La Justicia rosarina dictó el procesamiento a Jorge Fariña, Rubén Cervera y Rodolfo Isach por los hechos que tuvieron como víctimas a 12 personas que trabajaban y militaban en el cordón industrial de San Lorenzo.

El juez federal de Rosario, Marcelo Bailaque, hizo lugar al pedido del fiscal general Adolfo Villatte y dictó el procesamiento del ex militar de inteligencia Jorge Fariña, del ex jefe del Batallón 121 de Arsenales de Fray Luis Beltrán, Rubén Cervera, y del ex policía provincial y personal civil de inteligencia, Rodolfo Isach, por crímenes de lesa humanidad ocurridos en la vecina localidad durante la última dictadura cívico militar. También dispuso la falta de mérito de otros tres acusados.

Los procesamientos por privaciones ilegales de la libertad, aplicación de tormentos y homicidios comprenden al ex jefe de la sección Operaciones Especiales de Inteligencia (OEI) del Destacamento de Inteligencia del Ejército 121, Jorge Alberto Fariña; al ex jefe del Batallón 121 de Arsenales de Fray Luis Beltrán –localidad vecina a San Lorenzo– Rubén Osvaldo Cervera, quien luego del golpe de Estado fue nombrado interventor municipal de San Lorenzo; y al ex oficial de la policía provincial y personal civil de inteligencia del Destacamento de Inteligencia 121, Rodolfo Daniel Isach.

Bailaque dispuso además el embargo de 1.350.000 pesos sobre los bienes de Fariña, de 400 mil pesos sobre los de Isach y de 50 mil pesos sobre los de Cervera. Y no decidió dictarles la prisión preventiva a ninguno de ellos en función de que los tres imputados se encuentran cumpliendo condenas en causas conexas a esta.

En tanto, el magistrado dispuso la falta de mérito para el ex oficial superior del Batallón 121 de Arsenales y, luego del golpe, secretario de Gobierno municipal, Horacio Hugo Maderna; del abogado Pedro Alberto Rodríguez, quien a la época de los hechos era director de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de San Lorenzo; y de Guillermo Raúl Ferrari, ex segundo jefe del Batallón 121.

El objeto de la causa son 12 hechos, sobre algunos de los cuales la Fiscalía pidió revertir el dictado de faltas de mérito dispuestas con anterioridad. Las víctimas militaban y/o trabajaban en la localidad de San Lorenzo y en el cordón industrial del Gran Rosario.

Para los casos de Cervera, Maderna y Rodríguez, Villatte solicitó oportunamente que se los indague por el delito de asociación ilícita para cometer genocidio, pero Bailaque entendió que no estaba acreditado que los tres hubieran intervenido específicamente en estos hechos en el marco de un acuerdo previo y dictó la falta de mérito por ese crimen. Fueron excluidos de esa imputación Fariña e Isach, quienes fueron condenados por ese tipo penal en otras causas.

En su resolución, el juez tipificó como homicidios los casos de desaparición forzada. Citó al respecto el criterio de la Cámara Federal de Rosario, la cual sostuvo en un caso análogo que «existen elementos de convicción suficientes» para tener por acreditado en esta etapa que «las personas detenidas cuyo destino final se desconoce y es objeto de investigación, hayan sido asesinadas, no resultando óbice a tal conclusión que sus cuerpos hasta el momento no han aparecido o la inexistencia de testigos directos de los presuntos homicidios (…) El hecho que ninguna de aquellas personas haya aparecido o sido vista con vida desde dicha época hace probable en el marco fáctico referencial apuntado con anterioridad, que no hayan sobrevivido a sus privaciones ilegales de la libertad».

Las calificaciones

Fariña fue procesado en carácter de partícipe necesario de privación ilegal de la libertad agravada en perjuicio de Luis Oscar Lapissonde; privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y homicidio agravado contra Ramón Oscar Riquelme y Héctor Muller; privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas en concurso real con tormentos y homicidio agravado de Ramón Di Fiori, Lina Teresa funes, Roberto Bonifacio Camuglia, Carlos Ignacio Kruppa y Rafael Antonio Carroza; homicidio agravado de Juan José Funes y Hugo Alberto Parente; y privación ilegítima de la libertad agravada de Luis Reynaldo Vivas, ex intendente de la Municipalidad de San Lorenzo, quien fuera depuesto el 24 de marzo de 1976.

Cervera fue procesado como coautor de privación ilegal de la libertad agravada de Vivas e Isach por la privación ilegal de la libertad agravada en concurso real con tormentos y homicidio agravado de Lina Teresa Funes y Camuglia y el homicidio agravado de Juan José Funes.

El pedido de indagatorias formulado por el fiscal Villatte incluía el caso de José Alberto Polenta, asesinado en un retén vehicular llevado a cabo por fuerzas conjuntas el 21 de septiembre de 1975. El juez dictó falta de mérito por su caso porque por «las características del hecho» se puede «afirmar que no estamos ante un caso de aquellos que se inscriban en el marco de la actividad sistemática de persecución, secuestros, tormentos y homicidios de aquellas personas tildadas como ‘subversivos’ tal como se imputara».

No obstante resultar la resolución judicial un importante avance en la investigación de ese circuito represivo, la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos de Rosario adelantó a Fiscales que apelará las faltas de mérito dictadas.

Fuente: Fiscales.

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