La defensa de los sospechados por “espionaje ilegal” pide a gritos el control de un magistrado en la investigación del fiscal Hernández. Pero no consigue. Irregularidades y filtraciones interesadas.

El abogado Juan Lewis, representante de los ex funcionarios del Ministerio de Seguridad provincial investigados por presunta recolección irregular de información –Nadia Schujman, Débora Cotichini, Diego Rodríguez, Pablo Álvarez y Milagros Bernard–, solicitó la intervención de la Corte Suprema de Justicia santafesina para que algún juez ejerza control de legalidad sobre la actividad del fiscal Ezequiel Hernández, el facilitador de las conversaciones privadas de los teléfonos particulares de algunos de los investigados, que con precisa edición e interesada selección difunde uno de los querellantes en la causa, el empresario de medios de comunicación Gustavo Scaglione. El abogado defensor de los sospechosos –que a un año y medio del inicio del legajo judicial aún no fueron imputados formalmente, pero sí destrozados públicamente– pretende llegar al máximo tribunal mediante un recurso extraordinario que revoque la decisión de un juez de segunda instancia, quien rechazó la solicitud de controlar las acciones del fiscal por parte de una o un magistrado. Pide la devolución del dispositivo personal de Schujman y la “inaprovechabilidad” de las extracciones realizadas al móvil en Brasil, sin la participación de la defensa, porque fue secuestrado “ilegalmente”. Y que se ponga un límite a la afectación de la privacidad que supone la AudioFest mediática.

En el escrito del recurso extraordinario para llegar a la Corte, presentado la semana pasada por Lewis ante el Colegio de Jueces de 2da instancia de Santa Fe, el ex ministro de Justicia del Frente Progresista señala que la “defección de control” por parte de los jueces al desarrollo de la investigación, supone la “indefensión ante las tropelías del MPA santafesino, a la vez que la misma también implica una defección en las potestades de control que tiene vuestra señoría respecto de la regularidad de la actividad investigativa. Esto último constituye claramente una denegación de justicia”.

La causa intencionalmente llamada en la prensa como “espionaje ilegal”, además de múltiples irregularidades como la ausencia de una orden de allanamiento y de testigos cuando se “inspeccionaron” las oficinas del Ministerio de Seguridad y la floja cadena de custodia de los dispositivos secuestrados, ofrece un elemento en apariencia paradójico: no se conocen –al menos todavía– las presuntas “escuchas” realizadas por los acusados, pero sí se escuchan a diario sus conversaciones privadas, difundidas a través de algunos medios de comunicación interesados. Charlas, en su mayoría, que ninguna relación poseen con el objeto procesal de la causa, la presunta recolección ilícita de información por parte de funcionarios del Estado. Es decir, los supuestos espías son los “espiados”.

Con un agravante: el propietario del mayor multimedios de la provincia accedió a ese material –por decisión del fiscal Hernández, en aparente violación de lo que había dispuesto un juez que sólo se refirió al acceso por parte de las defensas– cuando su condición de querellante todavía no está firme, puesto que fue apelada por Lewis. El 31 de este mes se realizará la audiencia para resolver esa controversia.

Rotas cadenas

El texto presentado por Lewis reseña los principales acontecimientos del proceso: el 26 de noviembre de 2021 se allanó, sin testigos, la sede Rosario del Ministerio de Gobierno, cuando el equipo que había acompañado a Sain y entonces lo hacía con Lagna, ya había renunciado.

En el acta de procedimiento, un policía con notable reflejos para la reducción de daños y la autoprotección hizo constar que la fiscal Mariela Jiménez ordenó que la requisa se realice “sin la presencia de testigos” de actuación, toda una innovación procedimental si se tiene en cuenta que la medida se realizó un viernes al mediodía en pleno centro de Rosario, donde calor y testigos sobran.

El 7 de diciembre los fiscales Hernández y Jiménez piden que autorice la extracción de información de todos los equipos electrónicos secuestrados, computadoras y celulares. Dice Lewis que un magistrado “autoriza dicha medida investigativa sin convocar a audiencia y sin notificar ni emplazar a la defensa”.

El 3 de enero de 2022 comienzan las extracciones de distintos teléfonos y dispositivos informáticos. Siguieron el 10 y 11 de marzo de este año, pero la defensa de los ex funcionarios advirtió lo que considera “irregularidades” en la cadena de custodia.

El texto cita el paso de los teléfonos y dispositivos entre funcionarios del Organismo de Investigaciones (la policía judicial del MPA) sin que los mismos consten en la documentación correspondiente. Un pasamanos sin registro.

También señala que “en fecha 03/01/2022 el embalaje consistía en una bolsa de nylon y anexa una faja de seguridad. En el lapso de esa fecha hasta el 10/03/2022 se produce un cambio de embalaje a una bolsa de papel madera color marrón, sin precinto y cerrada con varias tiras de cinta adhesiva blanca de papel, sin registro alguno del cambio realizado”.

“En conclusión –sostiene el escrito– los dispositivos (…) fueron manipulados, alterados y accedidos con anterioridad a dicha fecha”.

Otro hecho llamativo que la defensa reseña en la presentación es lo ocurrido con la computadora marca Dell modelo Inspiron 3493 secuestrada en la oficina de Schujman, a la que le desapareció el disco de almacenamiento en su interior.

El fiscal Hernández –su colega Jiménez se jubiló– sostuvo a través de un comunicado que la pericia de la computadora se filmó y el video muestra el disco de almacenamiento.

Sin embargo, Lewis indicó que “la propia acta labrada el día del peritaje revela que la notebook en cuestión «no posee ningún tipo de disco de almacenamiento en su interior». La misma es suscripta por el oficial de policía Leonel Gómez, quien desarmó la computadora, el abogado Hernán Martínez y nuestro perito de parte Leonardo Gianzone”.

Pin bloqueado

En el escrito de la defensa de los ex funcionarios de la cartera de Seguridad, también se hace referencia a la presunta manipulación de los teléfonos celulares secuestrados.

“En relación a las etiquetas identificadas en la apertura del 10 y 11 de marzo 2022, se advirtió que los dispositivos fueron manipulados a partir del 03/01/2022, puesto que en cada una de ellas se consignaba una cinta adhesiva color blanca con leyendas tales como: «E34 (Ubuntu) bloqueado (Alfanum) Bios Bloqueada”; “E11 Pin No se pudo desbloquear log; tiene PIN y no se pudo desbloquear»”.

Según el escrito, “evidentemente, entre la apertura realizada el 3 de enero de 2022 en la ciudad de Santa Fe y la medida realizada el 10 y 11 de marzo de 2022 en la ciudad de Rosario, alguien intentó, al menos, encender los dispositivos para extraer su información, sin control alguno de la defensa y sin documentación alguna de dicho intento”.

Esos hallazgos motivaron que la defensa presentara una denuncia penal ante el fiscal regional de Santa Fe, Carlos Arietti, uno de los padres de la criatura del “espionaje ilegal”. Por esa razón se generó el legajo identificado con el CUIJ N° 21-08859599-5 “y fue girada al fiscal Ignacio Orio, quien hasta el día de la fecha no ha realizado absolutamente ningún acto de investigación”, señala el escrito de Lewis y su colega Daniel Cullerés.

El 18 de abril la defensa fue notificada por la Fiscalía, a las 21 horas, que cuatro días después se realizaría en la ciudad brasileña de San Pablo el desbloqueo de seis teléfonos secuestrados y la extracción de la información de los mismos, por parte de la empresa Cellebrite Solucoes Tecnologicas.

Lewis pidió a la Fiscalía que suspenda la medida porque entre los teléfonos había uno personal y no laboral, porque la defensa no podía controlar la apertura y extracción y porque en Argentina la misma tecnología que demandaba esa tarea la tienen la Policía de Seguridad Aeroportuaria y Gendarmería.

El 22 de abril, cuando la medida se realizaba en Brasil, Hernández respondió que las decisiones de investigación son competencia exclusiva de la Fiscalía.

Así fue como Lewis requirió el control judicial con una presentación para detener la medida, que recayó en el juez Nicolás Falkenberg.

Sin apuros, el magistrado rechazó in limine el planteo el 27 de abril, cuando ya habían arrancado los preparativos de la AudioFest que se celebraría en septiembre.

Necesitada de la intervención de la jurisdicción –es decir, del control de un magistrado a la actividad del fiscal– Lewis interpuso un recurso de revocatoria y apelación en subsidio, al entender que “existía un desencuentro entre las partes procesales contendientes”, que requería de un tercero que oficiara de árbitro.

Falkenberg desestimó el recurso unos días después al señalar que el fiscal posee la facultad de devolución de los objetos secuestrados y que, si hubiere alguna irregularidad, podría hacer pasible al fiscal de alguna sanción disciplinaria. Algo así como, que Hernández haga lo que quiera y, si lo merece, que posteriormente se lo castigue.

El juez rechazó el recurso pero admitió la apelación, que recién fue resuelta por el camarista Fabio Mudry el 16 de agosto, declarando inadmisible el planteo por falta de cumplimiento de requisitos formales.

No te meterás

Desprovista de buena fortuna, la defensa de los funcionarios investigados no pudo conseguir que algún juez resolviera las controversias que se originaron entre las partes. Por eso ahora intenta buscar un remedio en el recurso extraordinario para llegar a la Corte.

Lewis dijo a El Eslabón que “el recurso está dado por el hecho que desde el 26 de noviembre, en realidad desde agosto cuando se inicia la causa, se han dado injerencias sobre los imputados que no han tenido control jurisdiccional, los jueces le esquivan y los fiscales la están escamoteando”.

Foto: Manuel Costa

Para el abogado defensor de cinco de los acusados, “los fiscales no son un poder incontrolado. Los fiscales tienen facultades y deberes y ciertos poderes, pero esos poderes no son infinitos y arbitrarios, tienen que estar limitados y controlados por un juez”. Pero no se consigue.

“Para nosotros lo que están haciendo los fiscales con los teléfonos está mal, pero podemos estar equivocados. Bueno, que lo decida un tercero, un juez, que resuelva sobre eso”, solicitó el abogado, casi como mendigando el control jurisdiccional.

El ex ministro dijo también que “creemos que los fiscales ya están en el orden del disparate” y “lo más grave es que los jueces están haciendo lo imposible por no meterse”.

En el escrito, sostiene que “el agravio principal que nos genera (la resolución del camarista Mudry) viene dado por la renuncia a controlar la actividad de la Fiscalía cuando se trata de un supuesto que, claramente, puede y debe ser evaluado por la jurisdicción”.

El texto del recurso, por fin, hace referencia a la decisión del fiscal Hernández de entregarles a los querellantes la controvertida información extraída de los teléfonos celulares de los investigados. Sin ningún tipo de control o limitación, por ejemplo, que excluyera conversaciones de la esfera privada sin relación con el objeto procesal de la causa. Así fue como los presuntos espías terminaron espiados.

Necedad

“No podemos menos que destacar lo que sucedía mientras el doctor Mudry argumentaba por qué no debía controlar la actividad investigativa del doctor Hernández. En fecha reciente, la Fiscalía convocó a los querellantes y les entregó la totalidad de las constancias que documentan la investigación. Incluso, la totalidad de la extracción realizada en algunos teléfonos celulares personales de los imputados. Dado que ningún juez había sido convocado a controlar la medida, ningún juez opinó y/o limitó la extracción de archivos (en función de la época, o del tipo de archivo, o de remitente o destinatario, o cualquier otro criterio que pudiera funcionar como límite)”, indica Lewis.

“A consecuencia de ello –sigue–, la intimidad de algunos imputados quedó expuesta hasta el paroxismo y la utilización segmentada (sin explicaciones de contexto, sin indicar destinatarios, editada, etc.) de algunos audios ha desencadenado un sinfín de especulaciones y movimientos políticos y mediáticos”.

El empresario Gustavo Scaglione difunde charlas privadas y ajenas a la causa en sus medios de comunicación.

Sin mencionarlo, la presentación hace referencia al propietario del multimedios La Capital y Televisión Litoral, entre otros grupos de medios de comunicación, el empresario del mundo de las finanzas, Scaglione.

“No puede obviarse que uno de los querellantes es un conocido empresario de medios de la provincia. Obviamente, utilizó este material conforme pautas de trabajo habituales en su rubro que poco tienen que ver con el Derecho, y mucho menos con esta causa”, sostiene.

Y sigue: “No podemos impugnar la actividad de un privado, que encima actúa conforme la lógica de trabajo de su empresa. Pero no podemos dejar de apuntar el desatino del doctor Hernández quien con tan necia actitud ha puesto en vilo a toda la provincia y ha terminado de perjudicar la imagen del Poder Judicial con yerros como el que se comenta que se proyectan sobre derechos de nuestros asistidos”.

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