El viernes pasado se presentó un recurso de amparo para declarar la nulidad insanable del convenio de carácter laboral que firmaron el Poder Ejecutivo Nacional y la empresa multinacional McDonalds.
Las diputadas nacionales del bloque Frente Para la Victoria, Araceli Ferreyra, Lucila De Ponti y Silvia Horne, junto al secretario nacional de Juventud de la CTA, Matías Zalduendo, presentaron el mencionado recurso de amparo contra el convenio firmado entre el Poder Ejecutivo y la empresa multinacional McDonalds para declarar su «nulidad absoluta e insanable, ilegalidad, inconstitucionalidad, arbitrariedad manifiesta e inaplicabilidad, ordenando la revocación o sustitución”.
En ese marco, la legisladora santafesina aseguró: “Es preocupante la tendencia del Poder Ejecutivo Nacional de aplicar políticas de gobierno que benefician ampliamente a los grandes empresarios y perjudican de forma sistemática a los trabajadores”.
Mediante el amparo presentado los firmantes solicitan que se suspenda la aplicación del convenio, así como también se lo declare inconstitucional y “violatorio del orden público laboral, así como del derecho internacional y la propia Constitución Nacional”. Asimismo, esperan la pronta resolución por parte de la Justicia.
El convenio firmado el día 13 de mayo del corriente año entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la empresa Arcos Dorados Argentina SA (Mc Donalds), establece que esta última –que actualmente cuenta con 16.809 trabajadores en relación de dependencia– incorporará a 5.000 nuevos trabajadores bajo la forma de practicantes “con posibilidad de progreso ” . Los mismos recibirán una remuneración de 4.500 pesos, siendo ese valor inferior al salario mínimo, vital y móvil y significando una amenaza no sólo al sostenimiento de los puestos laborales ya existentes sino también a la incorporación de trabajadores en relación de dependencia regidos por el CCT.
En el escrito se detalla lo siguiente: «Del contenido de este convenio se desprende que los trabajadores podrán estar contratados conforme a esta figura en reiteradas oportunidades, durante el cual no tendrán recibo de sueldo, no se abonará sueldo anula complementario, tampoco los recargos por la prestación de tareas durante días feriados y fines de semana ni la diferencia salarial conforme a la categoría del trabajador según la tarea específica desempeñada. Sumado a esto, es preciso remarcar que la empresa evade las contribuciones y aportes solidarios a nuestro sistema de Seguridad Social, ya que el Estado no se lo exige en el desarrollo del convenio».