Este miércoles 18 de diciembre, bajo el título “Repudian «intento de borrar de la memoria colectiva la muerte de Franco Casco», Redacción Rosario publicó un artículo ilustrado con una imagen que no se correspondía con el texto. La foto que debió ser incluída –y que ya fue reemplazada en la nota original– es la que encabeza la presente publicación.

En el artículo de este miércoles se daba cuenta de un comunicado de la Multisectorial contra la Violencia Institucional –espacio del que participan familiares de víctimas de gatillo fácil, organizaciones de derechos humanos, sociales, estudiantiles y sindicales– en el que se repudiaba el hecho de que se haya borrado una pintada sobre el Club Español que decía «Franco Casco Presente».

Por error, se ilustró aquella nota con una foto de un mural realizado en otro lugar –tunel Celedonio Escalada– pintado en 2018 y borrado por otras personas.

Las fotos que sí se corresponden con el hecho señalado en el comunicado de la Multisectorial son las que se publica; a continuación.

Causa Casco

Hace una semana el Juzgado Federal N°3 de Rosario n° 3, a cargo de Carlos Vera Barros, ordenó la elevación a juicio oral de 19 policías por la desaparición forzada de Franco Casco. La mayoría de los uniformados que irán a juicio oral prestaba funciones Comisaría 7ma de la ciudad de Rosario, donde el joven fue detenido y visto por última vez. La resolución se produjo luego de que la Fiscalía Federal N°1 de Rosario, que encabeza Guillermo Lega, así lo solicitara en septiembre de este año.

Según publicó el Ministerio Público Fiscal (MPF), los 19 policías son en su mayor parte de agentes que prestaban funciones en la Comisaría 7a, donde la víctima estuvo detenida, y también de funcionarios policiales de Asuntos Internos.

“El representante del MPF tuvo por acreditado que los funcionarios policiales imputados participaron en la privación ilegal de la libertad, negaron información sobre las circunstancias de su detención y ocultaron su paradero para obstaculizar la búsqueda”, señaló el comunicado oficial de fiscalía.

Los agentes prestaban funciones en la Comisaría 7a de Rosario, donde la víctima estuvo detenida y fue vista por última vez.

El fiscal, que encuadró los hechos endilgados bajo la figura de desaparición forzada, en los términos del art. 142 ter del Código Penal, indicó: “La conducta ilícita desarrollada por los aquí procesados no solamente implicó la privación ilegal de la libertad, sino que además, por su intermedio, se sustrajo a la persona del derecho a la jurisdicción, del derecho a su integridad física, psíquica y moral, como a su vez como del derecho de sus familiares y de la sociedad toda de conocer su destino y el devenir del porqué de su muerte y el cómo sucedió. Así se produce una multiplicidad de víctimas que es una nota distintiva de este tipo delictivo”.

Según el relato reconstruido en el marco de la investigación, el 6 de octubre de 2014, cerca de las 17.30, Franco Casco, de 20 años de edad, partió desde donde estaba alojado en Rosario hacia la Estación de Trenes Rosario Norte con el objetivo de regresar a Buenos Aires, donde residía su familia. En cercanías de la estación fue abordado y apresado por agentes de la Comisaría 7ma. de la policía de Santa Fe, desconociéndose las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo la detención, en virtud de las irregularidades en que se sustentó la misma.

La investigación permitió conocer que Casco fue trasladado a la Comisaría 7ma, donde fue aislado en un calabozo con condiciones de encierro ilegítimas –”pequeño, oscuro y mugroso”– denominado “la Jaulita”, donde el personal de esa dependencia encerraba a los jóvenes que aprehendía por averiguación de antecedentes.

De acuerdo a los numerosos y coincidentes testimonios de presos alojados en esa dependencia –algunos de ellos dando cuenta de que pudieron hablar con Casco–, se escucharon golpes y fuertes gritos de auxilio, “tras lo cual se hizo silencio absoluto y no volvieron a escuchar a la víctima, ni la vieron al día siguiente cuando recibieron visitas, lo que les llamó particularmente la atención”.

Según le explicaron en un primer momento a la familia, la Policía provincial lo había aprehendido por atentado y resistencia a la autoridad y que “estaba drogado, como perdido, y que esto lo había corroborado un médico de la policía que lo había atendido”, aunque afirmaron que luego fue liberado. Sin embargo, nunca llegó en tren desde Rosario -había viajado a visitar a una tía- a Retiro, donde lo esperaba su madre, Elsa.

Frente a las averiguaciones y búsqueda de paradero de la familia, la Comisaría desplegó una serie de irregularidades de tal forma de brindar una versión alternativa de los hechos. En esa línea, por ejemplo, el personal registró su detención modificando sensiblemente sus datos personales, apellido, número de documento y domicilio. Con tales datos mal consignados, se le dio intervención al fiscal de la justicia ordinaria que por turno le correspondía intervenir, «con la finalidad de darle sustento legal a un proceder totalmente irregular».

El dictamen

El dictamen fiscal pone de relieve la importancia de que el padre de la víctima se haya dirigido a la dependencia policial y tomara conocimiento de que su hijo había sido detenido, ya que de no haberse producido esa circunstancia «nunca se hubiese descubierto que Franco Ezequiel Casco había sido privado de su libertad», hecho que a la fecha se encuentra fehacientemente acreditado.

De acuerdo a la acusación, las maniobras de ocultamiento y negativa a brindar información continuaron en los días siguientes, hasta que el 30 de octubre por la Prefectura Naval Argentina encontró el cuerpo sin vida de Franco Casco. Las autopsias y demás pruebas permitieron establecer que murió antes de ser arrojado al río, con un tiempo de inmersión compatible con la fecha de su desaparición.

El requerimiento de elevación a juicio contiene una pormenorizada descripción y enumeración de las pruebas que permitieron reconstruir los hechos bajo análisis, así como de la presunta participación de los imputados en los delitos endilgados.

«Este Ministerio Público Fiscal considera que se encuentra acreditado que los funcionarios policiales imputados participaron en la privación ilegal de la libertad de Franco Ezequiel Casco, negaron información sobre las circunstancias de su detención, ocultaron su paradero y obstaculizaron su búsqueda, resultando de ello la muerte de la víctima. Conductas éstas que resultan encuadrables en el delito de desaparición forzada de persona», con el agravante del segundo párrafo del artículo 142 del Código Penal”, concluyó la Fiscalía.

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