El defensor general Ganón, en un reciente encuentro con el ex ministro de la Corte, Eugenio Zaffaroni.
Ganón, en un reciente encuentro con el ex ministro de la Corte Eugenio Zaffaroni.

El caso del joven que fue visto con vida por última vez en el bar La Tienda antes de que su cadáver aparezca flotando en el río Paraná llevó al Defensor General y a abogados de la familia a denunciar al gobierno provincial y su Policía, para “evitar el proceso de destrucción de pruebas”.

De esta forma, el defensor provincial Gabriel Ganón, junto a los letrados Salvador Vera, Guillermo Vallet y Analía Elizabeth Abreu, presentó este martes un escrito ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para solicitarle al Estado argentino que “realice medidas cautelares a los fines de evitar que continúe el proceso irreparable de destrucción de pruebas sobre lo ocurrido en el caso que investiga la desaparición y muerte de Gerardo Escobar”. Además reclamaron que interceda para que “cesen los hotigamientos/amenaza (sic) que están recibiendo los familiares de la víctima”.

Según se explicó en un comunicado de prensa dado a conocer este martes desde la Defensoría, entre los puntos que justifican la solicitud, se advierte que “aún no han sido ejecutadas medidas idóneas y necesarias tendientes a conservar y/o preservar las pruebas”.

Los abogados señalaron en el documento que “el Ministerio Público de la Acusación (provincial) nunca requirió la colaboración de otra fuerza policial que no sea la de la propia Policía Provincial a los fines de practicar diligencias investigativas sensibles, como levantamiento del cadáver de Escobar en el río, exámenes médicos primarios, entre otros”.

Para los abogados esas medidas “requerían la participación de terceros insospechados de participación en los hechos sometidos a investigación, como ser otra fuerza de seguridad”.

Los representantes legales hicieron hincapié en su escrito “en actos de hostigamiento” contra Luciana Escobar, hermana de la víctima, quien señaló haber recibido llamadas telefónicas anónimas varias veces al día. “Si bien durante las llamadas no se oye ninguna voz –indica el texto–, estos mensajes no pueden dejar de ser interpretados en el contexto como señales amenazantes que incorporan nuevos elementos de angustia y sufrimiento a los familiares de la víctima”.

En el texto difundido por la Defensoría, se resaltó que “según los términos del artículo 25 del Reglamento de la CIDH, las medidas cautelares deben ser habilitadas en caso de “gravedad, urgencia e irreparabilidad”. Con respecto a esto último, la presentación aduce que, de no disponerse medidas de imperiosa necesidad, como la que oportunamente fue propuesta, se frustará indefectiblemente la producción de prueba que permita esclarecer el hecho.

Además, respecto de las llamadas recibidas por Luciana, los abogados patrocinantes piensan que si no son tomadas decisiones impostergables, los hostigamientos podrían derivar en otro tipo de actos directos contra su vida o integridad física.

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