El juez federal Alejo Ramos Padilla procesó sin prisión preventiva al periodista Daniel Santoro por presunta coacción y tentativa de extorsión en la causa que investiga el supuesto espionaje ilegal y armado de causas judiciales.

En la resolución de 258 carillas, el magistrado de Dolores dictó la falta de mérito del periodista por otro delito, el de asociación ilícita y lo embargó por tres millones de pesos y además, le prohibió “ausentarse de su lugar habitual de residencia por un término mayor a los diez días sin previo aviso al tribunal”.

Asimismo, el periodista deberá “dar aviso y requerir previa autorización para efectuar cualquier viaje al exterior del país”.

En la misma resolución, Ramos Padilla amplió el procesamiento con prisión preventiva del detenido falso abogado Marcelo D’Alessio por espionaje ilegal y extorsión.

Entre los casos por los que está siendo investigado Santoro, para el magistrado “se encuentra acreditada la coacción de la que fue víctima el ex directivo de Petróleos de Venezuela SA (Pdvsa) Gonzalo Brusa Dovat, y la extorsión que sufrió el empresario y titular de la empresa OPS Mario Cifuentes y que para llevar adelante dichas acciones se requirió de la participación de Daniel Santoro”.

Ramos Padilla da por sentado que el argumento planteado por Santoro en torno de que D’Alessio era apenas una fuente periodística se cae como un castillo de naipes, y en ese sentido indicó: “Si se analizara de manera descontextualizada un hecho cualquiera, está claro que podría inferirse y entenderse éste como una casualidad, un error, un engaño o un aprovechamiento de la asociación ilícita sobre el periodista. Pero si se analiza el contexto, la reiteración, la permanencia en el tiempo, el vínculo que unía a los imputados, y se los confronta con las acciones que llevaba adelante la asociación; si al mismo tiempo se verifica que tanto D´Alessio como Santoro sabían de las actividades y de los aportes que el otro realizaba a aquel plan criminal; si se observa el modo en que las acciones y omisiones de uno y otro se encuentran ligadas y concatenadas entre sí y con los planes ilícitos llevados a cabo por la organización; entonces surgen claramente los elementos de convicción para considerar aquellas conductas que le fueran imputadas a Daniel Santoro como un aporte decisivo para los hechos y planes delictivos investigados”.

En la extensa resolución, el juez de Dolores también determinó que “se encuentra probado que para el desarrollo de los planes criminales, la asociación ilícita de la que participaba Marcelo D´Alessio se valió de la actividad y la figura del periodista Daniel Santoro”, aunque frente a ese delito dictó la “falta de mérito”.

Fuentes: Télam | Noticias Argentinas

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