Tratando de calmar los ánimos y desalentar el paro anunciado, el gobierno nacional ha dado a conocer el Decreto de Necesidad y Urgencia 1043/18.

En el mismo se establece un pago adicional (por única vez) de 5 mil pesos en dos cuotas de 2.500 cada una, pagaderas: la primera, con el sueldo de noviembre, y la otra con el sueldo de enero. Algo así como una “ayudita”, que no es un aumento de sueldo y que alcanza para poco.

Como siempre, lo van a cobrar sólo los trabajadores registrados, así que quedarán afuera los millones de argentinos que trabajan “en negro”.

Pero atención que este importe puede ser compensado con las mejoras que hubieran obtenido los trabajadores por reajuste de sueldos de convenio a través de las llamadas cláusulas gatillo”, o por aumentos que voluntariamente haya otorgado el empleador. Si esas mejoras superan el valor del beneficio, no se cobra nada. También se puede imputar a cuenta de futuros aumentos.

Además, se prevé que determinadas actividades que se consideren en situación de “crisis o declinación productiva” podrán acordar con las entidades sindicales modificaciones en “montos” y “plazos”, es decir: pagar menos o pagar en cuotas. Ya se escucha el lamento patronal de “no puedo pagar”, para impulsar esa negociación.

En resumen, un importe que representa poco a la hora de hacer las compras en el súper, que sólo cobrarán los que están en blanco, siempre que no hayan tenido aumentos voluntarios o por cláusula gatillo, que puede imputarse a cuenta de futuros aumentos, y que las actividades en dificultades (o que dicen, como siempre, que están en dificultades), podrán proponer pagar en más cuotas o por menos monto (como si lo que deben pagar fuera mucho).

La otra parte del decreto también es de muy limitados alcances. Dispone que hasta el 31 de marzo de 2019, para poder despedir sin causa, el empleador tendrá que notificar con diez días de anticipación al Ministerio de la Producción y Trabajo esa intención y éste podrá (no dice “deberá”) convocar a una reunión con las partes y el sindicato para intentar convenir la forma en que se llevará a cabo la desvinculación. El decreto no habla de evitar el despido, sino sólo de acordar la desvinculación. ¿Estarán queriendo darle una mano al patrón para que pague de menos o en cuotas la indemnización?

Si el patrón no cumple con esa obligación de notificar, el despido sigue siendo válido igual y la indemnización es la misma (no doble, como lo fue en la otra crisis, la del 2001), y sólo se le podría aplicar a la patronal una multa de esas que nunca nadie paga. Poca ayuda para el trabajador.

Puede ocurrir, además, que para evitar tener que cumplir con esa obligación el empleador invente una causa de despido, aunque sea falsa, para luego negociar el pago de una indemnización a su conveniencia, como ya se viene haciendo.

El DNU anunciado puede servir para crear ilusiones falsas o para desactivar un paro, pero para los trabajadores claramente tiene sabor a nada.

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