El gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, firmó este miércoles el decreto en el que se determinan las nuevas medidas para intentar detener el avance de la denominada segunda ola de contagios de Covid-19. En su breve discurso, el mandatario llamó a la población a extremar los cuidados e indicó que es prioridad del gobierno provincial proteger la “salud en cada lugar de la provincia”.

Las medidas empezarán a regir este viernes 23 de abril y se extenderán hasta el último minuto del domingo 2 de mayo. O sea que tendrán una vigencia preliminar de una semana. En cuanto a la circulación nocturna, los vehículos particulares no podrán transitar después de las 21.

Como primera medida, el gobierno provincial decreta que “en todo el territorio provincial, entre las 0 horas del día 23 de abril y las 24 horas del día 2 de mayo de 2021, se suspenden las siguientes actividades:

*Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante DNU del Poder Ejecutivo Nacional o Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional; incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas  provinciales, zonales o locales. El fútbol de primera división seguirá en actividad porque está regido por Nación, que no dispuso lo contrario.

*La actividad física en el espacio público; salvo para la realización de manera individual o acompañado por convivientes, de salidas breves de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sean caminatas, correr o circular en bicicleta, sin detenerse ni concretar reuniones a aglomeración de personas.

El decreto no menciona nuevas restricciones para los gimnasios, que en principio podrán seguir funcionando con una clientela que ocupe el 30 por ciento en cada uno de los turnos.

*Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa: y las actividades de los clubes deportivos y de las guarderías náuticas, en relación a las actividades vinculadas que se suspenden.

*Actividad hípica en hipódromos.

*Actividad de salas y complejos cinematográficos.

*Actividad del comercio minorista en locales ubicados dentro de centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2 inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069 con asistencia de clientes a los locales.

*No queda alcanzada por suspensión dispuesta en el presente inciso la venta telefónica o por medios electrónicos, con la modalidad particular de entrega y pago previamente convenidos (tambien llamada «pick up»), a realizar en un espacio exterior lindante (playas de estacionamiento o similares).

*En cuanto a los locales de venta minorista, el horario de actividad para los no escenciales será de 10 a 19. En tanto, los escenciales como de venta de alimentos, podrán tener sus puertas abiertas hasta las 20.

*Funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2 inciso e) apartado 4 de la Ley N° 12069 con asistencia de clientes a los locales; salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que puede accederse, sin transitar por el espacio de circulación para concurrir a los locales comerciales de ventas de mercaderías.

*Cines y shoppings permanecerán cerrados.

*Se suspenderán los espectáculos teatrales y musicales, incluso los que son al aire libre, como el caso del anfiteatro municipal de Rosario. Los shows que ya estaban lanzados, serán reprogramados.

Como se había adelantado y nunca se puso en duda, las clases en las escuelas seguirán con el método de semipresencialidad y con todos los protocolos de burbujas.

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