Haciendo lugar para el scooter, che.
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El concejal socialista Edgardo Falcón presentó un proyecto de ordenanza para que las cocheras y garajes que alquilan sus espacios para estacionamientos, destinen el 15% de sus superficies de manera obligatoria para el estacionamiento de motos.

La iniciativa surge de la negativa a admitir motos por parte de los dueños y/o responsables en las playas o cocheras de estacionamiento en la cuidad de Rosario, lo que en opinión del autor del proyecto “se debe a que no hay ningún marco normativo que regule la cuestión claramente”, y agrega “es un tipo de discriminación que no podemos seguir tolerando, ya que un número sumamente importante de personas se trasladan diariamente hasta sus lugares de trabajo en éste tipo de vehículos y necesitan un espacio en dónde estacionarlos”.

Para Falcón, la asignación de una parte de la superficie para la guarda y custodia de ciclomotores en las playas de estacionamiento “reportaría amplios beneficios en relación a la seguridad de los peatones que circulan por las aceras y a la preservación de los rodados que, tras ser hurtados, muchas veces se convierten en los vehículos utilizados por los delincuentes para producir arrebatos y salideras, entre otros delitos”.

La iniciativa también prevé que seria conveniente la incorporación con un cartel indicador en el que debe transcribirse una leyenda de manera clara y visible que de aviso sobre la posibilidad de estacionar ciclomotores. Por otro lado, se destaca que se encuentra vigente las ordenanzas municipales Nº 7462 y Nº 8.176, que establecen, entre otras cuestiones, requisitos para el funcionamiento en el interior de las cocheras y que las playas también deben contar con un seguro total contra robo, incendio y cualquier daño que pudiese atentar contra la seguridad e integridad en los vehículos que se estacionan, debiendo además exhibirlo en carteles ubicados en lugares visibles cerca de la entrada.

Falcón sostiene que en “las cuestiones vinculas a las playas o cocheras, el Concejo Municipal tiene la potestad de dictar disposiciones en la temática y el Departamento Ejecutivo Municipal tiene el poder de policía para obligar al cumplimiento de todas las disposiciones que se encuentran vigentes”. Encontrándose en la esfera de lo público y en contraposición al interés privado cuando hay un acuerdo de voluntades entre un propietario o tenedor legítimo de un vehículo y un empresario o garajista que le alquila un espacio físico para que lo guarde bajo la vigilancia del responsable del garaje, pudiendo el dueño o poseedor retirarlo cuando lo desee, a cambio de un precio, que puede ser mensual, diario o por horas según el tiempo por el cual se contrate.

Texto completo del proyecto de ordenanza:

VISTO:
La problemática de la negativa a admitir motos por parte de los dueños y/o responsables en las playas o cocheras de estacionamiento en la cuidad de Rosario.
Y; CONSIDERANDO:

Que, la asignación de una parte de la superficie para la guarda y custodia de ciclomotores en las playas de estacionamiento que se encuentran funcionando en la cuidad de Rosario, reportaría amplios beneficios en relación a la seguridad de los peatones que circulan por las aceras y a la preservación de los rodados, entre otros.

Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional 24.240 y sus modificatorias, con la implementación de éste proyecto seria conveniente la incorporación con un cartel indicador, en el que debe transcribirse una leyenda de manera clara y visible que de aviso sobre la posibilidad de estacionar ciclomotores.

Que, se encuentra vigente la Ordenanza municipal Nº 7462, la cual establece requisitos para el funcionamiento en el interior de las cocheras, donde deberán medirse y numerarse los espacios destinados a la ubicación de los vehículos en forma conveniente y correlativa, no debiendo exceder en cantidad mayor su guarda que la de los espacios habilitados de acuerdo con su capacidad. de estacionamiento, al tiempo que deberá colocarse un cartel que consigne las tarifas en vigencia y demás cuestiones vinculadas a la de edificación.

Que, también las playas deben contar con un seguro total contra robo, incendio y cualquier daño que pudiese atentar contra la seguridad e integridad en los vehículos que se estacionan, debiendo además exhibirlo en carteles ubicados en lugares visibles cerca de la entrada según Ordenanza Municipal Nº 8.176.

Que, nos parece conveniente traer a este proyecto el siguiente fallo en el que establece lo siguiente: “debe hacerse una distinción entre las disposiciones que dicta la Municipalidad, en ejercicio del poder de policía que le corresponde, estableciendo los requisitos para la habilitación de los garajes y las normas que reglan el contrato de depósito, que emana de la legislación de fondo; pues aquí se advierte la coexistencia de dos órdenes de intereses que se alternan: en el uno los intereses privados y en el otro el interés público”. (CNCom., Sala B, Febrero 26-1990). ED, 142-446.

Que, de acuerdo a la cuestiones vinculas a las playas o cocheras, el Concejo Municipal tiene la potestad de dictar disposiciones en la temática y el Departamento Ejecutivo Municipal tiene el poder de policía para obligar al cumplimiento de todas las disposiciones que se encuentran vigentes. Encontrándose en la esfera de lo público y en contraposición al interés privado cuando hay un acuerdo de voluntades entre un propietario o tenedor legítimo de un vehículo y un empresario o garajista que le alquila un espacio físico para que lo guarde bajo la vigilancia del responsable del garaje, pudiendo el dueño o poseedor retirarlo cuando lo desee, a cambio de un precio, que puede ser mensual, diario o por horas según el tiempo por el cual se contrate.

Que, de acuerdo a todo lo relatado es necesario adaptar la normativa vigente para que prevea este tipo de situaciones, teniendo en cuenta que los propietarios de las motocicletas es la parte mas débil de esta relación, y fundamentalmente que el Estado Municipal tiene injerencia de forma directa en la temática.
Por todo lo expuesto las y los concejales elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de:

ORDENANZA
Modificase y agréguese de manera que se respete el ordenamiento normativo de la Ordenanza Municipal Nº 7.462, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1º.- Destínese cómo mínimo un 15 % para la guarda y custodia de motocicletas de la superficie total del espacio de las cocheras o playas de estacionamiento.-

ARTICULO 2º.- El precio que deberá abonar el usuario deberá ser proporcional al espacio utilizado para su estacionamiento.-

ARTICULO 3º.- Será obligatorio la exhibición de un cartel de 30×30 en el ingreso y/o acceso de las cocheras o playas de estacionamiento en el que deberá contener una leyenda que indique la cantidad mínima de acuerdo a lo establecido en el articulo 1º de la presente y el precio por cada motocicleta. –

ARTICULO 4º.- La presente ordenanza empezara a regir a partir de los 120 días de su aprobación.-

ARTICULO 5º.- Todo lo que no se encuentre previsto en la presente ordenanza, quedara sujeto a reglamentación por el Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 6º: Comuníquese con sus considerandos.-

Antesalas, abril del 2010

(Fuente: Prensa concejal Falcón)

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