La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la cautelar que había suspendido más de 80 artículos de la nueva ley. La CGT, que había puesto sus fichas en la judicialización, expresó rechazo a la medida. 

A través de un comunicado, la central sindical sostuvo este viernes que el fallo “habilita la vigencia inmediata de normas que afectan gravemente las condiciones laborales”, al tiempo que expone “al desamparo a millones de trabajadoras y trabajadores argentinos” y atenta contra la organización sindical.

En uno de los pasajes más contundentes del documento, la CGT afirmó que “resulta impropio de un Tribunal de Trabajo que decida mantener la vigencia de la ley y la incumpla al no aplicar los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, en referencia a la doctrina que reconoce a los trabajadores como un sector vulnerable y de preferente tutela.

La decisión favoreció al Estado Nacional, luego de que la Cámara otorgara efecto suspensivo a la apelación presentada por el Gobierno contra el fallo del juez laboral que había frenado varios puntos de la normativa tras un planteo de la CGT.

Entre los cambios que vuelven a aplicarse aparecen modificaciones en el régimen de indemnizaciones, nuevas modalidades de organización de la jornada laboral y cambios en el funcionamiento de huelgas y negociaciones sindicales.

Uno de los puntos centrales es el sistema de “banco de horas”, que permite reorganizar la jornada laboral y compensar horas trabajadas en distintos períodos sin que necesariamente se paguen horas extras, siempre respetando los límites semanales establecidos.

La reforma también habilita cambios en las vacaciones, permitiendo un mayor fraccionamiento de los días de descanso mediante acuerdos entre empleadores y trabajadores. Además, vuelven a regir modificaciones vinculadas a las indemnizaciones por despido, con cambios en los criterios de cálculo y nuevos mecanismos alternativos de fondos de cese laboral.

Otro de los aspectos incluidos en la ley es la limitación del derecho a huelga en determinadas actividades consideradas esenciales, donde deberán garantizarse servicios mínimos durante las medidas de fuerza.

La CGT también cuestionó que la Sala VIII haya optado “claramente en contra del trabajador”, al desconocer el carácter preventivo de la cautelar y permitir la consolidación de los aspectos más perjudiciales de la normativa, dejando de lado —según señalaron— su “obligación tutelar primordial”. 

Pese al fallo favorable para el Gobierno, la discusión judicial continúa abierta, ya que la Cámara todavía debe resolver la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma laboral.

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