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Menem y Cavallo procesados por “malversación de caudales públicos“.

La Cámara Federal porteña procesó este martes al ex presidente Carlos Menem y al ex ministro de Economía Domingo Cavallo por la venta irregular del predio ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina (SRA) en 1991.

La Sala II revocó el sobreseimiento del ex presidente y ordenó al juez que fije un embargo sobre sus bienes, al tiempo que también confirmó el procesamiento de Cavallo por el mismo delito de “malversación de caudales públicos“.

“Las pruebas reunidas indican que todos los imputados tomaron parte en una operación ideada conjuntamente, mediante la cual se sorteó la necesaria intervención del Congreso de la Nación -y de entes cuya opinión no fue requerida- y se acordó un precio vil para la enajenación», señaló el fallo firmado por los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Fara.

La Cámara también ratificó el procesamiento de los ex funcionarios del Ministerio de Economía Matías Ordóñez y Gastón Figueroa Alcorta; del expresidente de la Rural Eduardo De Zavalía; del ex secretario Juan Ravagnani, y de los tasadores del Banco Ciudad de Buenos Aires Juan Insua, Raúl Angelini, y Ricardo Schapiro y del Banco Hipotecario Jorge Frost, Daniel Ivakhoff y Carlos Ratto, según un cable de la agencia NA.

Todos quedaron procesados por el delito contemplado en el artículo 261 del Código Penal, que señala que “será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo“.

La venta del lugar se habilitó con la firma de Menem y Cavallo del decreto 2699 del 20 de diciembre de 1991, mediante el cual el Poder Ejecutivo autorizó que “el Estado Nacional venda el predio ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina“ (14 hectáreas ubicadas frente a Plaza Italia) por 30 millones de dólares, a pesar de que el valor de mercado era de 131.800.000 dólares.

“La actuación de Carlos S. Menem y Domingo F. Cavallo no sólo contrarió la forma de proceder impuesta por más de cien años en torno al patrimonio en cuestión; hizo lo propio con cuanto habían entendido los propios involucrados –hasta ahí- en el mismo expediente. Esas afirmaciones tornan procedente el agravio de la fiscalía vinculado a tales aspectos de los hechos“, indicó el fallo.

Y agregó que “si bien los miembros del Poder Ejecutivo ejercían la administración del patrimonio estatal, ello no equivale a admitir que pudieran disponer arbitrariamente de aquél –pretendiendo así poseer una posición o título que no tenían-, en desmedro de la representación que les fue encomendada“.

“Lo relevante aquí pasa, fundamentalmente, porque el auto-contradictorio, repentino e inexplicado cambio de criterio respecto de las condiciones necesarias para enajenarlo –que obviamente se tradujeron en menos o nulos controles- coincidió, justamente, con el acuerdo de un precio visiblemente perjudicial para los intereses estatales, al que se arribó mediante un procedimiento irregular e inmotivado“, apuntaron los camaristas.

El predio, sede de la tradicional exposición agropecuaria de la SRA desde 1878, se consolidó luego como el principal centro ferial de la Capital Federal y hacia fines de 2002, Francisco de Narváez y su colega empresario Alejandro Shaw adquirieron el 50 por ciento de los derechos de explotación comercial, de manos de los tenedores originales.

Una década más tarde, y justo antes de que el gobierno de Cristina Kirchner dispusiera la toma de posesión del predio, De Narváez se desprendió de su paquete accionario en La Rural S.A.,compartida en partes iguales con la SRA y se lo vendió a una empresa de entretenimientos, el grupo Fénix Entertainment, que prácticamente de inmediato transfirió el 25 por ciento de sus acciones al grupo IRSA, dueño de los principales shoppings de Buenos Aires.

Para terminar, los jueces de la Cámara le encomendaron al juez Sergio Torres que, “devueltas las actuaciones, comience a transitar las fases necesarias para evaluar la elevación a juicio de la situación de los procesados”.

Fuente: NA

 

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