Aunque parezca, Francisco Franco no está parando el bondi.
Aunque parezca, Francisco Franco no está parando el bondi.

La Justicia argentina ordenó reabrir una causa por crímenes cometidos en España durante el franquismo. La decisión la tomó este viernes la sala II de la Cámara Federal porteña al anular un fallo de la jueza Maria Servini de Cubría, que había desestimado la denuncia presentada por familiares residentes en Argentina de víctima del régimen de Francisco Franco.

La Cámara solicitó al tribunal de primera instancia que libre un exhorto para determinar si en España hay procesos abiertos por los casos denunciados, el para luego eventualmente avanzar con la investigación en el país.

El reclamo fue hecho en aplicación del criterio de justicia universal al que la Argentina adhiere para crímenes de lesa humanidad, lo que constituye un virtual respaldo al ex juez español Baltasar Garzón.

Garzón fue removido de la Audiencia Nacional por ordenar investigar esos crímenes que el Estado español ha dado por prescriptos.

Las denuncias en Argentina son en su mayoría fusilamientos sumarios ocurridos entre el 17 de julio de 1936, fecha de inicio de la Guerra Civil Española, y el 20 de noviembre de 1975, fecha de la muerte del dictador Franco.

La Cámara dispuso que en el exhorto se requiera al gobierno español que informe “si efectivamente se está investigando la existencia de un plan sistemático generalizado y deliberado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa de gobierno, a través de su eliminación física”, llevado a cabo en el período citado.

En las denuncias se reclama que la Justicia argentina investigue esos crímenes aplicando el principio de “jurisdicción universal”, según el cual los delitos de lesa humanidad pueden ser juzgados por cualquier Estado si las autoridades judiciales del país donde fueron cometidos no lo hacen.

En el caso, el fiscal Federico Delgado había solicitado la desestimación de la denuncia, porque entendió que en España existen investigaciones penales en curso, lo que fue negado por los querellantes.

En primera instancia se desestimó la denuncia, porque la magistrada consideró que no se pueden investigar los hechos denunciados si no se cuenta con el impulso del Ministerio Público Fiscal.

Ante ello, la Cámara Federal, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Horacio Cattani, anuló la desestimación de la denuncia, que llegó por apelación de los abogados de las querellas, señalando que esa resolución carecía de fundamentación válida, porque si actúa en la causa un querellante particular el juez puede investigar el delito aunque el fiscal no impulse la instrucción del caso.

Además, el tribunal señaló que era necesario librar exhortos por las vías diplomáticas pertinentes, para determinar si en España hay investigaciones abiertas por los crímenes denunciados.

Más notas relacionadas
Más por Admin
Más en País

Dejá un comentario

Sugerencia

Familiares y usuarios reclamaron “basta de ajuste en discapacidad”

El Foro Permanente para la Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Discapa