Más de 1.500 docentes podrán jubilarse en los próximos meses.
Más de 1.500 docentes podrán jubilarse en los próximos meses.

Maestros públicos y privados celebraron la decisión de la Cámara alta que este jueves le otorgó por unanimidad sanción definitiva a la reforma del régimen previsional docente. "Esto es el fruto de la unidad y de la lucha", festejó la titular de Amsafé, Sonia Alesso.

La dirigente docente explicó que estos cambios impactarán de manera inmediata en buena parte del magisterio. Al modificarse la ley, se posibilita el cómputo de años de servicio y de edad. "Esto permite que potencialmente –porque el retiro es voluntario– entre 1.500 y 1.800 docentes se puedan jubilar entre fin de este año y principios del próximo", completó Alesso.

Por su parte, el líder de Sadop, Pedro Bayúgar calificó la sanción como "un logro importante. La unanimidad en las dos Cámaras demuestra que hay una vocación de hacer justicia con el sector docente, más allá de las dificultades. Esto nos llena de satisfacción y alegría", dijo el gremialista, en tanto que su par rosarino, Martín Lucero, se manifestó satisfecho con la ley y afirmó que “éste es un momento histórico para la educación en Santa Fe”, aunque resaltó que “habrá que seguir discutiendo con el gobierno la baja en la edad de servicio”.

“Hemos logrado consenso en Senadores y esto permitió una reivindicación hacia el reclamo de los maestros”, señaló el dirigente en declaraciones radiales, y se mostró esperanzado de que “esta ley sirva de antecedente para que otros gremios estatales, avancen y mejoren la situación de sus trabajadores”.

El proyecto de ley aprobado introduce cambios en los artículos 15 y 16 de la ley 12.464, incorporando la compensación por exceso de edad con la falta de servicios y viceversa. En ambos casos se calculará a razón de dos años de excedente por uno en cualquiera fuera el caso. Asimismo se considerarán las fracciones de seis meses o más como un año entero.

Además, la ley establece que los agentes docentes con 30 años o más de aportes que se incapaciten sin alcanzar la edad previa establecida por ley, accederán al beneficio jubilatorio del 82 por ciento en lugar del 72 actual. Ese mismo criterio se aplicará para las pensiones en caso de fallecimiento.

Los demás cambios aprobados prevén:

» Incorporar al régimen opcional docente la compensación por exceso de edad con falta de servicios, a razón de dos años excedentes de edad por cada año de servicio faltante.

» Incorporar al régimen opcional docente la compensación, por exceso de servicios con la falta de edad a razón de dos años excedentes de servicios por cada año de edad faltante.

» Aplicar en todos sus extremos en el régimen opcional docente lo previsto en el 2° párrafo del artículo 67 de la ley Nº 6915: “Las fracciones de tiempo de 6 meses o más, se considerarán como un año entero”.

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