Foto: Gustavo Amarelle (Telam)
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En los fundamentos, el juez Esteban Furnari hizo hincapié en la legalidad del proceso del Consejo de la Magistratura. Confirmó que Cabral tenía un plazo determinado, ya agotado, para ejercer la función de subrrogancia en la Cámara de Casación Penal.

El juez en lo contencioso administrativo federal Esteban Furnari rechazó este viernes la demanda que promovió el juez Luis María Cabral para ser repuesto como magistrado subrogante en la Cámara Federal de Casación Penal.

Cabral, removido como magistrado subrogante por Resolución 180/2015 del Consejo de la Magistratura, solicitó que se dicte una medida cautelar «urgente» para poder votar como camarista de casación en varias causas, entre ellas la que trata sobre la validez constitucional del Memorándum de Entendimiento con Irán por el atentado a la AMIA.

El magistrado que se encuentra patrocinado por el estudio jurídico «Cassagne», pidió que se declare la “nulidad, ilegalidad e inconstitucionalidad” de la resolución anteriormente nombrada, ya que, sostuvo que su remoción tuvo “vicios en la causa”, en los “motivos, en el “objetoy en el procedimiento”.

La demanda sostiene que el acto de remoción “fue dispuesto por el Consejo de la Magistratura sin contar con competencia para ello y siguiendo un procedimiento nulo, sin apego a la ley ni a la Constitución”.

Cabral afirmó que la remoción de jueces no es competencia del Consejo de la Magistratura, sino del Jurado de Enjuiciamiento de la Nación.

Cabe recordar que durante el transcurso de esta semana  la Corte Suprema también desestimó reponer al juez Luis María Cabral como subrogante en la Cámara de Casación. “La Corte puso las cosas en su lugar, pero además de eso toda la Casación Federal tomó la decisión de aprobar lo actuado por el Consejo de la Magistratura”, remarcó en su momento el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández.

 

Fuente: Telam

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