El gobierno provincial retomó la iniciativa esta semana para la aprobación, en la Cámara de Diputados, de la adhesión santafesina a la ley nacional de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) aprobada por el macrismo, que es resistida por abogados laboralistas, fuerzas políticas y numerosos sindicatos, y apoyada por otros. Para quienes la enfrentan, se trata de una norma que consagra “el gran negocio” de las aseguradoras, montado en la década del 90, mientras que para la Casa Gris, en la figura de su ministro de Trabajo, Roberto Sukerman, la ley procura establecer “un procedimiento ágil y transparente” previo al reclamo judicial. El texto de la media sanción otorgada por el Senado provincial en junio pasado mejora la espantosa versión nacional pero mantiene al menos un par de artículos contrarios a los intereses de los trabajadores, en un sistema que nunca estuvo ideado para prevenir la siniestralidad laboral ni protegerlos una vez ocurridos los accidentes.

La ley de Riegos del Trabajo es hija de la segunda experiencia neoliberal en Argentina, cuando la dupla Carlos Menem-Domingo Cavallo la impusieron como parte de las “reformas” para acceder al “primer mundo”.

El abogado laborista rosarino, Jorge Elías, recordó que la norma “fijó indemnizaciones francamente miserables, dejó sin reparar la mayoría de las enfermedades y para que los trabajadores no pudieran hacer juicio sencillamente los prohibió. Cualquier reclamo debía ser resuelto por una Comisión Médica (CM), formada por profesionales con fuerte compromiso con las ART, y con la misión de cuidarle sus intereses”.

En 2004 la Corte Suprema de Justicia nacional la declaró inconstitucional, entre otros motivos, porque las CM nacionales sustraían las facultades de los Estados provinciales de organizar su sistema judicial al respecto.

Desde entonces, los trabajadores a los que las ART les rechazan el reclamo o les fija una indemnización o incapacidad menor a la reclamada, acuden a los tribunales del fuero laboral.

A la carga

Durante la tercera experiencia neoliberal del país, en 2017 y con Mauricio Macri como presidente, se sancionó una nueva ley de ART, de indisimulable espíritu antiobrero. ¿La excusa? Bajar la litigiosidad laboral, que para el empresario a cargo de la Presidencia era motorizada por la “mafia” de los abogados laboralistas, creadores de “la industria del juicio”.

La alta litigiosidad existía, claro, como consecuencia del alto nivel de siniestralidad laboral por falta de prevención, en un sistema de protección que, en los hechos, sólo apunta a la inversión financiera de los excedentes por parte de las aseguradoras.

La siniestralidad no se redujo significativamente con la ley del macrismo (5,5% entre 2017 y 2018), pero sí el “gasto” empresario en pólizas. Según un estudio de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en 2018 las empresas “ahorraron” unos 22.600 millones de pesos por los cambios en el sistema, como consecuencia de la baja de la litigiosidad limitada por la nueva ley pro patronal.

Para intentar evitar que fuera declarada inconstitucional su aplicación en todo el país –como ocurrió en 2004–, Cambiemos invitó a las provincias a “adherir” a la nueva norma.

Así, los distritos subnacionales encontraron un modo de legitimar la ley, pero establecer condiciones locales para su aplicación, que la mejoraron.

En ese camino está Santa Fe, cuyo ministro de Trabajo tomó la iniciativa esta semana con visitas a las Comisiones Médicas de Santa Fe y reuniones con sindicatos que apoyan la adhesión.

Para no comerse el garrón solo, aclaró en una de esas actividades que “es una decisión del gobernador Omar Perotti que trabajemos en conjunto con el gobierno nacional en la conformación de las comisiones médicas (CM)”.

Repudiado por buena parte del arco sindical, Sukerman detalló las bondades de la adhesión: “Esto implica que los trabajadores en caso de sufrir un accidente o una enfermedad laboral, cuenten con un procedimiento sencillo, ágil, y transparente para no tener que recurrir si o si a la justicia”.

Valoró que “haya una instancia administrativa previa que pueda determinar la incapacidad en caso de que se genere y avanzar en la indemnización”.

De acuerdo a un análisis de la media sanción del Senado que hizo para varias organizaciones sindicales el abogado Elías, el proyecto de Perotti “buscaba atenuar los efectos dañinos del texto legal nacional”.

Así, creó CM en los todos los distritos judiciales de la provincia –antes sólo había en Rosario– y el Senado agregó la creación de 5 móviles, para permitir que un trabajador pueda presentarse en caso de siniestro o enfermedad sin tener que trasladarse (mucho).

También agregó la presencia de un representante del gobierno en el control del funcionamiento de las CM, que antes estaba sólo en mano de la Superintendencia de Riegos del Trabajo (SRT). Y sumó un defensor de oficio propuesto por el Colegio de Abogados, cuando la ley nacional contempla como representante legal del obrero a un letrado a sueldo de la SRT.

El proyecto que debe tratar Diputados también establece la posibilidad para el trabajador de interponer un pronto despacho, una vez transcurridos los 60 días hábiles en que debe expedirse la CM. Si en 20 días no obtiene respuesta por vía administrativa, puede acudir a la judicial.

Sin embargo…

Un día antes de que el Senado le diera media sanción a la adhesión, Perotti envió una modificación, que recoge un reclamo de los empleadores.

Cambió el efecto “devolutivo” del monto que debe percibir un trabajador por incapacidad por el “suspensivo”.

En los hechos, la modificación jurídica implica que si un trabajador o trabajadora no está de acuerdo con el monto establecido por la CM –y aceptado por la ART– para cubrirle el daño o no acepta el porcentaje de incapacidad fijada, no percibe ese monto para luego poder reclamar judicialmente lo que cree que la falta, sino que la apelación de la decisión de la Comisión Médica suspende el cobro hasta su resolución por vía judicial.

“Una extorsión para que el trabajador acepte lo que le da la Comisión Médica”, sostuvo Elías.

Y consideró esa modificación como “un disparate, ya que la incapacidad y la suma aceptadas por la ART ya se devengaron y deben pagarse, y no hay razón que no sea el chantaje para impedirle cobrar lo que le corresponde, por el sólo hecho de que cree tener derecho a más”.

El otro aspecto negativo es el acotado tiempo para demandar. “Se fija un plazo de 60 días hábiles para iniciar la acción judicial, vencido el cual caduca el derecho a reclamar. Es una disposición injusta, posiblemente inspirada en la ilusión de que, por alguna razón (ignorancia, falta de diligencia del abogado), ese plazo se cumpla e impida el juicio”, sostuvo Elías.

Tristeza

Un amplio espectro de organizaciones sindicales repudió la decisión del gobierno de avanzar en la adhesión a la ley macrista de ART, aún con su versión de reducción de daños en relación a la original. Por una cuestión de espacio, reproduciremos sólo algunas.

El secretario general de la CTA de los Trabajadores Rosario, Paulo Juncos, manifestó su “decepción y tristeza de que un dirigente político haya girado tanto en su posición en relación a esto”, en relación a Sukerman.

“El modelo de ART de la Argentina, desde su génesis y su concepción, no está pensado para proteger a los trabajadores ni su salud laboral, sino que está pensado como un gran negocio”, añadió. De hecho, la siniestralidad aumenta, las indemnizaciones bajan, la litigiosidad crece y las prevención escasea.

En una entrevista con Radio Rebelde, Juncos consideró “absolutamente perverso que en un momento como en el que estamos pasando los trabajadores y el conjunto del pueblo, avanzar con la adhesión a una ley tan perversa que lo único que viene a hacer es garantizar el negocio de las ART, en detrimento de la salud y de la seguridad” de la fuerza de trabajo.

El Sindicato de Aceiteros de Rosario también “repudió” el intento oficial de adhesión a la ley. Explicó que “los trabajadores necesitamos visibilizar las problemáticas de salud que suceden adentro de las plantas; porque es fundamental trabajar en la prevención; porque necesitamos y exigimos un Ministerio de Trabajo que evite las enfermedades y los accidentes laborales y que promueva la agilidad y ligereza en los juicios”.

El Observatorio de Salud de los Trabajadores, por su parte, señaló que la adhesión a la ley nacional implica “limitar el derecho de los trabajadores”. Que, valga la aclaración, no están en un momento de expansión de sus derechos.

“La verdadera ecuación es que aumentan los rechazos desde las ART (a los reclamos de las y los trabajadores) y bajan los juicios vulnerando el derecho a la legítima defensa que tenemos los trabajadores, con el agravante de la falta de una política de prevención”, cerró.

 

Fuente: El Eslabón

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