
Este miércoles, el gobierno nacional a través de la Secretaría de Comercio Interior fijó nuevos precios máximos para 18 categorías de productos, con un aumento de entre 2 por ciento y 6 por ciento, a través de la Disposición 14/20920 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma, enmarcada en el programa “Precios máximos” que se extenderá hasta el 6 de marzo, permitirá fijar nuevos números para distintas categorías de productos, “los cuales tendrán la variación porcentual máxima que se establece”.
Listado de aumentos:
- Conservas, chacinados y encurtidos, 3 por ciento
- Alimento para mascotas, 4 por ciento
- Infusiones, 5 por ciento
- Dulces y endulzantes, 2 por ciento
- Artículos de cuidado personal, 4 por ciento
- Leches y sus derivados, 2 por ciento
- Bebidas, 3 por ciento
- Arroz y legumbres, 4 por ciento
- Aceites que no sean de girasol, 2 por ciento
- Aceite de girasol, 5 por ciento
- Artículos de limpieza del hogar, cocina y bazar; papeles higiénicos y de cocina, 3 por ciento
- Yerba, 6 por ciento
- Sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks, 2 por ciento
- Vinos, espumantes, jugos puros de frutas, 6 por ciento
- Alimentos congelados, 3 por ciento
- Harinas que no sean de trigo, fideos, galletitas y panificados, 3 por ciento
- Harina de trigo, 5 por ciento
La disposición indica además que “los precios de los productos que integran las categorías mencionadas se fijarán de conformidad con el porcentaje máximo de incremento autorizado en dicho artículo, aplicado sobre los precios vigentes al 14 de julio último”.
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