Foto: Andrés Macera.
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La Justicia rechazó este martes una medida cautelar interpuesta por usuarios y comerciantes locales contra dos incrementos de la tarifa eléctrica impuestos por la Empresa Provincial de la Energía (EPE). El juez sostuvo que suspender el tarifazo traería más perjuicios a la compañía que beneficios a los usuarios.

El juez en lo Civil y Comercial Néstor García fundamentó su resolución en que la suspensión del nuevo cuadro tarifario –solicitada por los demandantes- conllevaría mayores perjuicios para la compañía que su aplicación para los usuarios del servicio.

La medida cautelar, basada en la ley 10.000 de intereses difusos, había sido presentada por la “Multisectorial contra el Tarifazo” de Rosario, que reúne a pequeños comerciantes, pymes y usuarios particulares, así como a legisladores provinciales y concejales locales.

La presentación judicial solicitaba la suspensión de los dos aumentos que sufrió el servicio de energía eléctrica en Rosario, el del 25 de noviembre del año pasado fundado en el incremento de costos de la EPE, y el del 3 de marzo pasado a raíz de la quita de subsidios por decisión del Gobierno nacional.

Tras ponderar los argumentos de las partes, el juez García decidió rechazar el planteo de los demandantes al señalar que suspender la aplicación del nuevo cuadro tarifario implicaría un perjuicio mayor a la prestación del servicio que el ocasionado a los usuarios por el aumento en las facturas de luz.

Para el juez, no “ha quedado claramente configurado el daño que la no suspensión del cuadro tarifario provoca en el comercio, las PyMes y la población en general”.

“Ello –continúa la resolución- por cuanto no se encuentra probado en autos la certeza de las cifras relativas al cierre de comercios durante el período en cuestión, ni que éstas -de ser reales- puedan atribuirse exclusivamente al aumento del precio de la energía eléctrica y no a otra serie de causas o concausas”.

La Multisectorial había señalado en su planteo que en abril pasado cerró un 20 por ciento de los comercios de Rosario como consecuencia del tarifazo energético.

El magistrado sostuvo además que “la documentación acompañada (por la EPE) respecto de las obras en ejecución y de los perjuicios que ocasionaría -para la misma población que los actores defienden- la suspensión de las mismas por la ausencia de financiación derivada de la aplicación de la cautelar, torna innegable la existencia de ‘un daño sustancial a un cometido público o sea susceptible de generar un perjuicio mayor que el derivado de la no suspensión’” de la medida.

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  1. […] Rechazaron cautelar contra la EPE […]

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