El diputado provincial Eduardo Toniolli, autor del proyecto de Policía Judicial, mostró su disconformidad con la “metodología del veto propositivo que utiliza el gobierno provincial”, sobre la ley que busca crear un organismo específico capacitado para investigar delitos complejos.
«No compartimos esta metodología del veto propositivo que utiliza el gobierno provincial, porque no rechaza lo que ya aprobó la Legislatura pero lo modifica de tal manera que termina legislando desde el Ejecutivo», dijo Toniolli sobre la ley de la cual el gobernador Antonio Bonfatti vetó y propuso nuevas versiones de 40 de los 57 artículos.
En dicha ley, que permite la creación de una Policía Judicial de Santa Fe y que fue aprobada en la Cámara de Senadores en la última sesión del año, el Ejecutivo provincial utilizó el veto propositivo, que no rechaza completamente el contenido, pero se legisla desde el gobierno con la modificaciones que se proponen.
“Nosotros no lo aceptamos. Muchas veces ha sido tolerada por algunos legisladores, pero nosotros no acordamos con este proceder. Si el Ejecutivo no está de acuerdo con una ley la tiene que vetar y listo, y si quiere modificar algunas cuestiones tiene que enviar un nuevo proyecto a las cámaras y reunir el consenso entre los distintos bloques», apuntó diputado.
Según el legislador kirchnerista, los puntos más críticos de la modificaciones pasan por el artículo 55 que ahora modificado «desnaturaliza la idea de exclusividad en la investigación de los delitos complejos para la nueva policía judicial», agregó Toniolli. Y también marcó las modificaciones al artículo 46 en la el Poder Ejecutivo «se reserva la posibilidad de no entregar información que otras resoluciones consideren secretas», explicó.
Más modificaciones
Por su parte, otra de las alteraciones contempladas en el decreto 4.533/2013 firmado por Bonfatti, se da en el inciso 9 del artículo 16 que establece que el fiscal general debe «organizar la estructura administrativa de las distintas unidades fiscales y de los órganos de apoyo, que no pertenezcan a la órbita exclusiva de una Fiscalía Regional, de acuerdo con las necesidades del servicio y las posibilidades presupuestarias». Y agrega que «dicho argumento resulta suficiente para vetar gran parte del proyecto de ley mencionado.
No obstante ello, existiendo elementos valiosos en el cuerpo normativo analizado y en resguardo del principio de división de poderes, este Poder Ejecutivo propicia profundizar el sentido positivo de la norma», postulando su reformulación.
Sobre la base de ese criterio rector, los considerandos del decreto repasan cada uno de los artículos del texto y consideran que deben ser descartados los siguientes: 3, 6 al 8, 10, 12 al 36, 46 al 49 y 51 al 55.
Los argumentos puntuales se despliegan en cada caso: autonomía del organismo en las causas a perseguir, contrariando las potestades de los fiscales (art. 3 y art. 10), asignación de tareas propias de la Fiscalía (art. 7), formalismo excesivo en procedimientos (art. 8), pautas sobre designación y remoción del director que van contra las atribuciones constitucionales de la Corte, inamovilidad (que no corresponde a un órgano «de asesoramiento»), creación de una estructura de capacitación que ya existe en el Ministerio Público (arts. 22 a 32), asignación al Departamento de Análisis Delictivo de funciones ya previstas en otras áreas de la Fiscalía, disposiciones referidas al traspaso de efectivos desde las fuerzas de seguridad o a la evaluación de los ingresantes que contravienen la normativa general (art. 52 y 15 al 20).
El proyecto había sido presentado -además de Toniolli- por Gerardo Rico (Movimiento Evita), Leandro Busatto (kirchnerista) y Avelino Lago (Producción y Trabajo) al que acumularon otro de Jorge Abello (Encuentro Santafesino), y ampliado en las comisiones, incluyendo aportes académicos.
Fuente: Rosario/12.