La Multisectorial contra la Violencia Institucional, junto a familiares de David Campos y Emanuel Medina –jóvenes asesinados por la policía santafesina– presentaron un dictamen que desmiente los presuntos problemas de salud mental de Alejandro Rubén Bustos, uno de los acusados.

El equipo jurídico que representa las querellas del caso Medina-Campos presentó este lunes en el Centro de Justicia Penal el dictamen de parte sobre la evaluación de salud mental del policía Bustos, uno de los acusados de haber disparado contra los jóvenes ocasionandoles la muerte.

“Denunciamos el grave riesgo de que este policía no sea juzgado, situación avalada en los Dictámenes de Juntas Especiales de Salud Mental de la provincia. Exigimos que la responsabilidad penal del policía Bustos sea discutida y evaluada en un Juicio Oral y Público”, indicaron desde la Multisectorial en un comunicado.

La chance de que Bustos zafe de ser juzgado sería posible “porque en los dictámenes de las Juntas Especiales de Salud Mental de la Provincia, en una maniobra que podría garantizar impunidad, se adujo que Bustos «al momento de los hechos tenía la percepción distorsionada y actuó por impulsos no controlados» por lo que «no aconsejan que sea expuesto a la escena del juicio por una supuesta potencialidad suicida»”, detalló la organización.

Las pruebas

La Multisectorial enumeró una serie de estudios que contradicen las supuestas dificultades del efectivo acusado para ser juzgado por el trágico episodio, que terminó con las vidas de los dos jóvenes:

“El Equipo Interdisciplinario de la Clínica Avenida, donde se encuentra internado Bustos, en  numerosos informes, estableció que el imputado «se presenta lúcido, orientado en tiempo y espacio y sin alteraciones mayores y en condición de ser externado por ni siquiera tener criterio de internación», y solicitó que sea externado. Es importante resaltar, además, que la médica psiquiatra que firma dichos informes, viene atendiendo a Bustos desde hace años”, aclararon en primer término.

Luego, afirmaron que “el Consultorio Médico Forense también ha manifestado que Bustos no debe estar internado, que «no tiene predisposición a la ‘cura’, pues su cura implicaría el retorno a la Unidad penitenciaria» y que tiene «una postura irreconciliable de reivindicación de su accionar»”.

Por último, informaron que la psicóloga Covacich y médico psiquiatra Pellegrini, ambos peritos de parte de la querella participaron de las entrevistas de Juntas Especiales e indicaron que Bustos “no presenta alteraciones morbosas que puedan dar como resultante una alteración de la comprensión y de su capacidad de juicio que le impidan comprender la criminalidad del hecho que se reprocha, como así de dirigir sus acciones”. Manifestaron, además, que “si bien el imputado tiene antecedentes de atenciones por cuestiones de salud mental, todos esos procesos no han impedido la comprensión y dirección de sus actos”.

En el mismo sentido, determinaron que “se trata de un caso típico de sobresimulación donde sobre la base de los eventos padecidos en el pasado se prolonga la desmejoría o finge no haberla superado a los fines de obtener beneficios procesales”. Afirmaron, entonces, que Bustos “no presenta enfermedad sobreviniente que menoscabe su capacidad psico-jurídica; es decir, de su capacidad de estar en juicio”.

Además, recordaron que desde agosto de 2017 existe una constancia en la causa que un mes y medio después del hecho, tres psicólogos y un médico de la policía sostuvieron que Bustos podía realizar tareas con portación de armas.

“A pesar de todas estas evidencias, sorpresivamente, dos médicos/as psiquiatras de Juntas Especiales de la provincia sugirieron que Bustos es inimputable, cuando ni siquiera el mismo imputado lo haya así manifestado y todos sus comportamientos ya mencionados dan cuenta de que comprendió perfectamente lo que hizo, de hecho el propio Bustos se ubica en una situación de justificación de sus disparos”, subrayaron.

En este sentido, desde la organización señalaron que “estos dos médicos psiquiatras no «recomiendan» que Bustos esté en juicio, en contra de lo manifestado por resto de los y las profesionales de la salud que han intervenido. Es decir, es evidente que el acusado Bustos demostró estar ubicado en tiempo y espacio y comprender la acusación, tanto en las audiencias en las que participó, como en su constante reivindicación de su accionar, y está en condiciones subjetivas de estar en juicio”.

“En casos como este, en los que se investigan graves violaciones a los derechos humanos el Estado es responsable internacionalmente si no juzga y sanciona a los victimarios; y el derecho a la verdad debe primar como garantía de no repetición y a modo de reparación para las familias de las víctimas. Apartar a Bustos de la causa, lisa y llanamente significa no saber qué sucedió aquel día y garantiza impunidad”, concluye el escrito.

Yo sabía…

El viernes 23 de junio de 2017, David y Emanuel fueron acribillados por funcionarios policiales del Comando Radioeléctrico y de la Policía de Acción Táctica de la provincia de Santa Fe. Los jóvenes habían salido a bailar y mientras viajaban en el auto de uno de ellos, comenzaron a ser perseguidos por una unidad móvil de policía motorizada en la intersección de Grandoli y Gutiérrez. David y Emanuel estaban desarmados y no efectuaron disparos contra los efectivos.

Al cabo de pocos minutos, el automóvil en el que se conducían impactó contra un árbol, en la zona de calle Callao al 5700. Tras colisionar y encontrándose ambos inmovilizados por el impacto, funcionarios policiales que arribaron al lugar, abrieron fuego contra ellos, de manera indiscriminada, desobedeciendo los criterios de necesidad, racionalidad y proporcionalidad exigidos para el uso policial de la fuerza y, en particular, para disparar sus armas de fuego reglamentarias. Como consecuencia, David y Emanuel murieron. Dos policías fueron acusados de haber efectuado los disparos mortales: Alejandro Bustos y Leonel Emiliano Mendoza.

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