para que opinen sobre la propuesta que presentó el senador Solanas. Desde la comisión advirtieron que, en caso de no acudir, convocarán a reunión plenaria con Agricultura para poner en consideración el proyecto. Habrá que ver si al menos la iniciativa consigue dictamen para ser discutida en el recinto de la Cámara alta de la Nación.

Según el texto, ante la “duda razonable” acerca de la delimitación del área de protección ambiental, el aplicador debe solicitar delimitación de la zona prohibida. “Los productores, propietarios, usufructuarios, arrendatarios, aplicadores y/o persona jurídicamente responsable de un inmueble en el cual se apliquen agroquímicos serán solidariamente responsables de los daños ocasionados por violación a la ley”, precisa la propuesta.

El proyecto prohíbe el tránsito, circulación, estacionamiento, guarda o depósito de las máquinas de aplicación en áreas urbanas. La iniciativa que ingresó al Senado prohíbe la aplicación o manipulación de sus residuos en presencia de niños, niñas y adolescentes hasta los 18 años. Con respecto a las sanciones para quienes infrinjan la ley, habrá apercibimiento; multa de entre el 5 y 50 por ciento del valor fiscal del inmueble; incautación de vehículos; inhabilitación para gestionar trámites administrativos a los fines de transportar y/o vender los granos cosechados.

El texto de la propuesta que busca regular el uso de agroquímicos a nivel nacional agrega el principio de legitimación, según el cual “toda persona que resultare afectada directa o indirectamente a causa de las acciones contempladas será considerada particular damnificado y con legitimación para efectuar las denuncias, reclamos administrativos y/o acciones judiciales correspondientes”.

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