La etapa de producción de prueba, como se denomina en lenguaje jurídico a la presentación de testimonios, documentos, registros y elementos que permitan determinar que una o varias personas son –o no– autoras penalmente responsables del o los delitos de los que se las acusa, concluyó esta semana en el juicio a la banda conocida como Los Monos. En quince días será la hora de los alegatos finales de fiscales y defensores, un tiempo después se conocerá el veredicto del Tribunal. Las cartas están echadas en una de las causas más resonantes de los últimos años en Rosario. El Poder Judicial no siempre actúa estrictamente conforme a derecho sino que, a veces, es permeable a los humores sociales y presiones varias. Este mismo caso lo puso en evidencia cuando en abril de 2015 el procurador Jorge Barraguirre acordó con los abogados defensores de los acusados un juicio abreviado que estipulaba condenas con penas menores. Un “negocio jurídico”, como lo llamó entonces el juez que instruyó la causa, Juan Carlos Vienna, que en el paladar social tenía gusto a beneficio para una de las partes.   

Si se hiciera una encuesta entre los rosarinos en la que se preguntara cuál era la principal actividad ilícita de la organización, las respuestas resultarían, con alta probabilidad, unánimes: al tráfico de estupefacientes.

Elevados por algunos medios de comunicación a la escala de Chapus Guzmanes vernáculos, una demasía sólo explicable por la necesidad de captar audiencias, Los Monos cayeron en desgracia antes de que se les formara la primera causa federal por narcotráfico, en diciembre de 2015. Durante casi quince años gozaron de una invisibilidad asombrosa, sin persecuciones judiciales.   

Fue el asesinato de uno de sus líderes, el Pájaro Claudio Cantero, ocurrido la madrugada del 26 de mayo de 2013, el que dictó el principio del fin de la impunidad de Los Monos, cuyo presumible ocaso es, al menos, materia discutible.

La sed de venganza, la cabeza caliente y el corazón frío –de modo inverso a lo que aconseja el dicho–, empujó a sus miembros a una seguidilla de matanzas que expusieron al conjunto a la visibilidad pública. La necesidad política del gobierno provincial por desagotar la sangre de las calles, y un juez presto a satisfacerla, hicieron el resto.

Como haya sido, por primera vez, doce personas sindicadas como integrantes de la banda y trece policías acusados de encubrirlos, protegerlos o hacer la vista gorda a cambio de favores remuneratorios, están a un paso de enfrentar el veredicto de un tribunal.

Iniciado en noviembre, el juicio entró esta semana en su etapa final, al cerrarse el período de producción de prueba. Restan los alegatos finales, previstos para el próximo 19 de marzo el de la Fiscalía y el 25 el de las defensas. Luego, la sentencia.

Las acusaciones fueron múltiples, como múltiples son los imputados en el debate oral: 25, un número inusual en los Tribunales rosarinos, y no sólo en ellos.

La mayoría de los imputados están acusados de conformar una asociación ilícita con fines delictivos, una figura del Código Penal aprobado en 1921 cuyos detractores resaltan su vaguedad e imprecisión, sobre todo en relación al bien jurídico que se protege. Que, en este caso, sería el orden público.

Establecida en el artículo 210 del Código Penal, posee una escala penal media. Dice el Código: “Será reprimido con prisión o reclusión de tres (3) a diez (10) años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinadas a cometer delitos por el solo hecho de ser miembros de esa asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco (5) años de prisión o reclusión”.

El artículo 210 bis agrava las penas pero para el caso de que la acción de dicha asociación con fines ilícitos “contribuya a poner en peligro la vigencia de la Constitución Nacional”. No es el caso de esa familia ampliada llamada Los Monos.

No parece que radicara en esa figura la principal preocupación de los abogados defensores de los cabecillas de la organización. Sino en las tres causas por homicidio con cinco víctimas achacadas al núcleo duro de Los Monos: Ariel Máximo “Guille” Cantero; Ramón “Monchi” Machuca; Leandro “Gordo” Vilches; Jorge Emanuel Chamorro; y Andrés “Gitano” Fernández.

En su alegato de apertura, los fiscales Luis Schiappa Pietra y Gonzalo Fernández Bussy pidieron, por caso, 41 años de prisión para Machuca; 24 para Guille Cantero.

Las pruebas

A lo largo de unas 40 audiencias pasaron por ante el tribunal del juicio dos centenares de testigos, propuestos por ambas partes. La mayoría ofrecidos por la Fiscalía.

Pero no es la prueba testimonial la que, se puede conjeturar, será decisiva al momento de la sentencia. En los casos que involucran a la banda del barrio La Granada rige un patrón irrevocable: nunca nadie vio nada.

Y, si alguien pispeó algo de casualidad, lo olvidó a la hora de presentarse a declarar en el juicio. Cuando no dio vuelta su testimonio original para favorecer a los reos.

El corazón de la acusación contra Los Monos anida en las escuchas telefónicas ordenadas durante tres meses de 2013, antes, durante y después del crimen del Pájaro Cantero, que desató la cacería de quienes, al presunto entender de la banda, habían sido los matadores de Claudio.

En ellas se pueden oír pedidos de municiones, seguimientos de personas enseguida convertidas en víctima de homicidios, rastreo de datos de quienes terminarían asesinados, intercambio de información con policías cómplices, órdenes de balacera, indicios de narcomenudeo.

Cualquier ciudadano de a pie, luego de escuchar esos registros sonoros, no albergaría ninguna duda sobre las responsabilidades de los escuchados. Pero su valoración judicial es otra cosa. No se puede condenar por indicios sino mediante pruebas contundentes e irrefutables. Caso contrario se aplica –otra vez el lenguaje jurídico– el principio que en latín se escribe in dubio pro reo, y que en castellano significa que ante la duda por insuficiencia probatorio el favorecido será el acusado.

También existen, entre las imputaciones, otras menores como encubrimiento, cohecho, violación de secreto.

Para la fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren, “todos los hechos se han podido probar” durante el juicio.

¿Las pruebas? “Son muchísimas, han pasado más de 200 testigos, hay muchas pruebas importantes que iban dirigidas a acreditar distintos extremos de las imputaciones”, dijo la jefa de los fiscales Schiappa Pietra y Fernández Bussy luego de la conclusión de la etapa de producción de prueba.

Agregó que esos elementos aportados durante el debate “se van a poder interpretar y entender el día de los alegatos” finales.

Otra mirada

Distinta es la mirada de los defensores, que también aportaron testigos a favor de sus clientes y cuestionaron la prueba ofrecida por los fiscales, fundamentalmente en los casos de los cinco asesinatos atribuidos a algunos de sus clientes.

Por ejemplo, en el de la acusación a Machuca, alias Monchi Cantero, de ser quien ordenó el triple crimen de avenida Francia y Acevedo registrado el 28 de mayo de 2013, dos días después del de su hermano de crianza el Pájaro.

Allí fueron fusilados el mecánico Marcelo Alomar y Nahuel César y por la balacera murió seis meses después la madre de éste último, Norma César, tras haber quedado cuadripléjica.

De ese episodio, como se dijo antes, no hay testigos presenciales. Sí hay lo que se denominan “testigos de oídas”, personas que dicen que terceros le dijeron quiénes fueron los autores.

La principal prueba, en esa causa, reside en las escuchas del teléfono de Monchi. Pero son todas posteriores al hecho y muestran a Machuca buscando datos, a través de un policía adquirido para el otro bando, de la suerte sanitaria de los baleados.

La construcción completa de la teoría del caso de los fiscales indica que los Cantero buscaban vengar el crimen de uno de los suyos, el Pájaro, y sobre ese asunto hay abundante registro telefónico que brinda detalles de la frenética cacería emprendida en mayo de 2013.

Monchi recibe datos de varias fuentes acerca de que en el asesinato de Claudio Cantero participó Milton. Los fiscales entienden que en esa búsqueda desesperada apuntaron contra Milton César, con quienes Los Monos tenían algunas broncas previas. Y bajaron a sus familiares sin miramientos, para luego precisar que el Milton sospechoso era otro, de apellido Damario, que fue acusado judicialmente de matar a Claudio Cantero pero resultó absuelto por falta de pruebas.

El padre de Damario fue asesinado tiempo después, al igual que los progenitores de los otros dos acusados por la muerte de Cantero que también fueron absueltos, Facundo Macaco Muñoz y Luis Pollo Bassi. A éste último también la mataron dos hermanos.

Como dijo un periodista luego de la última audiencia de esta semana acerca de los posibles asesinos de la familia César y de Alomar, que la ligó por hacerle la gauchada a sus amigos de llevarlos en su camioneta: “¿Quiénes van a ser, unos clientes del mecánico enojados por una mala reparación?”.

Para los periodistas que cubren el juicio, para aquellos que lo hayan seguido por los medios de comunicación, para quienes se asomaron en alguna oportunidad al expediente judicial, no hay dudas. El tribunal, en cambio, debe analizar las pruebas producidas durante el debate oral, cuya etapa concluyó esta semana.  

Fuente: El Eslabón

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