Dos hombres de 48 y 44 años fueron condenados este jueves en Rosario, en un proceso abreviado y ultra rápido, por estafas a través de la venta de certificados falsos para circulación durante la cuarentena por la pandemia de coronavirus. Cobraban 500 pesos a los incautos, que creían estar adquiriendo documentos oficiales.

El juez penal Ismael Manfrín homologó jueves un acuerdo abreviado alcanzado entre el fiscal Mariano Ríos y la defensa de los acusados: Hernán Darío Méndez (48) y Germán Ariel Tissandie (44).

Los dos hombres fueron detenidos el 14 de abril pasado y en un trámite rápido fueron condenados a 3 años y a 2 años y seis meses de prisión respectivamente, según informó el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Los dos condenados fueron acusados de “haber confeccionado certificados de permiso para circular con sus respectivos códigos QR, simulando ser los expedidos por el Gobierno nacional que otorga en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20”.

Los investigadores determinaron que Méndez y Tissandie ofrecían los certificados falsos a través de una cuenta, también falsa, de la red social Facebook. Y les cobraban 500 pesos a las personas que les solicitaban el certificado, que de buena fe creían que eran originales.

El 14 de abril, alrededor de las 19.45, policías de la Agencia de Investigaciones Criminales llevó adelante una entrega controlada en Ovidio Lagos y Lamadrid. Un hombre que los había contactado por Facebook descubrió que se trataba de una trampa y los denunció. 

Allí fue detenido Tissandie con dos permisos para circular y minutos después en el domicilio de Boman al 300, fue arrestado Méndez, a quien le secuestraron “diversos certificados apócrifos”.

El fiscal Ríos determinó que hubo dos casos de estafa que se concretaron, y otro en grado de tentativa, el del hombre que denunció a los falsificadores. Ambos fueron condenados hoy por los delitos de estafa, falsificación de instrumento público y violación de la cuarentena, puesto que no estaban habilitados para circular.

El juez Manfrín estableció que el cumplimiento de la pena será de “modalidad condicional” con el cumplimiento de una serie de reglas de conducta por el término de la condena correspondiente a cada uno.

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