La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ordenó reabrir la investigación por la muerte de Santiago Maldonado para determinar si efectivos de Gendarmería cometieron el delito de abandono de persona. En un comunicado, la familia asegura que la Justicia «reconoce que existe una contradicción en la autopsia».

El expediente por el joven que desapareció el 1º de agosto del año pasado –tras la violenta represión de Gendarmería en la Lof en resistencia Cushamen, y que 78 días después fue encontrado muerto en el río Chubut– se reabrirá por pedido de la Cámara de Comodoro Rivadavia, que dejó sin efecto el sobreseimiento del gendarme Echazú.

Tal como venía reclamando la familia del artesano, la Cámara resolvió revocar la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, y le ordenó avanzar con una serie de medidas de prueba tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte de Maldonado.

En el mismo fallo, la Cámara descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes hayan abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut, donde su cuerpo fue encontrado sin vida el 17 de octubre de 2018, 400 metros río arriba de donde fue visto por última vez.  Por eso mismo, revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú.

El comunicado de la familia Maldonado

La Cámara de Apelación de Comodoro Rivadavia comunicó su decisión de reabrir la causa entendiendo que la investigación no está agotada y corresponde profundizar la misma a efectos de reconstruir con la mayor exactitud y prontitud las circunstancias que rodearon el suceso. La Cámara asimismo señaló que es contradictorio rechazar las medidas probatorias peticionadas por la querella en pos de «no demorar la respuesta judicial», ya que lo que debe prevalecer es el «derecho a la verdad».

La Cámara reconoce que no se hicieron pericias claves para determinar qué sucedió, tal como la reconstrucción de los hechos, la ampliación de los puntos de pericia en la data de muerte, la presencia de polen en las prendas, el informe de diatomeas y la peritación del bastón y los billetes. Todos estos puntos fueron pedidos reiteradamente al Juez Lleral y en todos los casos fueron denegados.

Expresa asimismo: «nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos, por haber acontecido en un contexto de intervención estatal en cuyo desarrollo se hizo uso de las herramientas dotadas a los agentes estatales para la prevención y represión de los delitos. De allí que corresponda ampliarse la investigación a efectos de verificar o descartar la existencia de alguna hipótesis delictiva».

Finalmente la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia reconoce que existe una contradicción en la autopsia, que NO DICE ni cómo ni cuándo ni dónde murió Santiago Maldonado.

Seguiremos luchando para que haya justicia y verdad por Santiago Maldonado.

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