La Cámara Federal de Rosario dio la razón al Colegio de Abogados y podrá ser querellante en la causa por el homicidio del abogado Felipe Rodríguez Araya, cometido por la Triple A el 30 de septiembre de 1975.
Según informaron desde el propio Colegio este miércoles, la Cámara Federal de Rosario en pleno y por unanimidad, revocó la resolución del juez federal de la causa en la que se investiga el secuestro y posterior homicidio de Felipe Rodríguez Araya y el Procurador Luis Lezcano, calificados como delitos de lesa humanidad cometidos por la Triple A previo al golpe de Estado.
El Juez Marcelo Bailaque había despachado negativamente la solicitud del Colegio de Abogados considerando que la querella en causas por crímenes de lesa humanidad no se encuentra entre los objetivos de la colegiación, ni surge de su misión y finalidad principal.
Tras la negativa del magistrado a la petición de ser admitido como querellante en el expediente, el Colegio de Abogados apeló dicha resolución ante la Cámara y ésta, el 9 de septiembre, resolvió revocarla y admitir a la entidad gremial por considerar que “de los elementos que obran en la causa, surge que los hechos investigados tienen directa vinculación con el ejercicio de la profesión de la abogacía”.
“La Cámara consideró así claramente demostrado «el interés legítimo» del Colegio de Abogados de intervenir como parte querellante ya que afecta la esfera de los intereses de sus representados”, remarcaron desde el Colegio.
En su resolución, la Cámara Federal analiza que de los «elementos probatorios es posible inferir que los hechos de los que fueron víctimas tanto el abogado Rodríguez Araya como el Procurador Luis Lescano se enmarcan en un período de nuestra historia en el que ocurrieron hechos calificados como delitos de lesa humanidad, violaciones a los derechos humanos y delitos vinculados a persecuciones ideológicas y políticas».
«Esta circunstancia demuestra a las claras el interés legítimo del Colegio de Abogados de intervenir como parte querellante en este proceso por cuanto afecta la esfera de los intereses de sus representados», remarca el fallo, que añade: «Entre las funciones y finalidades esenciales que le competen, se encuentra la de «Amparar los derechos e inmunidades de los abogados, velando para que estos gocen de la libertad necesaria para el ejercicio de la profesión»”.
El equipo de abogados y abogadas que trabajan en la querella en representación del Colegio de Abogados, constituido por los abogados Carmen Maidagan, Adriana Tripelli, Bibiana Alonso, Marcelo Truco y Nadia Schujman, celebraron la resolución, y la consideraron “un logro importante para todos los abogados y abogadas defensores de los derechos humanos, el estado de derecho y la lucha por el libre ejercicio de la abogacía”.