La Fiscalía Federal N°1 de Rosario informó este jueves que requirió al Juzgado Federal N°3 la elevación a juicio de la investigación seguida contra Milton Emanuel Damario –absuelto por el crimen del líder de Los Monos, Claudio “Pájaro” Cantero y detenido, desde septiembre de 2013, en el penal de Coronda, donde permanecerá detenido en el marco de esta investigación–, Héctor Alejandro Aranda, Sonia María Chamorro, Jorge Sebastián Zapata, Tránsito Ariel Romero y Pablo Javier Meza, acusados de “integrar una banda narcocriminal que almacenaba, fraccionaba y comercializaba estupefacientes en Rosario y Villa Gobernador Gálvez.

Según el parte de prensa difundido por la Fiscalía, la investigación se inició a raíz de una denuncia anónima recibida en un “buzón de la vida”, que daba cuenta que los imputados comercializaban estupefacientes en tres domicilios de Rosario y Villa Gobernador Gálvez. Así se encomendó a la Brigada Operativa Departamental II de la Dirección General de Prevención y Control de Adicciones de la Policía de Santa Fe, la realización de escuchas telefónicas, tareas de campo, seguimientos, filmaciones y fotografías de los sospechosos, que concluyeron con la realización de doce allanamientos simultáneos, practicados el 30 de junio de 2016, en las ciudades de Rosario y Villa Gobernador Gálvez, donde se secuestró cocaína, teléfonos celulares, chips de línea de distintas prestatarias, dinero en efectivo, y elementos para el fraccionamiento y venta de droga. Asimismo, se practicaron otros procedimientos en Corrientes, donde ocasionalmente se adquirían los estupefacientes.

Así, en el allanamiento realizado en la celda de la Unidad Correccional I de Coronda donde se encuentra detenido Damario, se incautó un teléfono celular, oculto dentro de un televisor, mientras que en una de las viviendas donde residían Aranda y su pareja, Sonia Chamorro, en la ciudad de Rosario, se incautaron 404 gramos de cocaína, seis celulares y dinero en efectivo.

En el procedimiento realizado en la vivienda de Zapata, en Rosario, se secuestró dinero en efectivo, dos celulares y 208 envoltorios, en cuyo interior había cocaína, por un peso total de 254 gramos. Por su parte, al allanarse el domicilio donde Romero, en Villa Gobernador Gálvez, se secuestró en su poder 1,4 gramos de marihuana y 110 gramos de cocaína –distribuidos en 191 envoltorios-. Finalmente, a Meza también se le secuestró dinero en efectivo, diez celulares, una Tablet, un tubito ependorf –con resultado positivo para cocaína-, un cigarrillo de marihuana, ocho envoltorios y 200 bochas de nylon con 101,486 gramos de cocaína y una balanza.

Todos los imputados fueron detenidos en los diversos allanamientos, tras lo cual fueron indagados y se los procesó con prisión preventiva por conductas relacionadas al narcotráfico.

En base a las pruebas colectadas durante la investigación, el pasado 15 de agosto, el fiscal federal interviniente consideró completa la instrucción y solicitó la elevación a juicio respecto de los seis implicados, quienes se dedicaban a toda la cadena de tráfico, pues adquirían, almacenaban, fraccionaban y distribuían material estupefaciente.

En su presentación, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que “en base a la paciente investigación practicada por la prevención que fue desarrollada mediante tareas de campo, intervenciones de líneas telefónicas y secuestro de estupefacientes, ha quedado acreditado que existió una organización dedicada al tráfico ilícito de estupefacientes dirigida por Héctor Alejandro Aranda y Milton Emanuel Damario, en la que se contaba con la colaboración de Sonia Chamorro como intermediaria, encargada de abastecer y recolectar dinero de los puntos de venta en lo que se comercializaba la droga al menudeo, de los cuales, algunos de ellos eran atendidos y/o supervisados por Tránsito Ariel Romero y Jorge Esteban Zapata”.

En tal sentido destacó que “no puede desconocerse que los imputados de la causa conformaban un equipo, no actuaban individualmente, sino que cumplían distintas tareas, y todas dirigidas a un mismo fin, que no es otro que obtener cada uno de ellos un rédito económico al vender el estupefaciente a distintas personas con el conocimiento del flagelo que produce tal situación”.

Para el fiscal federal rosarino, “Tanto Damario (desde la cárcel) y Aranda (fuera de la misma) tenían elaborada una estructura funcional a los fines de facilitar la comisión del ilícito (…) con sus consortes de causa –Zapata y Romero- y supervisada la labor de éstos por parte de Chamorro” y agregó que “hay una distribución de tareas (Damario es la persona que habilitaba que Aranda se hiciese de droga para la venta en Rosario, Aranda era quien se encargaba de supervisar los movimientos de las demás personas que intervienen en la cadena de narcotráfico, Chamorro era quien llevaba a cabo maniobras para que las personas que están en los puestos de venta tengan droga y a la vez era quien recaudaba el dinero de las ventas al menudeo y se lo entregaba a Aranda, por último están las personas que se encargan de la venta al menudeo y están son Zapata y Romero, por lo menos las que pudieron individualizarse)”.

En virtud de todo ello, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió que Aranda y Damario sean enjuiciados como organizadores de una banda dedicada al narcotráfico agravada por la cantidad de intervinientes –en calidad de coautores-. Respecto a Chamorro, Romero Zapata solicitó su enjuiciamiento como integrantes de la organización dedicada al tráfico de estupefacientes –en calidad de partícipes necesarios-, mientras que Meza deberá responder como autor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Por otra parte, el fiscal federal pidió –por aplicación de la doctrina del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Arriola”- el sobreseimiento de dos hombres a quienes en los allanamientos se les incautaron plantas y picadura de marihuana, ello en virtud de que “las conductas descriptas (…) no aparejan un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros, encontrándose amparada por el principio de reserva consagrado por el art. 19 de la Constitución Nacional”.

Fuente: Fiscales

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