Frente a las numerosas quejas de clientes por la negativa a la instalación de telefonía fija, la concejala Norma López advirtió que “la empresa Telecom no puede negarse” a hacerlo ni “condicionarlo a la compra de otros servicios”.
Ante los reiterados reclamos que se registraron en la Oficina Municipal del Consumidor en torno de la negativa de Telecom a instalar líneas de teléfono, la edila afirmó: “En primer lugar, la empresa no puede negarse a instalar la línea, ni condicionar u objetar la instalación a la compra de otro producto en este caso el del servicio de Internet. Las leyes y reglamentos así lo determinan y el Estado, mediante el órgano de control, tiene la obligación y la responsabilidad de hacer cumplir esa reglamentación y esas leyes. Y claramente no lo hace. En la prestación de los servicios públicos el Estado es el responsable y el que debe garantizar de que el servicio se preste de acuerdo a las exigencia de la ley”.
López, además, apuntó: “El Enacom, que es el órgano encargado de controlar y sancionar a la empresa por la falta y demora en la instalación del servicio de telefonía básica ante los reiterados reclamos de los usuarios, también debe hacer inspecciones en las distintas centrales de la empresa y determinar la cantidad de instalaciones pendientes y con plazo vencido y las causas que originan esta demora y en todo caso la negativa a instalar la línea”.
Para finalizar, la concejala mencionó: “Sobre la manifestación que hace la empresa en cuanto al ofrecimiento de instalar los teléfonos con tecnología GSM, hay que tener en cuenta varios aspectos. Primero que dicha tecnología es la que actualmente utiliza la telefonía celular y como sabemos en la actualidad ese servicio tiene serias dificultades de funcionamiento en la ciudad de Rosario. Segundo, ese tipo de tecnología carece de una de las características esenciales del servicio básico como es la continuidad, ya que la misma a falta de energía eléctrica no funciona; y tercero, es que el servicio básico prestado bajo ese sistema tiene serios inconvenientes en la calidad y accesibilidad para su correcto funcionamiento y en las condiciones exigidas por la reglamentación vigente”.