Ocho represores fueron condenados este jueves a penas que van de los cinco años a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 20 personas, en el proceso oral de la denominada causa Área Paraná II.

La jueza federal Beatriz Estela Aranguren determinó que se trataron de “delitos de lesa humanidad, ocurridos en el contexto histórico del Terrorismo de Estado que asoló al país en el segundo genocidio entre 1975 y 1983”, y además ordenó iniciar nuevas causas.

Bajo protocolos sanitarios por la pandemia del coronavirus, la jornada inició a las 11.20 y fue transmitida en vivo por las plataformas online del Centro de Información Judicial (CIJ), la Cámara de Diputados de Entre Ríos y la agrupación HIJOS.

En el recinto sólo estuvieron presentes el fiscal, Carlos Escalada; los querellantes Ana Tejera, Sofia Uranga, Juan Antonio Mendez y Marcelo Boeykens; y los defensores José Ostolaza y Alberto Salvatelli.

En la causa se investigó la responsabilidad de los acusados en privaciones ilegítimas de libertad, tormentos, vejaciones, apremios ilegales y otros delitos cometidos contra 20 víctimas entre 1976 y 1977, todos agravados por sus calidades de funcionarios públicos.

Además, se investigó el secuestro, desaparición y homicidio del militante peronista Jorge Emilio Papetti, cuando revistaba como soldado conscripto del Ejército en Concordia.

La causa se tramitó por el antiguo Código de Procedimientos Penal, por lo que las actuaciones son en su mayoría secretas y todas las decisiones, incluida la sentencia, las tomó un solo juez –en este caso Aranguren– y no un tribunal.

La jueza no dio lugar a las excepciones interpuestas por las defensas y declaró a Jorge Humberto Appiani como “autor mediato” de la privación ilegítima de la libertad agravada por la calidad de funcionario público en abuso de funciones a ocho personas, con imposición de vejaciones, severidades y apremios ilegales.

Además, Appiani fue considerado coautor de la privación ilegítima de la libertad con imposición de tormentos sobre Gloria Margarita Tarulli, torturada entre agosto y octubre de 1976; por lo que lo condenó a 13 años de prisión e inhabilitación por el doble de la condena.

Pero la jueza ordenó unificar la pena con la de la causa Área Paraná I, por lo que la nueva condena a Appiani, que se encuentra detenido en la Unidad Penal 1 desde hace 8 años 9 meses y 20 días, vencerá el 1 de octubre de 2024.

José Anselmo Appelhans fue condenado a prisión perpetua al ser considerado partícipe necesario en los delitos sobre ocho víctimas; autor en otros tres casos y de tormentos en otros tres.

Además, fue hallado responsable por la privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos, y homicidio doblemente calificado por alevosía y en concurso con dos o más personas de Jorge Papetti.

También Naldo Miguel Dasso recibió la pena de prisión e inhabilitación perpetua al ser «autor mediato» en tres hechos; imposición de vejaciones, severidades y apremios ilegales a dos víctimas, y de tormentos a otras dos.

Appelhans y Dasso permanecerán con prisión domiciliaria en sus respectivos domicilios, debido a su avanzada edad.

Por ser “partícipe necesaria” en un hecho, Rosa Susana Bidinost fue condenada a cinco años de prisión, pero como permaneció más de 4 años con prisión preventiva y la condena se unificó con la de la Causa Área Paraná I, la pena vencerá el 7 de febrero de 2021.

Gonzalo López Belsué fue condenado a ocho años de prisión por ser partícipe secundario en tres hechos; autor de vejaciones, severidades y apremios ilegales sobre una víctima, y tormentos sobre otras dos; pero al cumplir casi 6 años de prisión preventiva la pena vencerá el 8 de abril de 2022.

Guillermo Quintana recibió la pena de 9 años de prisión por ser “partícipe secundario” en cinco hechos, y cumplirá casi la totalidad de la pena, ya que solo permaneció en prisión preventiva durante tres meses.

Alberto Rivas fue declarado “partícipe secundario” por los mismos delitos en cinco hechos, por lo que se dispuso la pena de 7 años de prisión, pero al cumplir 3 años y 3 meses de prisión preventiva y, unificada con la pena de la Causa Área Paraná, vencerá el 21 de febrero de 2024.

Hugo Moyano fue considerado “partícipe necesario” de las vejaciones y tormentos cometidos contra Gloria Tarulli, por lo que se lo condenó a ocho años de prisión, aunque como cumplió más de 7 años de prisión preventiva, la pena vencerá en noviembre próximo.

Bidinost, Moyano, Belsué, Quintana y Rivas quedaron en libertad debido al bajo monto de las penas, y a que cumplieron parte de ellas en prisión preventiva.

Fuente: Télam

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