Guillermo Campana, uno de los abogados querellantes de la familia Casco, celebró la anulación de las absoluciones dictadas en julio de 2023, y remarcó: “Evaluaron y analizaron la prueba de manera errónea, arbitraria, parcializada y descontextualizada”.
Luego de que la sala de Casación Penal anulara el fallo del Tribunal Oral Federal 2 de Rosario que en julio de 2023 había absuelto a los 19 policías procesados y llevados a juicio por la desaparición seguida de muerte de Franco Casco, Guillermo Campana, uno de los abogados querellantes de la familia Casco, celebró la resolución y adelantó: “Esperamos condenas, porque si se valora la prueba por una conformación de un nuevo tribunal en función de los parámetros y de los lineamientos que fijó el Tribunal de Casación, evidentemente tiene que haber condenas porque no se puede analizar una desaparición forzada de persona en los términos en que lo hizo el tribunal que en su momento dictó las absoluciones”.
“Después de lo que fue el golpazo de la sentencia de absolución, nos abocamos a hacer todo lo que estaba a nuestro alcance que era recurrir el fallo, dar nuestros argumentos, ir a Buenos Aires a volver a exponer nuestra postura”, indicó el abogado que representa la querella de Malvina Godoy, hermana de Franco Casco, y agregó: “En cierta medida no esperábamos que fuera este año, por la densidad de la causa y porque habíamos tratado de evitar generar alguna expectativa alrededor de lo que podía surgir. Nos sorprendió también por la solidez y por las argumentaciones que tomó el Tribunal de Casación, que le indicó a los jueces que se equivocaron en el cómo, porque lo que hicieron fue evaluar y analizar la prueba de una manera errónea, una manera arbitraria, porque lo hicieron en forma parcializada, fragmentada y descontextualizada”.
En diálogo con el programa Poné la pava de Radio Rebelde Rosario, Campana brindó algunos ejemplos de los desaciertos del tribunal que en su momento absolvió a los 19 policías: “No se pueden analizar los videos en los que la defensa decía que era Franco Casco la persona vista el día 8 de octubre en virtud de pericias que hizo gente que no conocía a Franco y que incluso dijo que no eran determinantes, sino que acercaban similitudes y diferencias con fotos de Casco, sin analizar también que todos los familiares dijeron que no era él. Entonces, cómo le podemos dar crédito a un video una calidad de imagen muy mala y muy baja en el que un perito dice que hay similitudes y diferencias pero todos los familiares dicen que no es, no solamente por la fisonomía sino por la forma de caminar, por la vestimenta, cuestiones que el tribunal directamente dejó de lado al momento de fallar”.
Otro de los elementos contundentes, según el abogado querellante, es que “no se tomó en cuenta el contexto de violencia institucional” en el que se dio la detención del joven bonaerense. “No fue una detención aislada, que no estuviera enmarcada en las prácticas que se llevan adelante en la 7ª y en todas las comisarías de la ciudad de Rosario. Detenciones que están destinadas a una población objetivo que respondía a las características de Casco. Todas esas cuestiones son las que no se tomaron en cuenta en el momento de llevar adelante el fallo absolutorio. Esas prácticas forman parte de las habituales de la comisaría, lo dijeron todos los detenidos a los cuales también se les intentó restar crédito por cuestiones que de ninguna manera una persona privada de libertad que está declarando contra sus propios custodios puede recordar. Se les exigió un nivel de exactitud a los detenidos que es inaceptable. Esas son las cuestiones que llevaron al Tribunal de Casación, entre muchas otras, a decidir la anulación del fallo”.
El núcleo central de lo que resolvió Casación es que “se analizó toda la prueba de manera separada”, remarcó Campana, y detalló: “Tomaron un documento, un acta, y dijeron que estaba bien o estaba mal por su propio contenido, sin analizarla en el contexto de toda la demás documentación y en el contexto de las demás testimoniales. Por ejemplo, se tomaron las pericias médicas sin considerar que Franco estuvo sumergido en el río y que estaba en estado de putrefacción, algo que formaba parte de una práctica anti forense: descartar el cuerpo para evitar que ese cuerpo hablara. La prueba debe ser analizada de manera global y en un contexto determinado en el que ocurren los hechos, no de manera limitada y fragmentada”.
Por último, el representante de parte de la familia Casco, adelantó: “Esperamos condenas, porque si se valora la prueba por una conformación de un nuevo tribunal en función de los parámetros y de los lineamientos que fijó la Cámara de Casación, evidentemente tiene que haber condenas porque no se puede analizar una desaparición forzada de persona en los términos en que lo hizo el tribunal que falló las absoluciones”.
Publicado en el semanario El Eslabón del 21/12/24
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