El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declaró nulo el “Estatuto de transición” de Juan Guaidó, y advierte de que aquellas personas que asuman la designación como diplomáticos del país enfrentarán cargos penales.
El presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Juan José Mendoza, leyó este viernes un fallo donde se declara la «nulidad absoluta» del ‘estatuto para la transición’, emitido por la Asamblea Nacional (AN).
Mendoza expresó que el documento emitido por la AN es “subconstitucional” debido a que “no tiene jerarquía para derogar la Constitución” y que “pretende desconocer a Nicolás Maduro como presidente”.
El máximo tribunal considera que el texto difundido el pasado 5 de febrero por el Parlamento “viola abiertamente la Constitución”.
El togado indicó que no existe en la Carta Magna de país suramericano “un estatuto que pretenda dirigir una transición” y que este desconoce, a través de un “acto de fuerza contrario al ordenamiento jurídico y al derecho internacional” el “carácter vinculante” de las elecciones presidenciales del pasado 20 de mayo, donde Maduro fue reelecto con 67,8 por ciento del total de los votos y donde la coalición de oposición se abstuvo de participar.
Delito de usurpación
Según este fallo del TSJ, el autoproclamado “presidente encargado”, Juan Guaidó, “usurpa” las funciones del presidente de la República, por lo que se declara “nulo” el nombramiento reciente de “representantes diplomáticos” en EE.UU. y un grupo de países de América Latina.
En su intervención, el presidente de la Sala Constitucional pidió al Ministerio Público que investigue a quienes incurran en “delitos de usurpación de funciones”, tras la divulgación del “Estatuto para la transición”.
De igual manera, el TSJ ratificó que cualquier actuación del Parlamento, en desacato desde 2016, será nula y carente de validez.