Gastaldi recordó a Binner que debió reglamentar la ley ya en 2010.
Gastaldi recordó a Binner que debió reglamentar la ley ya en 2010.

Tras el grave episodio del trabajador municipal que luego de ser filmado fue sumariado por participar de una protesta, el diputado provincial Marcelo Gastaldi reclamó al gobernador Hermes Binner que reglamente la Ley de Videovigilancia.

En torno del sumario al empleado municipal, el concejal Alberto Cortés se quejó porque no hay normas claras sobre la utilización de las cámaras.

Sin embargo, Gastaldi apeló a la ironía y reclamó la reglamentación de la ley provincial de videovigilancia, sugiriendo que la actuación del socialismo seguramente será por reacción: “Estarán esperando un caso resonante de extorsión, persecución política o de venta de información para «tomar cartas en el asunto», pues sino es inexplicable el menosprecio que se tiene por los derechos ciudadanos”, indicó.

Mediante ley N° 13.164, comunicada el 25 de noviembre de 2010 al Poder Ejecutivo provincial, y publicada en el Boletín Oficial el 28 de diciembre de ese año, se estableció un sistema único para toda la provincia por el cual se regula la instalación y uso de sistemas de captación de imágenes y sonidos de personas físicas, obtenidas en lugares públicos o privados de acceso público.

“La problemática es sumamente preocupante, no sólo por haberse operado el vencimiento del plazo establecido para la reglamentación –120 días–, sino porque se está avanzando en experiencias públicas y privadas en todo el territorio de la provincia sin el debido ajuste a la legislación provincial dictada”, sintetizó Gastaldi, quien a renglón seguido hizo un pequeño listado de los peligros que conlleva la no reglamentación:

“No hay autoridad de aplicación, por ende no hay control alguno sobre el cumplimiento de los parámetros legales en los lugares donde el sistema se ha instalado. La ley obliga a crear un «Registro de Sistemas de Captación» en el que deben inscribirse todos los sistemas a fin de que se constate que los tratamientos que se realizan son lícitos.

Incluso que no haya autoridad de aplicación profundiza el déficit que genera la falta de reglamentación, pues es este organismo quien debe dictar múltiples disposiciones que complementen el decreto del Poder Ejecutivo.

Tampoco hay un órgano de control externo a quienes manejan el sistema y no hay sanciones previstas para quienes hacen una indebida utilización de las grabaciones.

Se está violando un principio cardinal de la protección de datos que es el «consentimiento informado», esto implica la necesidad que cuando se ingresa a un área sometida a videovigilancia exista la cartelería indicativa correspondiente.

Y quiero recordar que en la ley hay principios generales que son de aplicación inmediata –sin necesidad de ser reglamentados- y ello implica, por ejemplo, que las normas sobre creación, modificación o supresión de sistemas de captación pertenecientes al sector público deben hacerse por medio de disposición general publicada en Boletín Oficial. Al respecto debo afirmar que no he encontrado una línea publicitada por el Municipio de Rosario que indique que se está cumpliendo con el mandato legal”.

Para finalizar, Gastaldi agregó: “La prontitud con que se colocaron las cámaras de videovigilancia en Rosario en medio de un período electoral contrasta con la lentitud del gobierno provincial para reglamentar la ley y garantizar derechos individuales y a la intimidad de los ciudadanos”.

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