Ramón Bogado, delegado de los trabajadores de la firma Kraft-Foods quien encabezó una marcha frente al Ministerio de Trabajo en agosto de 2009 resultó absuelto en un juicio oral y público que se desarrolló en su contra por haber obstruido el tránsito.

El juez Javier Alejandro Buján admitió en Radio 10 que el gremialista “violó un derecho público”, pero argumentó su fallo porque “la fiscalía no probó que él organizó ese corte”

Bogado estaba acusado de liderar una protesta en pleno conflicto a raíz de una serie de despidos en la empresa Kraft, la que incluyó el corte de calle en la avenida Callao y Bartolomé Mitre sin el permiso otorgado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

A todo esto, el juez contravencional porteño Javier Alejandro Buján reconoció en Radio 10 que “realizar un corte es violentar un derecho público de la Ciudad, es una contravención, pero la fiscalía en este caso no demostró que era él quien la dirigió”.

El magistrado insistió que “no hubo indicios de que Bogado organizara la marcha que hubo afuera de la audiencia conciliatoria” y precisó que “la justicia se manejó por las probanzas, la presunción de inocencia y el Ministerio Público fiscal no pudo demostrar que él era culpable”.

“Los jueces tenemos que proteger los derechos de los ciudadanos”, se escudó Buján.

Por su parte, Bogado exteriorizó su alegría por el resultado del proceso y destacó que se trata “de un gran triunfo para todos los trabajadores”.

“Es un gran triunfo para seguir con la lucha en Terrabusi, es un paso más y muy importante para continuar peleando”, agregó Bogado, que aún debe afrontar otras 15 causas judiciales.

Durante toda la jornada, un grupo de trabajadores de la firma mantuvo cortando el tránsito parcialmente en la calle Talcahuano -frente a los Tribunales- en apoyo a Bogado, aunque se desconcentró luego de conocerse la sentencia.

El vocero de la pasada comisión interna de la empresa César García calificó la sentencia como una “revancha” de los trabajadores hacia la empresa “que quiere enjuiciar para que paguen todos los dirigentes que se plantaron con la gente por despidos”.

García aclaró que aún Bogado debe afrontar otras 15 causas judiciales más, entre las que se destaca el juicio laboral realizado por la empresa Kraft y otras por delitos no excarcelables.

El juicio había sido dispuesto por Buján luego de que la Sala II de la Cámara había desestimado un pedido de nulidad de la defensa de Bogado, que también había intentado sin éxito que el caso sea evaluado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

El 24 de agosto de 2009 se llevó la protesta por la que Bogado terminó enjuiciado, el mismo día que tuvo lugar una audiencia de conciliación entre la empresa multinacional Kraft. Foods y los trabajadores, luego de que fuesen despedidos unos 160 empleados.

Ese día la Policía labró un acta en la que identificó a Bogado como líder de la protesta, por lo que se lo acusó de infringir el artículo 78 del Código Contravencional porteño.

Este delito prevé de uno a cinco días de trabajos comunitarios o multa de 200 a 1.000 pesos a “quien impida u obstaculice la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos”.

“El ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye contravención. A tal fin deberá con razonable anticipación, darse aviso a la autoridad competente, debiendo respetarse las indicaciones de esta, si las hubiere, respecto al ordenamiento”, afirma la norma.

 

(Fuente: Infobae-radio10)

Más notas relacionadas
Más por Admin
Más en País

Dejá un comentario

Sugerencia

Coro y orquesta para chicas y chicos de Las Flores

El proyecto lo impulsó la educadora Laura Daoulatli, lo tomó el Concejo y será una realida