Un concejal oficialista pidió a la Intendencia de Rosario que intime al casino City Center para que retire el cajero electrónico que funciona en el complejo de la zona sur, atento a que existe un ordenanza que prohibe su presencia a 85 metros del lugar, medida que se adoptó para no contribuir a la ludopatía. Paradójicamente, el cajero electrónico corresponde al Banco Municipal de Rosario.

El concejal socialista Orlando Debiasi presentó un pedido de informes para que el Departamento Ejecutivo verifique se existe un cajero automático en el predio del complejo City Center, el flamante casino de la ciudad, atento a que viola un artículo de la ordenanza 8418 sancionada este año por el Concejo que prohibe su instalación a menos de 85 metros de la sala de juegos.

Los fundamentos del pedido de informes señala que en “el funcionamiento de este centro de diversiones se debe evitar una viciosa práctica dependiente y ludopática”, y en cambio se debe promover “la distracción, diversión y atractivo turístico”.

Para un jugador compulsivo, la presencia de un cajero cerca de la ruleta o las máquinas de juego es una gran atracción, pero no justamente de índole turística. En el material difundido a la prensa Debiasi adjuntó fotografías de los cajeros del Banco Municipal que se encuentran en el fastuoso y onírico complejo de la zona sur.

El artículo segundo de la ordenanza que cita el concejal oficialista, se lee: “Prohíbase la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos terminales de entidades bancarias radicadas o por radicarse en la ciudad, en un radio de 85 metros circundantes a1 Casino de Rosario”.

El artículo primero estable la misma prohibición para casas de cambio y de empeño, con el mismo fin de evitar que el jugador compulsivo venda hasta el alma para dejarla en un pleno que casi nunca sale.

El pedido de informes de Debiasi elevado al Ejecutivo local consta de dos puntos. En el primero pregunta “si el Complejo City Center Rosario se ajusta a la normativa Nº 8418/2009 en cuanto su artículo 2 que “prohíbe la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos terminales de entidades bancarias radicadas o por radicarse en la ciudad, en un radio de 85 metros circundantes al Casino de Rosario”.

El segundo establece que “si registra infracción/es” se informen “las causas de las mismas”, y finaliza diciendo que “en caso de haber, intimar a la regularización”.
 

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