La Corte Interamericana de Derechos Humanos le exigió al Estado argentino que Milagro Sala no siga en la cárcel, y le dio un plazo hasta el 15 de diciembre para adoptar esa medida.

“El Estado argentino tiene la obligación de cumplir la resolución de la Corte Interamericana antes del 15 de diciembre”, expresaron en un comunicado conjunto Amnistía Internacional, Andhes y el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels).

Comunicado completo

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó ayer que el Estado argentino adopte de manera inmediata las “medidas de protección que sean necesarias” para garantizar la vida, integridad personal y salud de Milagro Sala.

El organismo internacional señaló además que, en caso de que aún se estime necesaria la prisión preventiva de Sala, el Estado debe implementar el arresto domiciliario en su casa o cualquier otra medida “aún menos restrictiva de sus derechos, tales como (…) una tobillera o la retención de su pasaporte”.

Los últimos hechos

En octubre, por orden de la justicia de Jujuy, Milagro Sala fue trasladada nuevamente al penal de Alto Comedero. El 3 de noviembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que adopte medidas provisionales, es decir de protección, a favor de la dirigente social. Así lo requirió ante el incumplimiento del Estado argentino de la medida cautelar dictada por el organismo y pedida en enero de 2016 por Amnistía Internacional, Andhes y el CELS.

A pedido de la Corte IDH, tanto el Estado argentino como las organizaciones peticionarias presentamos información. El 16 de noviembre informamos sobre la profundización del riesgo a la vida y salud de Sala que hacía necesaria la adopción de las medidas provisionales. La salud de Milagro Sala se había deteriorado a partir de su reingreso al penal. Actualmente, atraviesa una grave crisis de angustia ocasionada por el contexto de hostigamiento y criminalización.

Entre los argumentos, la Corte Interamericana observó que “los informes médicos y psicológicos revelan una situación de riesgo a la integridad personal y a la salud (tanto mental como física) de la señora Sala, asociada a los procesos judiciales que se le siguen” y que “la salud mental de la señora Sala se beneficia del contacto permanente con sus familiares y de su estadía fuera de la penitenciaría, mientras que el reinternamiento en el centro penitenciario agudizó sus crisis”.

Ahora, el Estado argentino deberá informar a la Corte Interamericana antes del 15 de diciembre sobre el cumplimiento de la medida provisional ordenada.

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