El diputado provincial Héctor Cavallero presentó un proyecto de ley por el cual se le quitará la banca en la Legislatura o los concejos municipales a quienes abandonen el espacio por el que fueron electos.

El legislador del Partido del Progreso Social (PPS) consideró que el «transfuguismo» –como denomina a quienes son electos por un partido y e pasan a otro o se cortan solos– “jaquean la representación política y rompen el contrato entre el elector y elegido”. Es más, lo calificó de «grave falta ética».

Tal como publicó Rosario 12, el Tigre señala en su iniciativa legislativa tres tipos de fraude o inconductas por las que pueden ser sancionados legisladores y concejales: cuando cambian su pertenencia política; cuando rompen el bloque al cual llegaron a trav{es de la voluntad popular, o bien cuando votan en contra de la «plataforma y de los principios básicos» de la fuerza que lo llevó a la banca.

En su proyecto, Cavallero sostiene que apelan al «transfuguismo» quienes acceden a «un cargo público electivo» por una fuerza política y después «se ubican voluntariamente en una posición representativa distinta», y especifica con tres casos concretos:

  • Los que se desafilian del partido que los llevó a la banca y se afilian a otro.
  • Quienes no forman parte del bloque partidario.
  • Quienes votan «en forma sistemática en disidencia con el resto de sus compañeros de bloque en deliberada contraposición con las propuestas de campaña, plataforma o principios políticos básicos de su partido o agrupación política».

Claro que el legislador del PPS concede el beneficio de la excepción a aquellos legisladores o concejales de frentes políticos organizados como interbloques.

Textualmente, la iniciativa dispone que «el legislador o el concejal que incurriera en transfuguismo político será pasible de ser destituido de su cargo».

En el caso de diputados y senadores, se los destituirá «conforme (a) lo dispuesto en el artículo 50 de la Constitución de Santa Fe, es decir, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros», y cuando se trate de concejales, según «lo previsto en el artículo 39 de la ley 2756 Orgánica de Municipalidades con dos tercios de votos sobre la totalidad de los concejales en ejercicio».

Si se aprueba, la ley le da el lugar de «denunciantes» tanto al «partido político que se viera afectado por la conducta de transfuguismo», como a «los miembros del bloque» que el legislador o concejal «hubiera abandonado», y el proceso de «destitución» no podrá extenderse más allá de «los 90 días corridos».

Para Cavallero es «cada vez más frecuente el fenómeno del transfuguismo político a nivel nacional, provincial y municipal», y agregó precisiones respecto de esa figura: «Un candidato que luego de acceder al cargo electivo gracias a haber integrado la lista de un determinado partido o frente decide sin más pasarse a otro sector, motivado tal vez porque le represente una ventaja personal para una próxima elección, un beneficio económico o algún otro tipo de prerrogativa», explicó.

El Tigre, además, sentenció: «Tal conducta constituye sin dudas una traición al grupo político que lo postuló, a los dirigentes, afiliados y militantes que pusieron a su disposición su esfuerzo, su tiempo y los recursos necesarios para llevar adelante la campaña electoral. Pero más grave aún, es la burla flagrante a la voluntad del electorado, que lo votó para que represente ciertos y determinados ideales con los que se identifica a ese partido político, para que concrete propósitos y desarrolle programas prometidos en la campaña, los cuales obviamente son dejados de lado al cambiar de postura política una vez obtenido el cargo. De esta manera se produce la ruptura del vínculo de representación entre el elector y el elegido, el cual es nada menos que la base de nuestra democracia representativa».

Por último, Cavallero opinó que «el transfuguismo incurre en un menosprecio de la relación del representante con los electores y en un distanciamiento de los compromisos electorales asumidos con los ciudadanos».

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