Son escuelas, jardines, bachilleratos y espacios de aprendizajes, de formaciones y capacitaciones. Surgieron de la mano de las necesidades de las comunidades y sus territorios, y responden en el hacer a esa identidad. Un proyecto de ley nacional busca regular el funcionamiento, características y alcances de estas Experiencias Educativas de Gestión Social, Cooperativa y Comunitaria, tal como se las denomina. La idea –asegura el texto de la iniciativa– es “garantizar el derecho de todas las personas a la educación y de reconocer la participación de las organizaciones de la sociedad civil en el ejercicio de este derecho”.
El autor del proyecto es el diputado nacional por Santa Fe (Frente de Todos), Eduardo Toniolli. Y es acompañado con la firma de un buen número de legisladoras y legisladores, entre las que se encuentra la de la presidenta de la Comisión de Educación de la Cámara Baja, Blanca Osuna, una reconocida referente del campo educativo y las políticas públicas.
La directora nacional de Experiencias de Educación Cooperativa y Comunitaria –depende del Ministerio de Educación de la Nación–, Natalia Peluso, es quien acerca a Toniolli la necesidad de “llenar un vacío legal que se abre a partir de la ley de educación nacional (26.206) que nombra tres tipos de gestión de la educación (pública): la estatal, la privada y la cooperativa y social; pero de esta última no desarrolla su alcance”.
Ese vacío legal –explica Toniolli– deriva en que las “las distintas jurisdicciones aborden esta gestión de las más variadas formas”, desde ignorarlas, suscribirlas como una variante de la educación privada o desarrollando normas propias. La iniciativa de contar con una ley de Experiencias Educativas de Gestión Social, Cooperativa y Comunitaria se propone generar las condiciones legales necesarias para poner en valor estas experiencias y “establecer criterios básicos comunes para que se integren al sistema educativo nacional”.
Un relevamiento reciente realizado por la dirección a cargo de Peluso –se explaya el diputado Toniolli– permitió reconocer “una multiplicidad de experiencias que van desde los Espacios de la Primera Infancia (EPI), que son más de expresiones comunitarias de los movimientos sociales, hasta bachilleratos populares, pasando por escuelas rurales incluso por escuelas medias, terciarias y hasta universidades de gestión cooperativa”. Ese espectro tan amplio es lo que da mayor impulso –expresa el legislador– a este proyecto de ley.
Toniolli menciona como antecedente una iniciativa presentada en su momento por la ex diputada (Proyecto Sur), Alcira Argumedo, pero que no prosperó. Si bien la nueva iniciativa fue ingresada casi al final del año legislativo, su autor es optimista respecto de su tratamiento. “Además de una veintena de firmas que da cuenta que es un tema que preocupa, reúne a experiencias de todo el país y se trata de una elaboración colectiva”, destaca del consenso alcanzado en el texto del proyecto.
Las experiencias
En Rosario son bien conocidas las escuelas secundarias Ética en Nuevo Alberdi y el Bachi Tablada en la zona sur, impulsadas por espacios políticos (Ciudad Futura), que se inscriben en la experiencia de gestión social. Pero hay otras más que se desarrollan para atender a la primera infancia, como los jardines maternales que crecen en los barrios de la mano de las organizaciones sociales (muchos financiados por el Ministerio de Desarrollo Social) o los espacios de formación profesional, entre otros, como por ejemplo el que que se desarrolla en La Fábrika en Barrio Industrial, de la mano de la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (Ctep).
También cuentan en esta amplitud de variantes las Escuelas de la Familia Agrícola (EFAs) de larga historia en la provincia de Santa Fe, también conocidas como escuelas de alternancia. La figura legal es la de la asociación civil sin fines de lucro, y pertenecen al ámbito de la educación privada.
“Por eso hablamos de experiencias de gestión social, cooperativa y comunitaria para hablar de un espectro amplio”, resalta Toniolli del espíritu del proyecto.
Entre noviembre de 2020 y abril de 2021, el Ministerio de Educación de la Nación, a través de la Dirección de Información Educativa y la Dirección de Experiencias de Educación Cooperativa y Comunitaria realizó el primer Relevamiento Nacional de Experiencias Educativas Comunitarias, Cooperativas y de Gestión Social. Se trató –aclaran en el informe– de una participación voluntaria de parte de las organizaciones en el relevamiento, por lo que los datos reunidos permiten un acercamiento exploratorio al universo de estudio.
Entre otros datos, ese relevamiento arrojó un total de 285 registros efectivos de experiencias educativas de 17 jurisdicciones del país, emplazados en su mayoría en el ámbito urbano. Respecto del grado de formalidad de las experiencias, el 38,9% declararon ser de educación formal, es decir, están en condiciones de acreditar los estudios o la formación que ofrecen. Hay un predominio de iniciativas destinadas a la primera infancia. En relación con el contexto de surgimiento, el 75 por ciento de las experiencias relevadas nacieron después de 2001, “con un peso importante de aquellas que surgieron a partir de 2016 (39 por ciento)”. De estas últimas, la mayoría (77,9) son propuestas no formales. Y otro aspecto de particular importancia es que alrededor del 70 por ciento del personal que se desempeña en estas experiencias son mujeres.
El reaseguro del Estado
El diputado Eduardo Toniolli afirma que este proyecto de ley está pensado sobre todo “para reconocer las experiencias existentes” y destaca la “fuerte organización federativa” que las respalda y garantiza el respeto a la norma que se propone sancionar. Menciona, además, la importancia de los organismos responsables de fiscalizarlas, que van –por ejemplo– desde el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) hasta el Ministerio de Educación.
“Y el reaseguro es la fuerte urdimbre comunitaria sobre la que se funda esto. No sólo comunitaria en los territorios, sino también en términos federativos de cómo estas experiencias tienen toda una identidad y un proceso de conjunto”, expresa el legislador y agrega sobre el sentido del proyecto: “De alguna manera hay un reconocimiento de que esta es una educación pública; y que hay ciertas circunstancias, historias, planteos filosóficos de una perspectiva de construcción comunitaria o retiradas del Estado que han empujado al nacimiento de otras experiencias educativas. Pero para nosotros el reaseguro es el Estado con su Ministerio de Educación, aunque también con sus organismos de control que tienen que ver con la actividad cooperativa y de las organizaciones de la comunidad”, entre otras.
Sobre el proyecto de ley
Algunos puntos del texto del proyecto de ley de Experiencias Educativas de Gestión Social Cooperativa y Comunitaria (EEGSCyC) expresan que estas experiencias “serán reconocidas por el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como integrantes del sistema educativo formal y serán supervisadas por las autoridades educativas jurisdiccionales correspondientes”.
El artículo 3 del proyecto detalla, entre otros principios que definen a las EEGSCyC, que tienen que ser “gestionadas por organizaciones sin fines de lucro, asociaciones civiles, gremios, sindicatos, cooperativas, organizaciones no gubernamentales, movimientos sociales, organizaciones campesinas, pueblos originarios, organizaciones barriales y comunitarias”; que “funcionen en forma pública, abierta, no discriminatoria, y sin ningún tipo de restricción para el ingreso, permanencia y egreso”; además de actuar de manera asociativa y complementaria con el Estado, participando de las políticas y programas educativos. También contempla que deben llevar adelante “proyectos institucionales centrados en las particularidades distintivas de los territorios en los cuales se encuentran y de las personas que participan”.
Otro aspecto que toma el proyecto es el referido a quienes enseñan en estas experiencias. El artículo 5 señala que estas experiencias educativas “se comprometen a adecuar su funcionamiento dentro de los lineamientos de la política educativa nacional y jurisdiccional”. Y que para cumplir con este compromiso “estarán integradas por personas que ejerzan la docencia con títulos reconocidos oficialmente para el nivel y modalidad en el que se desempeñen y por personas que desarrollen tareas pedagógicas en virtud de su oficio, idoneidad o arte”.
Además, se precisa (artículo 17) que “las personas que al momento de la entrada en vigencia de la presente ley se encuentren desarrollando tareas docentes” en estas experiencias educativas y que no tengan título habilitante, “tendrán un plazo de cinco (5) años para completar su formación”.
Otro punto de la iniciativa señala que cada jurisdicción deberá crear “una dependencia especialmente constituida a fin de dar cumplimiento a la presente ley”.
Respecto del financiamiento, el proyecto detalla (artículo 10) que “el Estado garantiza la gratuidad de las EEGSCyC en base a los criterios objetivos de justicia social y teniendo en cuenta la función social que cumplen este tipo de establecimientos”. Los aportes financieros del Estado estarán destinados a sostener “la totalidad de la planta funcional, desarrollen o no tareas docentes; los gastos de mantenimiento de edificios, consumos de servicio públicos (luz, gas, internet, agua), requerimientos de alimentación, seguros y emergencia médica” y estas experiencias educativas “deberán ser incluídas en las políticas de distribución de equipamiento, material didáctico y demás insumos de las jurisdicciones y el Estado Nacional”.
Otro capítulo se refiere a la promoción de experiencias de educación no formal que desarrollan las EEGSCyC, por parte del Estado nacional y de las diferentes jurisdicciones.
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