La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar este martes a la acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional y declaró “invalidez constitucional” del Capítulo IV del DNU 70/2024. A partir de ello, dejaron sin efecto la aclaración en el fallo de primera instancia.

La decisión llega un día antes de que, en principio, se debata la ley ómnibus en la Cámara de Diputados, que ya no tiene en el dictamen de mayoría el artículo que proponía ratificar ese DNU.

El pasado miércoles, día del paro general con movilización, la Justicia hizo “parcialmente lugar a la acción de amparo” que inició la central contra el Estado y declararon la “invalidez de los art. 73, 79, 86, 87, 88 y 97” del decreto. Quien tomó la determinación fue la jueza de feria del fuero laboral, Liliana Rodríguez Fernández, sumándose a la medida cautelar que se mantiene vigente y que inhabilitaba a los artículos relacionados con el mundo laboral.

La justicia invalidó por primera vez un apartado del DNU

La magistrada acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que “afectan de modo directo” los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores. “Para decidir de ese modo la magistrada a quo consideró, entre otras razones, que la demanda estaba dirigida antes a invalidar todo un tramo del DNU 70/2023 (su Título IV, comprensivo de los arts. 53 a 97), lo que exigía “un análisis muy cuidadoso de modo de mantener la decisión judicial dentro de lo normado por el artículo 116 de la Constitución Nacional, que impone límites a la jurisdicción de este poder del Estado”, indican en la resolución.

Fuente: El Destape

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