Nueve policías acusados por la desaparición forzada seguida de muerte del joven bonaerense seguirán detenidos hasta el juicio. Cuatro de ellos lo hacen bajo la modalidad domiciliaria. Hay 19 imputados en la causa.

El Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de Rosario prorrogó por un año las prisiones preventivas de nueve policías procesados por la desaparición forzada seguida de muerte de Franco Ezequiel Casco, ocurrida en octubre de 2014 tras su detención en la comisaría 7ª de Rosario.

La medida, solicitada por el fiscal general, fue dispuesta este miércoles por los jueces Beatriz Caballero de Barabani, Germán Sutter Scheinder y Osvaldo Facciano, según pudo saber Redacción Rosario.

Los integrantes del tribunal resolvieron que “corresponde prorrogar las prisiones preventivas de Guillermo Hernán Gysel, César Daniel Acosta, Esteban Daniel Silva, Walter Eduardo Benítez, Diego José Álvarez, Marcelo Alberto Guerrero, Cecilia Ruth Contino, Cintia Débora Greiner y Enrique Gianola Rocha, por el plazo de un año, a partir del día 4 de marzo del corriente año, que es el tiempo que se estima como razonable para poder sustanciar la audiencia de debate conforme el estado de la causa y la agenda de este Tribunal”.

La causa por la investigación de la desaparición forzada seguida de muerte y aplicación de tormentos a Franco Casco, un joven bonaerense que había llegado a Rosario a visitar a unos familiares, fue elevada a juicio oral pero aún no se agotaron las instancias procesales para establecer la fecha del debate oral.

El juez federal Martín Bailaque procesó a tres de los policías como coautores de los delitos de desaparición forzada de persona agravado por la muerte de la víctima, e imposición a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, de cualquier clase de tortura, seguida de la muerte.

Se trata del entonces jefe de la comisaría 7ma, Diego Álvarez, y sus subordinados Cecilia Contino y Walter Benítez.

Al resto de los imputados, los policías de la misma seccional Gysel, Acosta, Silva, Guerrero, Greiner y Gianola Rocha, el magistrado los procesó por los mismos delitos, pero sin la aplicación de tormentos a la víctima.

En total hay 19 imputados en la investigación, que tiene 34 cuerpos, entre ellos cinco policías de Asuntos Internos por presunto encubrimiento.

De acuerdo a la resolución, a la que accedió este medio, los jueces entienden que existe riesgo de fuga de los procesados y de posible entorpecimiento de la investigación. 

“Por su capacitación, experticia y especialidad cuentan con mayores recursos para poner en riesgo el accionar de la justicia y entorpecer las investigaciones”, señala la resolución, en referencia a la condición de policías de los acusados.

Además, agrega “existen en la presente causa indicios suficientes que permiten presumir el entorpecimiento en la averiguación de la verdad”, que de hecho intentaron los imputados al inicio del caso.

De los nueve policías a quienes el TOF2 prorrogó la prisión preventiva, cuatro de ellos –Gysel, Guerrero, Contino y Greiner– la cumplen bajo “la modalidad domiciliaria”. Todos cumplen prisión preventiva desde el 4 de septiembre de 2017.

El caso 

Franco Casco desapareció el 6 de octubre de 2014 en la zona de la estación Rosario Norte, cuando luego de visitar a unos familiares de barrio Ludueña regresaba en tren a Retiro.

De acuerdo a la investigación, fue detenido por personal policial de la seccional 7ª, encerrado, torturado, golpeado y asesinado. Su cuerpo apareció flotando en el río Paraná casi un mes después.

La autopsia determinó que fue arrojado muerto al río. Otros detenidos en la comisaría dijeron haberlo visto aquella tarde-noche, escuchar sus gritos de auxilios y los sonidos de los golpes que recibió, hasta que reinó el silencio.

La Policía, para encubrir el crimen, sostuvo que el joven había sido llevado a la comisaría porque estaba drogado, como perdido, y que luego fue liberado.

En el requerimiento de elevación a juicio de un parte de la causa, el fiscal Guillermo Lega sostuvo que “la conducta ilícita desarrollada por los aquí procesados no solamente implicó la privación ilegal de la libertad, sino que además, por su intermedio, se sustrajo a la persona del derecho a la jurisdicción, del derecho a su integridad física, psíquica y moral, como a su vez como del derecho de sus familiares y de la sociedad toda de conocer su destino y el devenir del porqué de su muerte y el cómo sucedió. Así se produce una multiplicidad de víctimas que es una nota distintiva de este tipo delictivo”.

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