Alberto Fernández tiene puesta una corbata verde, las manos cruzadas sobre el escritorio. Transmite calma, aunque esté a punto de hacer historia. Al lado suyo hay una bandera argentina. Atrás, un cuadro de Perón y Eva, una biblioteca prolija. Es 17 de noviembre y se lo ve a través de un video que dura 07:25 minutos, en el que anuncia que va a presentar dos proyectos que garantizan “que todas las mujeres accedan al derecho a la salud integral”: el de la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y el de los mil días, que fortalece la atención integral de la salud durante el embarazo y el de los hijos e hijas en los primeros años de vida. El Presidente dice en los primeros segundos que es una forma de que la palabra empeñada recupere su valor en Argentina. Está cumpliendo una promesa de campaña. También da un paso en la historia, siendo el primer presidente del país que se manifiesta a favor del aborto y envía un proyecto de ley para su legalización. 

Las últimas semanas de este año no podían ser de otra manera. El 9 de noviembre, la secretaria Legal y Técnica de Presidencia anunció que el proyecto de IVE iba a llegar al Congreso antes de fin de año. El 17, Alberto lo presentó. No se sabe cómo sigue el cronograma. Pero una ebullición acompaña estos últimos días, mezcla de incertidumbre, cansancio, pero también mucho fervor y emoción. Le dicen la marea verde, la que una vez llegó para quedarse. Y cambiarlo todo.

El anuncio de Alberto Fernández mostró que tomar las calles no es en vano, como tampoco discutir, proponer e insistir. El Presidente recogió en su discurso, en las leyes y en la carta que las acompaña, las demandas: habla de personas gestantes, educación sexual integral y de salud pública. También menciona al placer y al deseo, y a la libre sexualidad como partes fundamentales de la salud integral de cualquier persona. Los dos proyectos forman parte de una nueva forma en que la norma considere a la maternidad: como un deseo, una elección y no una obligación biológica. “Por convicción personal, estoy seguro de que estamos dando respuesta a una realidad que afecta a la salud pública y que con ello estamos ampliando derechos en una sociedad que así lo demanda. Que sea ley”, concluyó el mensaje el mandatario. 

Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

  • El proyecto presentado contempla la regulación del acceso a la IVE y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible.
  • Las personas con capacidad de gestar tienen derecho a interrumpir su embarazo hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional. Luego de esa semana, el aborto será penalizado, salvo supuestos de peligro para la salud y/o violación. Esa es una de las principales diferencias con el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
  • Toda persona que decide acceder a la interrupción del embarazo tiene derecho a hacerlo en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento. 
  • Las personas menores de trece años que decidan interrumpir su embarazo tienen derecho a hacerlo mediante su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal. 
  • Se considera que los y las adolescentes de entre trece y dieciséis cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. En dichos casos será necesario, además de su consentimiento, el asentimiento de al menos uno/a de sus representantes legales. 
  • Las personas mayores de dieciséis tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento, a fin de ejercer los derechos que otorga la presente ley.
  • El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia, sin embargo, el personal de salud no podrá negarse a la realización de la IVE en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. Tampoco se podrá alegar objeción para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. Esa también es también una de las diferencias con el proyecto de la Campaña, que no incluye esta posibilidad. 
  • La cobertura integral y gratuita de la IVE tiene que estar garantizada por el sector público, obras sociales, agentes de medicina prepaga y cualquier entidad que brinde servicios médico-asistenciales a las personas afiliadas o beneficiarias.
  • El proyecto contempla la responsabilidad de todos los niveles del Estado de implementar la Ley de Educación Sexual Integral con el fin de promover y fortalecer  la salud sexual y reproductiva de toda la población. También deberán capacitar sobre perspectiva de género y diversidad sexual.

Ley de los 1000 días 

  • La ley tiene como objetivo  fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos, con el fin de reducir la mortalidad, la malnutrición y la desnutrición, proteger los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral, y prevenir la violencia.
  • Incorpora la situación y atención adecuada a las personas con sospecha de trombofilia. Cabe recordar que en 2016, el entonces presidente Mauricio Macri vetó la Ley de Trombofilia aprobada por el Congreso de la Nación. 
  • La Asignación Universal por Embarazo se extiende a nueve mensualidades, tres más que en la actualidad.
  • Se crea la  Asignación por Cuidado de la Salud Integral, que busca acompañar y estimular los controles de salud durante la primera infancia
  • Contempla que durante el embarazo y los primeros años de vida de niños y niñas, el Estado informe a las gestantes sobre el contenido y alcance del derecho a una vida libre de violencia física, psicológica, obstétrica e institucional y sobre los dispositivos de denuncia y atención existentes.
  • Se amplía el pago por Nacimiento y por Adopción a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que hasta ahora están excluidas de este beneficio. 
  • Se crea el Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las niñas y niños recién nacidos.

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