Foto: Andrés Macera.
Foto: Andrés Macera.

Argentina y la provincia de Santa Fe en particular, se destacaron otra vez en el plano internacional y no por buenas prácticas: los poderes Judicial y Ejecutivo locales recibieron un durísimo cuestionamiento a través de un dictamen del Comité contra las Desapariciones Forzadas de Personas de las Naciones Unidas. El organismo consideró “desaparición forzada” el caso de Roberto Yrusta, fallecido el 7 de febrero de 2013 en la cárcel de Coronda, donde había sido trasladado sin orden judicial, sin que pudiera comunicarse con su familia, ni recibir asistencia de un abogado ni del defensor público, en este caso Gabriel Ganón, quien junto a los familiares de la víctima hicieron la presentación correspondiente.

“La detención sin comunicación inmediata a la Justicia es una herramienta de la caja negra policial que, durante el tiempo en que las fuerzas de seguridad tienen privadas de libertad a una persona, permite que intenten arreglar si la mantienen detenida o no, o si la acusan de delitos que probablemente cometió o no. Si no se toman medidas, se termina consolidando la existencia de más víctimas de episodios de violencia institucional, con la complicidad de la administración de Justicia, que impide a la Defensa Pública tomar intervención en esas causas y tampoco es diligente en la investigación de los hechos”.

Es probable que esa frase –que describe, analiza y alerta a la vez– haya sido la más contundente, en torno a la violencia institucional, de las que pronunció el Defensor Público provincial, Gabriel Ganón, durante la conferencia de prensa que ofreció el jueves 7 de abril pasado en la sede del ministerio a su cargo. Ante los periodistas, también transmitió su satisfacción por el reciente dictamen contra el Estado argentino, que emitió un organismo dependiente de Naciones Unidas sobre el caso de Roberto Yrusta –fallecido en la cárcel de Coronda en 2013–, ante una demanda de la que fue patrocinante y que entre sus disposiciones reclama garantías para que esas situaciones “no se repitan”.

El defensor también expuso las dificultades para esclarecer otro caso de violencia institucional, el del vendedor ambulante Roberto Martelón, quien murió a fines de diciembre, luego de una breve internación motivada por lesiones recibidas en la comisaría 15ª.
Como parte de los obstáculos que se presentan para llegar a la verdad, Ganón y familiares de la víctima se aprestaban a concurrir a una audiencia en la que iban a reiterar su pedido de constituirse como querellantes, solicitud que ya había rechazado el fiscal a cargo del caso.
Ambas situaciones, a las que consideró “íntimamente conectadas”, le permitieron a Ganón enfatizar en la necesidad de que la Defensa Pública intervenga en casos de violencia institucional, ante el desinterés por esclarecerlos que atribuyó a fiscales y jueces; y el desamparo de las víctimas, por lo general, personas de escasos recursos.

“No hay voluntad de investigar, con fiscales que convalidan en el primer minuto la hipótesis de la Policía y sin haber realizado ninguna medida de prueba”, observó y agregó: “Por eso, se termina recurriendo a los organismos internacionales, porque ni la Provincia ni el Estado federal dan respuesta”.

Yrusta: una desaparición forzada

Más allá de la repercusión pública o del cerco que mediático que se intente imponer, los poderes Judicial y Ejecutivo santafesinos han recibido un duro golpe de manos del Comité contra las Desapariciones Forzadas de Personas de las Naciones Unidas. El pasado 21 de marzo ese organismo emitió un dictamen contra el Estado argentino en el que –precisamente– considera “desaparición forzada” el caso de Roberto Yrusta, fallecido el 7 de febrero de 2013 en la cárcel de Coronda, donde había sido trasladado tres semanas antes desde el penal cordobés de Bower, sin orden judicial, sin que pudiera comunicarse con su familia ni recibir asistencia de un abogado durante siete días, lo que significa que las autoridades penitenciarias cordobesas y santafesinas ocultaron su paradero.

El Comité de la ONU consideró el caso como “desaparición forzada” –podrá pasar del fuero provincial al federal– y, así, dio respuesta favorable a la presentación de Estela y Alejandra Yrusta, hermanas de la víctima, a quienes representó Ganón, luego de que la Justicia –que no había avanzado en el esclarecimiento de los hechos– no permitiera a las mujeres actuar como querellantes ni aceptara al Defensor Público como patrocinante.

El organismo internacional fue claro en sus determinaciones: pidió que se lleve a cabo una investigación exhaustiva que “no se limite a las causales” de la muerte, que “procese, juzgue y castigue a los responsables de las violaciones cometidas” y que “se conceda a las autoras (las hermanas Yrusta) una reparación y una indemnización rápida y justa”.

Además, planteó “que se adopten todas las medidas necesarias para hacer efectivas la garantía de no repetición”, lo que no deja de ser una advertencia.

Para Ganón, el pronunciamiento de la ONU “es una crítica muy fuerte hacia el comportamiento de las autoridades judiciales y ejecutivas del gobierno de Santa Fe y nacional por no haber investigado los gravísimos hechos”.

Ahora, espera poder reunirse con las autoridades provinciales “para que se cumplan las sentencias” para lo cual hay un dato que es significativo: la resolución se basa en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, de la cual la Argentina es país adherente.

A Yrusta, lo hallaron muerto apenas cuatro meses antes de su libertad asistida y a diez de la fecha en que iba obtener la libertad definitiva. Ya en 2012 había pedido su traslado de la cárcel cordobesa, donde había sido torturado, situación que incluso denunció en 2012 en un programa de la televisión abierta porteña.

El Servicio Penitenciario santafesino sostuvo que se suicidó –adujo muerte por ahorcamiento–, pero todo indica que fue torturado y asesinado, luego de haber estado recluido en una celda de aislamiento.

“En la autopsia realizada en el Instituto Médico Legal de Santa Fe se constató que no solo había sido golpeado sino que además había sido empalado”, precisó Ganón y observó que, a pesar de lo que establecían esos estudios, los distintos jueces que fueron interviniendo y la Fiscalía “solo se ocuparon de oponerse a que la Defensa Pública participara representando a las víctimas, pero nada hicieron para investigar”, lo que –explica– los llevó a presentar en 2014 la demanda contra el Estado, que tuvo respuesta favorable días atrás.

Martelón: para no esperar cuatro años

En las primeras horas del sábado 12 de diciembre, Roberto “Patón” Martelón, de 56 años, llegó a la comisaría 15° trasladado por la Policía de Acción Táctica (PAT), tras una acusación por exhibición obscena; pero en realidad él solo estaba orinando detrás de un árbol en la zona de San Martín y Juan Canals. A la seccional ingresó caminando, sin ofrecer resistencia, supuestamente ebrio y sin lesiones –apenas tenía un raspón sobre la ceja–, según constató el médico policial. Como todas las noches, había salido a vender ropa –que compraba en los negocios mayoristas de calle San Luis– por bares y restaurantes, y al terminar se fue a tomar unas copas con amigos.
A las ocho del día siguiente y cuando hacía rato que se había ordenado su liberación, Martelón salió de la comisaría con convulsiones y graves lesiones –costillas fracturadas y un severo traumatismo en la cabeza–, que obligaron a llevarlo a un centro asistencial. Luego de dos frustrados intentos por internarlo en los hospitales Sáenz Peña y Provincial, a las 15.30 terminó alojado en el Hospital de Emergencias “Clemente Álvarez” (Heca). Allí, falleció la noche de Navidad de un año en que la violencia institucional se cargó alrededor de veinte personas.

Martelón había estado privado de libertad sin orden judicial y no se informó a la Defensa Pública sobre su arresto, lo que llevó a Ganón ya los familiares a presentar una denuncia por privación de la libertad y torturas. No tenía antecedentes. Estaba divorciado y vivía junto a su hermano Osvaldo, su cuñada Patricia –ambos acompañaron al Defensor Público en la conferencia de prensa– y sus sobrinos, quienes de inmediato se alarmaron porque no había regresado a casa. Se puede decir que por azar supieron de su paradero, ya que una médica vecina lo reconoció en el Heca y les avisó antes de que el subcomisario de la 15° fuera hasta la casa del barrio Tiro Suizo a dar su versión de lo ocurrido y devolver parte –no todas– de las pertenencias de la víctima.

Según Osvaldo Martelón, el jefe policial contó “como entre dientes” que habían tenido que internar a Roberto y que sospechaba que las lesiones se las habían ocasionado dos compañeros de celda que habían caído horas después por un caso de violencia doméstica. Sin embargo, estos desmintieron esa versión y, por el contrario, aseguraron que fueron ellos quienes alertaron sobre el grave estado en que se hallaba Patón. De hecho, recuperaron su libertad a la brevedad y no pesa ninguna acusación sobre ellos.
“Una vez que fue alojado, fue golpeado por personal que estaba en la comisaría. Después, se quiso simular que los responsables eran esas dos personas”, sostiene Ganón, quien igual plantea que, en caso de que lo hubiera agredido otros presos, también habría una grave responsabilidad policial: no garantizar la seguridad de personas privadas de libertad.

A la fecha, no hay acusados por la muerte. “Pasaron dos o tres meses y parecería que la Fiscalía no quiere hacer nada”, se lamenta Osvaldo y Ganón amplía: “Lo único que hace el fiscal (Ademar) Bianchini es oponerse a que las víctimas tengan representación legal. Dice que la Defensa Pública no puede intervenir, que su función es defender a imputados, lo que es absurdo”. En ese sentido, referirá a la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires, territorio donde –añade– “la nueva ley de Defensa Pública incorpora la obligación de constituirse como defensor de víctimas de la violencia institucional”.

Ganón estableció una “conexidad” entre los casos de Martelón y de Yrusta y, al respecto, alertó sobre la posibilidad de que “la Provincia puede volver a ser condenada por reiteración de conductas”.

Fuente: El Eslabón

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