Las campañas y publicidades electorales de los candidatos presidenciales de todas las fuerzas políticas concluyeron este viernes a las 8, a 48 horas del inicio de los comicios que se desarrollarán el domingo en todo el país. La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.

El Código Electoral indica que el día de la elección está prohibido publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.

El artículo 71 del Código Electoral ordena que la veda “debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará 3 horas después de terminar la jornada electoral”. La norma agrega: “Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral”.

Entre las actividades abarcadas por la veda se encuentra la prohibición de realizar actos de campaña por parte de los candidatos presidenciales. También está prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” va desde los 2 meses a los 2 años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión”.

Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre 10 mil pesos y 100 mil pesos si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. La misma sanción será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejarán de percibir, según la norma, fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

Consultá el padrón

Las autoridades electorales recomiendan consultar el padrón electoral antes de concurrir a votar el domingo para conocer el lugar, el número de orden y la mesa de votación a los fines de agilizar la emisión del voto en las elecciones presidenciales nacionales.

El lugar y la mesa de votación se pueden consultar ingresando a https://www.padron.gob.ar/. Para la consulta, el elector debe introducir en el sistema su número de documento, género, distrito donde vota e ingresar un código verificador.

A partir de esos datos, conocerá el establecimiento y la mesa en que debe sufragar. Otras vías de consulta son el asistente virtual Vot-A: http://wa.me/5491124554444 y la línea 0800-999-7237.

El padrón definitivo, en tanto, también se encuentra disponible en la aplicación Mi Argentina. De este modo, las personas con identidad validada en la plataforma pueden saber cuál es el lugar de votación según los datos del Documento Nacional de Identidad (DNI).

El DNI digital, sin embargo, no es válido para votar. Los ciudadanos que no figuren en el padrón no podrán emitir su voto en los comicios presidenciales del próximo domingo.

Fuente: Télam

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