Trabajadores del mercado y centro cultural La Toma, reabierto desde hace años como cooperativa tras la huida de la patronal, denunciaron un “nuevo intento de desalojo impulsado por sectores financieros”. Este lunes realizaron una asamblea junto a decenas de organizaciones sociales, gremiales, políticas y de derechos humanos, para “informar sobre la situación” que atraviesa el establecimiento donde funcionó, hasta su quiebra, el ex supermercado Tigre.

La reunión funcionó como una “asamblea abierta” de la que participaron, entre otros espacios, sindicatos de Movimiento Sindical Rosarino (MSR), de las CTA de los Trabajadores y Autónoma, diputados y legisladores como Lucila De Ponti, Alicia Gutierrez, Norma López, Enrique Estevez, Eduardo Toniolli, organismos defensores de derechos humanos, el abogado de La Toma Juan Lewis, personalidades de la cultura como Mario Piazza o Adrián Abonizio, el Decano de la Facultad de Humanidades y Artes José Goyti, el Instituto Movilizador, la Ctep, partidos políticos del FIT, integrantes del FSP, del Partido Justicialista, de la Franja Morada, la CCC y de pueblos originarios.

En el acto, el encargado de explicar el nuevo conflicto judicial fue el presidente de la cooperativa, Carlos Ghioldi, quien detalló el “plan de lucha” definido por los trabajadores “ante la ruptura de las negociaciones que buscaban una solución a este largo litigio, de manera unilateral por parte del Sedesa (Servicio de Depósitos SA)”.

“Este es el fondo que residualmente quedó con la titularidad de un crédito hipotecario que los empresarios del viejo supermercado no pagaron en 1993, hace 24 años. Este plan de lucha consiste en profundizar la ocupación y utilización militante del establecimiento en manos obreras por parte de todos los sectores populares convocados”, remarcó Ghioldi, quien recordó que unas 46 organizaciones realizan tareas productivas, culturales y sociales de forma permanente en el lugar.

Tras recordar que el parlamento santafesino aprobó dos proyectos de expropiación del ex supermercado, Ghioldi también refirió que se realizarán presentaciones de proyectos legislativos a nivel nacional, provincial y municipal, con el objetivo de que “declaren de interés parlamentario la resolución positiva de este conflicto mediante la propuesta formulada por el gobierno de Santa Fe de adquirir el crédito hipotecario”.

El referente de La Toma, convocó a las organizaciones presentes a acompañarlos en el reclamo a los distintos bancos que componen la titularidad de Sedesa para que “depongan esta actitud irracional que, en el marco de una situación social cada vez más complicada, aleja la perspectiva de una resolución que beneficie a los trabajadores, a las organizaciones populares, a las políticas públicas al servicio de la comunidad que se desarrollan desde La Toma, junto a un sinfín de actividades culturales y de solidaridad social”.

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5 Lectores

  1. MIGUEL TARDEWSKI

    26/05/2020 en 18:14

    El avasallamiento del orden jurídico en LA TOMA.

    Desde 1998 existe un expediente judicial, el 1877/98, Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 14º Nominación de Rosario, denominación original: «HIPERMERCADO TIGRE S.A. (C.U.I.T: 30-52159286-5) S/ Concurso de acreedores», que luego pasó a ser «Quiebra».
    En tales autos se ha tratado el concuros de acreedores del mencionado hipermercado, luego fue declarada la quiebra, y extendida a Francisco Claudio Regunaschi (principal poseedor de las acciones del supermercado). Se han ido produciendo numerosos actos jurídicos, como el remate de numerosos bienes muebles e inmuebles, y los pagos parciales a favor de algunos acreedores.

    En ese contexto, en julio de 2001, un grupo de personas, rompió el candado de la puerta y accedió al interior del inmueble de Tucumán 1349, Rosario, donde se encontraba una de las sucursales más grandes de la cadena Tigre. No cuento con información oficial respecto de cuántas eran las personas que ingresaron y si esas personas eran o no trabajadores en relación de dependencia del Hipermercado Tigre al momento del cese de actividades.

    Los trabajadores en relación de dependencia del Hipermercado Tigre tienen que aparecer con nombre, apellido y número de documento en el expediente del concurso y de la quiebra, y tienen que haber percibido parte o todo de sus créditos laborales.

    Es importante contar con esta información: cuántos trabajadores del Tigre no están hoy en La Cooperativa La Toma (que funciona en Tucumán 1349, Rosario), y cuántas personas que hoy ocupan la Toma no eran trabajadores del Tigre.

    La ocupación del inmueble impidió al Síndico del concurso, luego quiebra, tener el control del inmueble, para poder ejercer todas las acciones y cumplir con las obligaciones previstas en la ley nacional 24522, de Concursos y Quiebras.

    Un dato importante que hay que destacar es que sobre ese inmueble está constituida una hipoteca desde el año 1993. He escrito por separado sobre esa hipoteca, podemos resumir la situación diciendo lo siguiente. En 1993 el Hipermercado Tigre le compró el inmueble a la Cooperativa El Hogar Obrero, recibiendo parte de los fondos del Banco Roca, a favor de quien se constituyó hipoteca en primer grado. El Banco Roca fue absorbido por el Banco Almafuerte en 1994; este banco le cedió el crédito hipotecario al Banco Finansur en 1999.

    El Banco Finansur inició la demanda por ejecución hipotecaria (BANCO FINANSUR c/HIPERMERCADO TIGRE s/Concurso Especial; Expte. 43/2002), teniendo la condición de acreedor privilegiado en la quiebra del Tigre. Dentro del expediente de la demanda el Banco Finansur cedió sus derechos a favor de SEDESA SA. Esta sociedad es una entidad creada por una ley de 1995 (ley 24485, Congreso de la Nación Argentina), sus siglas significan SEGURO DE DEPOSITO SOCIEDAD ANONIMA. Es una institución normal de los sistemas financieros que le da vida, salud, y garantía al sistema bancario. No es un «fondo de basura bancaria», como lo llama Ghioldi. Es una entidad que asiste a los bancos y en su operatoria es habitual la cesión de créditos. No son «cuatro yupies de Puerto Madero, que no tienen nada que ver, que nunca pusieron plata», tampoco es correcto decir como hace Ghioldi «que lo tiene heredado», la expresión técnica es que el Banco Finansur se lo ha cedido. Sedesa es el legítimo acreedor hipotecario, y su condición de tal figura en los expedientes del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.

    La ocupación del inmueble por parte de la Toma ha impedido usufructuar el inmueble, ha impedido el pago de la tasa general de inmuebles de la Municipalidad de Rosario y del impuesto inmobiliario de la Provincia de Santa Fe.

    La Cooperativa La Toma, liderada por Carlos Ghioldi, no ha abonado un peso de alquiler durante casi diecinueve años, y no ha abonado ni siquiera un centavo de tasa municipal ni de impuesto inmobiliario. De esa forma, han deteriorado aún más el valor de la propiedad. Tampoco han realizado mantenimiento alguno. El lugar luce sucio, descuidado, oscuro, muchas personas comentan que no ingresan al mercado porque su estado de abandono los hace desistir. En el sector de estacionamiento (allí funciona la explotación de un estacionamiento, en ese local cobran por el servicio), el piso está deteriorado, hacia el fondo, donde los vehículos giran para poder salir, hay un pozo en el piso que jamás han hormigonado. No hay barreras, no hay máquina para emitir tickets.

    //// SIGUE APARTE POR FALTA DE ESPACIO ////

    Responder

  2. MIGUEL TARDEWSKI

    26/05/2020 en 18:16

    /// continúa del anterior por falta de espacio / AVASALLAMIENTO DEL ORDEN JURIDICO

    La explotación del inmueble que hace la Toma es un típico caso de subexplotación económica. El mercado que funciona tiene escaso movimiento, comparado con el que podría tener por los metros cuadrados, además hay un bar, una carnicería y otros bolichitos. Nada que se corresponda con la enorme cantidad de metros cuadrados que tiene el inmueble, que representa casi un tercio de manzana en el microcentro de Rosario!

    En todo este contexto, Carlos Ghioldi y la Cooperativa La Toma, han rechazado las órdenes de desalojo del inmueble, órdenes emanadas dentro del cumplimiento del orden jurídico vigente, con intervención del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, acordes a la Constitución Nacional, y a leyes nacionales y provinciales. Carlos Ghioldi y la Cooperativa La Toma han impedido el correcto accionar del Poder Judicial y el imperio de la ley.

    Con respecto a la Provincia de Santa Fe, es cierto que hubo sanción de dos leyes de expropiación. Me he ocupado por separado y con gran detalle sobre este tema, podemos resumir diciendo que lo que se expropiaba era solo el uso temporal del inmueble (máximo de dos años), no se expropiaba el dominio del inmueble. La Provincia no cumplió con el pago del alquiler exigido por la ley; además emitió la resolución 235/07 dictada por el Ministerio de la Producción mediante la cual se pretendió revocar la expropiación temporal del inmueble de la fallida, alegando la Provincia que el programa de explotación del establecimiento del ex hipermercado Tigre, presentado por la Cooperativa de Trabajo “TRABAJADORES SOLIDARIOS EN LUCHA” no reunía los requisitos previstos por la normativa vigente. Por último, esas dos leyes fueron declaradas inconstitucionales por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (presidida por la Dra. Gastaldi), en un fallo ejemplar que tuvo claridad meridiana, rigor jurídico, precisión conceptual, y fueron expresados en lenguaje claro y argumentación ordenada.

    Hay que destacar que el apoyo recibido de la Provincia se hizo mientras subsistían obligaciones sin cumplir por parte de La Toma: pago del impuesto inmobiliario, y presentación y pago del impuesto a los ingresos brutos.

    Es cierto que el Concejo Municipal se expresó a favor de la función social de La Toma, curiosamente lo hizo mientras la situación de La Toma respecto de sus obligaciones para con la Municipalidad eran de franco incumplimiento: falta de pago de TGI, falta de pago y de presentación en tiempo y forma de Drei y de Etur; y las personas que trabajan en el lugar realizando tareas de manipulación de alimentos, no tienen ni renuevan la libreta sanitaria ni han realizado el curso periódico correspondiente. Falta de habilitación del estacionamiento (lo que implica que corresponde su clausura inmediata), realización de una tarea peligrosa y no regulada de reciclado de cartones.

    También algunos diputados de la Nación han brindado su apoyo a La toma, mientras la misma tenía un sinfín de obligaciones sin cumplir respecto de la Nación: presentación y pago del IVA, presentación de balances anuales.

    En resumen: el hecho que prevalece por sobre todos los demás es que La Toma y Carlos Ghioldi no cumplen con la ley en lo más mínimo, que se han opuesto al normal funcionamiento de las instituciones democráticas. No obstante, cuando les conviene, invocan el sistema legal e institucional (Ghioldi, dice que «tienen el aval de dos leyes de expropiación», hemos explicado por separado que acá también miente, deforma y oculta información), y siguen reclamando apoyo de las tres instancias de gobierno (nación, provincia, municipio). Están ocupando un inmueble que está en el acervo de una quiebra, que tiene un acreedor privilegiado por una hipoteca (no lo digo yo, lo dice el Poder Jucicial, fundado en ley), no han pagado alquiler ni impuestos de ese inmueble, han usufructuado el estacionamiento y el local para un mercado y otros negocios, han perjudicado a la masa de acreedores de la quiebra, y han sido amenazantes con el poder judicial.

    La estrategia de Ghioldi ha sido exitosa en un punto: ocupó junto a algunos «compañeros» un inmueble, subsistieron allí durante 19 años; algunos, pocos, obtuvieron renta del estacionamiento para vivir, invitaron a establecerse y funcionar en ese inmueble a gran cantidad de «organizaciones sociales». Al día de hoy, habiendo tantas personas e instituciones dentro del inmueble, un desalojo sería demasiado espectacular y escandaloso, ese es su gran fortaleza, y el logro de su gran ideólogo, Carlos Ghioldi, que ha logrado sobrevivir sin trabajar estos 19 años, con la renta del estacionamiento.

    Es urgente que las autoridades le pidan rendición de cuentas a La Toma. Que detallen los movimientos de caja efectivo principalmente (también de la cuenta del Banco Credicoop), detalle de ingresos diarios por estacionamiento y por ventas varias. Detalle de pagos y retiros de los fondos ingresados: si lo retiraban sus integrantes, explicar a título de qué lo retiraron, con qué comprobantes lo respaldaron, quiénes autorizaron y archivaron, y los registros contable que reflejaron esos movimientos. Saldo de caja diaria, detalle de su atesoramiento, controles internos, auditorías.

    La «función social del lugar». Esta expresión ha sido de uso frecuente, en particular a raíz de la visita al inmueble por parte del Juez, Dr. Marcelo Quaglia, en el año 2016. No me consta, como pretende Ghioldi y repiten como loritos tontos y acríticos diarios zurditos y Página 12, que el Juez haya salido del lugar elogiando la función social. Tampoco he podido ver si en el expediente hay alguna declaración del Juez al respecto, o un detalle de lo que pudo relevar en su visita al lugar.

    Como lo que me parece más importante es la función de las auténticas organizaciones sociales, próximamente voy a formular una propuesta para resolver este asunto: que las organizaciones sociales puedan tener un lugar para funcionar, el cual no tiene porqué ser el de Tucumán 1349, Rosario, ese lugar debe ser abandonado por Carlos Ghioldi y La Toma, para que se cumpla la ley.

    Cordiales saludos.

    MT.

    Responder

  3. Miguel Tardewski

    09/06/2020 en 23:34

    HIPOTECA

    Carlos Ghioldi suele dar información muy imprecisa cuando se trata de la hipoteca.
    Aclaremos: una hipoteca es un instrumento jurídico y de crédito.
    Mediante una hipoteca un acreedor hipotecario presta dinero al deudor hipotecario, quien garantiza el crédito con un bien inmueble.
    Se instrumenta por escritura pública, y se inscribe en el Registro de la Propiedad. Es normal que el acreedor hipotecario se reserve el derecho de ceder esa hipoteca a favor de otra entidad, lo cual también se instrumenta mediante escritura pública. De esa forma, los bancos y otras entidades, pueden recuperar fondos para seguir prestando. Es una práctica usual en el mundo, así funciona en el sistema financiero, siendo este tipo de préstamos un componente esencial de los sistemas de crédito.
    En el caso del inmueble ocupado por La Toma, la secuencia fue:
    Año 1993, Hipermercado Tigre SA compra el inmueble de Tucumán 1349, Rosario, al Hogar Obrero Supercoop, se constituye hipoteca a favor del BANCO ROCA, quien le hizo un préstamo al Tigre.
    Año 1994, el Banco Almafuerte absorbe al Banco Roca. (Resolución 1750, del 27/12/1994, Banco Central de la República Argentina).
    Año 1999, el Banco Almafuerte le cede el crédito hipotecario al Banco Finansur. (10/06/1999, mediante escritura 348, pasada ante el Escribano Aldredo Soares Gache de Buenos Aires).
    Por último, el Banco Finansur inició la demanda por ejecución hipotecaria (BANCO FINANSUR c/HIPERMERCADO TIGRE s/Concurso Especial; Expte. 43/2002), teniendo la condición de acreedor privilegiado en la quiebra del Tigre.
    El Banco Finansur le cedió a su vez su crédito a SEDESA SA.

    Todos estos movimientos no son caprichosos ni arbitrarios, constan en prolijos asientos llevados en el Registro de la Propiedad, a pocas cuadras de la toma, mientras Ghioldi vocifera sus mentiras. No son papeluchos, son registros llevados conforme a procedimientos fijados en Ley, y donde intervienen escribanos públicos. Son títulos legítimos. Es más, han sido evaluados en la fase probatoria por el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, para poder dar lugar al juicio de ejecución hipotecaria, y a su vez incorporar al acreedor en el expediente de la quiebra (autos: “HIPERMERCADO TIGRE S.A. s/Quiebra”, Expte. Nº 1877/98, HIPERMERCADO TIGRE S.A. s/QUIEBRA, Expte. Nº 1825/07).

    Cuando alguien toma un crédito hipotecario, normalmente lo hace para pagar y cumplir; y salir ganando a la larga con el mayor precio del inmueble, de esta forma compensa los elevados intereses y costos que se pagan para constituir y cancelar una hipoteca. En el caso del Tigre, aún no hemos podido encontrar mayor información, pero es de suponer que fue pagando las cuotas mensuales (en aquel momento de alrededor 30.000 pesos / dólares, de la década del 90), hasta que no pudo seguir pagando, todo el complejo de hipermercados entró en cesación de pagos, y en tal condición abrió su concurso de acreedores en 1998.

    Hace a la seguridad jurídica y a la salud del sistema financiero que los acreedores hipotecarios cobren sus créditos. Cuando el deudor no paga, el otro camino que queda es que la Justicia, a través de un debido proceso, ordena su ejecución y remate.

    Ghioldi, con su griterío y su rebeldía, pretender demoler un sistema de Crédito y de Justicia, esencial para la sociedad moderna y para el crecimiento económico. En tal sentido, brinda información totalmente falsa y distorsionada sobre la hipoteca, los bancos, y SEDESA SA (el actual acreedor hipotecario y actor de la demanda de ejecución hipotecaria).

    SEDESA es una entidad creada por una ley de 1995 (ley 24485), significa SEGURO DE DEPOSITO (por error esta gente y sus seguidores acríticos le han llamado Servicio de Depósito).
    Es una institución normal de los sistemas financieros. En cualquier libro de macroeconomía moderna, en el capítulo sobre pánicos bancarios, puede leerse el papel fundamental de los seguros de depósitos, le dan vida, salud, y garantía al sistema bancario. No es un «fondo de basura bancaria», como le llama Ghioldi. Es una entidad que asiste a los bancos y en su operatoria es habitual la cesión de créditos. No son «cuatro yupies de Puerto Madero, que no tienen nada que ver, que nunca pusieron plata», tampoco es correcto decir como hace Ghioldi «que lo tiene heredado», la expresión técnica es que el Banco Finansur se lo ha cedido. Sedesa es el legítimo acreedor hipotecario, y su condición de tal figura en los expedientes del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.

    Es preocupante que lo que grita Ghioldi en los «actos de resistencia», es copiado y pegado por «periodistas» ideologizados, sin hacer ninguna investigación (por ejemplo Sonia Tessa, de Página 12, en su pobre nota «Otro zarpazo a lo colectivo», del 03/07/2019).

    Resumiendo, Sedesa es el actual acreedor legítimo de una hipoteca impaga, como tal tiene derecho a la ejeución hipotecaria ya decidida por la Justicia. Ghioldi y La Toma están desobedeciendo decisiones judiciales, y están impidiendo el desalojo.

    Por separado, nos ocuparemos de las leyes de expropiación (ahí Ghioldi miente mucho también), de los créditos de los trabajadores que aparecen en la quiebra (muy pocos están todavía hoy en la toma), de los ingresos de dinero por el estacionamiento (principal fuente económica de este gran curro) y de un balance general de la situación.

    Saludos.
    MQ.

    Responder

  4. Miguel Tardewski

    09/06/2020 en 23:36

    LEYES DE EXPROPIACION (número 12.317, del 07/09/2004; y 12.964, del 18/12/2008).

    He afirmado varias veces que Carlos Ghioldi no dice la verdad sobre las leyes de expropiación, ya que presenta el asunto desde una perspectiva parcial, incompleta, distorsionando y ocultando información.

    Ambas leyes otorgaron la expropiación del uso temporal del inmueble a la Cooperativa La Toma. No se expropió el dominio del inmueble, solo el uso temporal, el cual según la ley provincial 7534, tiene un plazo máximo de dos años, por el mismo debe abonarse un alquiler e impone obligaciones al beneficiario de la expropiación.

    En el caso de empresas en quiebra, la ley prevé que los trabajadores pueden continuar con la explotación, siempre que cumplan con un conjunto de obligaciones y requisitos que La Toma no ha cumplido.

    El poder ejecutivo provincial durante el segundo mandato de Obeid (2003-2007) tampoco cumplió con la obligación del pago del alquiler, y en el año 2007, tras varias intimaciones, emitió la resolución 235/07 dictada por el Ministerio de la Producción mediante la cual se pretendió revocar la expropiación temporal del inmueble de la fallida, alegando la Provincia que el programa de explotación del establecimiento del ex hipermercado Tigre, presentado por la Cooperativa de Trabajo “TRABAJADORES SOLIDARIOS EN LUCHA” no reunía los requisitos previstos por la normativa vigente.

    Con fecha 20/11/2013, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe declaró, mediante sentencia, la inconstitucionalidad de las dos leyes, con fundamentos categóricos que dejan a los ocupantes del inmueble en una situación muy delicada respecto del necesario respeto que merece el orden jurídico vigente: si recibieron orden de desalojo del inmueble, deben obedecerla.

    En la sentencia de la Corte, de difícil lectura, pero de solo cinco carillas, se hace referencia a:
    * el pedido de inconstitucionalidad de la primera ley lo hizo el Síndico de la quiebra en representación de la masa de acreedores del Hipermercado Tigre SA.
    * a pesar de que la legislatura había dictado una ley de expropiación del uso temporal, el poder ejecutivo no pagó el alquiler correspondiente.
    * luego de ser intimado para el pago, el poder ejecutivo dio respuestas evasivas y ofreció tardíamente una suma mensual de $ 31.972, pero tampoco procedió al pago de la misma.
    * ante un nuevo reclamo por parte del Síndico de la quiebra, la provincia intentó desistir de la expropiación, notificando al Juzgado concursal la
    resolución 235/07 dictada por el Ministerio de la Producción mediante la cual se pretendió revocar la expropiación temporal del inmueble de la fallida, alegando la Provincia que el programa de explotación del establecimiento del ex hipermercado Tigre, presentado por la Cooperativa de Trabajo “TRABAJADORES SOLIDARIOS EN LUCHA” no reunía los requisitos previstos por la normativa vigente.

    Copio pasajes de esa sentencia ejemplar:

    «…y que, además, no podía admitirse una desnaturalización de los derechos de los acreedores de la empresa en quiebra».

    «…falta de plazos razonables (ya no dos años; en marchas y contramarchas del propio Estado superan los seis años) sin pagar monto alguno,
    tiene como consecuencia que la nueva declaración de utilidad pública, que ya está produciendo graves consecuencias, se puede mantener indefinidamente en perjuicio del derecho de los acreedores de esta quiebra, por ende, de su derecho de propiedad que tiene jerarquía constitucional.»

    «… La jueza a cargo del concurso se vio obligada a intimar a la Provincia a formular el ofrecimiento indemnizatorio previsto. Se aceptó el valor locativo dictaminado por el órgano de la demandada. Se tuvo que intimar a su pago. Allí es cuando la Provincia revoca su decisión diciendo que el programa de explotación del establecimiento no reunía los requisitos. Pero he aquí que, cuando se intenta proseguir los trámites para que los acreedores pudieran hacer valer sus derechos, se vuelve a declarar de utilidad pública el inmueble…”

    ——-

    Ghioldi nunca dijo nada que la expropiación no era del inmueble, sino para el uso temporal cuyo máximo es de dos años.
    Tampoco aclaró sobre todas las obligaciones que tenía la Cooperativa, sobre el plan de negocios, y que lo que se presentó fue rechazado a causa de no cumplir con los requisitos más elementales y que la Cooperativa no ha llevado los más mínimos registros contables. El rechazo lo hizo el poder ejecutivo de la provincia, mandato del
    Gobernador Obeid (resolución 235/07 dictada por el Ministerio de la Producción).

    Ghioldi ha invocado las dos leyes como si fueran un enorme aval a todo lo realizado en La Toma. Eso es totalmente falso, Ghioldi hasta distorsiona la expresión legal «utilidad pública». Retomemos la letra de la ley: «Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el uso temporal del inmueble». Lo que tiene utilidad pública es el uso temporal del inmueble, cuya duración no puede exceder los dos años. Ghioldi pretende decir que la legislatura provincial ha declarado que lo realizado en La Toma es de utilidad pública, lo cual como mínimo es discutible. No solo se han opuesto a resoluciones judiciales, sino que además, han impedido al Síndico de la quiebra, tener el dominio y la administración del inmueble de Tucumán 1349. La Toma no ha pagado los impuestos de ese inmueble (exorbitante deuda de TGI de Municipalidad de Rosario y de impuesto inmobiliario provincial), con lo que ha provocado una disminución en el valor del mismo. Además, la Cooperativa La Toma, ha explotado el espacio de estacionamiento, generando un ingreso mensual que distribuyó arbitrariamente entre algunos de sus integrantes, sin rendir ni una sola vez, ni siquiera la más mínima planilla de caja, ni al Juzgado o al Síndico de la quiebra, ni a la Municipalidad (para Drei), la Provincia (ingresos brutos) o Afip (iva).

    Ya hemos publicado sobre los impuestos y servicios, sobre la falta de seguridad e incumplimiento de normas básicas de derecho laboral, sobre las mentiras relativas a la hipoteca y a Sedesa, nos queda publicar sobre el avasallamiento del estado de derecho, un resumen de los números (caja, pesos) y un balance de la situación.

    Cordiales saludos.

    MT.

    Responder

  5. Miguel Tardewski

    09/06/2020 en 23:37

    DATOS VARIOS – IMPUESTOS – HABILITACIONES – SEGURIDAD – RECAUDOS LABORALES.
    ———————————————————————————————————————————

    SITUACION DE AGUAS

    Al día de hoy 20/04/2020, se adeudan dos facturas
    enero 2020
    marzo 2020
    Total $ 214.095,49 (unidad de facturación 331443 / Cuenta 109-0010489-000-9)
    La segunda factura venció el 17/03, antes de la cuarentena que empezó el 20/03/2020, con lo cual su condición de impagas no tienen relación alguna con la cuarentena, debieron ser abonadas en tiempo y forma, teniendo en cuenta que La Toma no paga alquiler, no paga iva, y por el estacionamiento genera $ 500 mil mensuales que los disponen ellos, sin rendición alguna al poder judicial.

    TEMAS DE SEGURIDAD

    * un desastre en el estacionamiento, no hay barreras, no hay matafuego y balde de arena, no está pintado el piso para delimitar los espacios para los autos, falta seguro de incendio y contra terceros.
    * adentro hay riesgo eléctrico.
    * ver fecha de la última visita de ART, plan de seguridad, evacuación, contingencias, capacitación al personal en materia de seguridad, entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal.
    * al fondo, en el reciclaje, hay riesgo de incendio, además de que esa actividad no está habilitada (Ley de Basura Cero, 13055, provincia de Santa Fe, más de 10 años de vigencia, autor del proyecto, Pablo Javkin, actual intendente de Rosario).
    * ver cobertura de ART para todos los empleados y trabajadores, que cubra riesgo en lugar de trabajo e in itinere.
    * seguro de vida de convenio de todos los trabajadores.

    HABILITACIONES – INSCRIPCIONES

    El estacionamiento no está habilitado, con lo cual corresponde su clausura inmediata. La actividad de reciclado tampoco está permitida.
    Ver los aportes jubilatorios de todos los trabajadores en relación de dependencia, obra social, aporte sindicial, etc.
    Ver las inspecciones periódicas que debió hacer la municipalidad y bromatología por la realización de actividades de manipulación de alimentos.
    Ver el pago del DREI, directamente relacionado con las inspecciones (bien gracias, tienen una deuda enorme, y decenas de períodos sin declarar).

    IMPUESTOS NACIONALES – IVA:

    IVA DF:
    Por el estacionamiento hay un débito fiscal mensual de $ 85.000 aprox.

    IVA CF:
    Por Aguas CF de $ 12.000 mensuales aprox.
    Por Gas debe ser un poco menos.
    Por EPE, un poco más
    Supongamos $ 40.000 de CF de servicios.
    Hasta ahí tenés a pagar $ 45.000 mensuales, más todo el valor agregado del resto de las actividades.
    Multiplicálo por 100 períodos, para simplificar, tenés más de un palo sin ingresar de IVA. Lo cual deja a Ghioldi, presidente de la cooperativa, al alcance de la ley penal tributaria !!!

    TRIBUTOS MUNICIPALES – casi $ 2.500.000 – dos palos y medio.

    TGI – deben casi dos palos, $ 1.765.000.- al 20/04
    desde el mes de febrero son $ 40.000 mensuales !!! – que por supuestos, estos becados no pagan.
    Cuenta 12854204 – código de gestión 2797605.

    DREI – no lo liquidan

    Descripción de Actividad: AUTOSERVICIO,BAR,COMEDOR Y SALA DE TEATRO «HABILITACION OTORGADA CON CARACTER
    PRECARIO Y CONDICIONAL»S/RES.105/06 OBRANTE EN EXPTE.46826/05

    ETUR, tampoco lo liquidan, menos lo pagan.

    Obligaciones pendientes de parte de la Municipalidad.
    * clausura inmediata del estacionamiento
    * inspeccionar todo lo relacionado con el comercio de alimentos (libreta sanitaria y curso de manipulación de alimentos).

    PROVINCIA DE SANTA FE

    * Deuda elevadísima de IMPUESTO INMOBILIARIO.
    Partida 16-03-01-215133/0000-8 (16030121513300008)
    $ 3.700.000 + todos los períodos que están en apremio. / fácil cinco palos total ….

    * INGRESOS BRUTOS, no dispongo de información, pero ya imaginarán cómo estamos. Ni una sola DDJJ presentada.

    * Leyes de expropiación: me remito a lo comentado más arriba.

    Cordiales saludos.

    MT

    Responder

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