“Lejos de todo formalismo y pompa protocolar, en plena lucha independentista y liberadora de la Patria Grande americana, José Gervasio Artigas, junto a su pueblo situado al oriente del río Paraná y el Uruguay, luego del éxodo colectivo hacia el Ayuí en abril de 1813, se reunió para deliberar en el campamento de Tres Cruces los lineamientos de una Constitución Federal”, indica Lautaro Bruera, profesor de la carrera de Ciencia Política, de la UNR.

“Allí se redactaron las instrucciones que llevarían los diputados orientales electos a la Asamblea de Buenos Aires de ese mismo año. Mientras Montevideo era sitiada y dominada por las tropas leales al régimen español, previo a las deliberaciones y resoluciones, el propio Artigas indicó:

“Residiendo todo poder originalmente en el pueblo, y siendo derivado de él, los diferentes magistrados y oficiales del gobierno, investidos con la autoridad, o Legislativa, Ejecutiva o Judicial, son unos sustitutos y Agentes suyos, responsables en todo tiempo a él”.

Señala que “el gobierno es instituido para el bien común, para la protección, seguridad, prosperidad del pueblo, y no para el provecho, honor o interés privado de algún hombre, familia o clase de hombres. Por tanto el pueblo sólo tiene derecho incontestable, inajenable e irrevocable para instituir el Gobierno, y para reformar, alterar o cambiar totalmente el mismo, cuando lo requieran así su protección, seguridad, prosperidad y felicidad”.

La propiedad sin sacralizar

Bruera remarca que “a diferencia de las declaraciones de derechos de la “Revolución Gloriosa” en Inglaterra, de Virginia en Estados Unidos y de la Revolución Francesa, el planteo de los delegados artiguistas en las Instrucciones para la Asamblea del año XIII, mencionaba como derechos fundamentales a la igualdad, libertad y seguridad, quitándole sacralidad y su carácter inalienable a la propiedad privada, que no estaba mencionada”.

También explica que el Reglamento provisorio de tierras de 1815 lo terminará de prescribir taxativamente, estableciendo como uno de sus principales objetivos en su Artículo 19: “Restringir el derecho que concedemos teniendo en cuenta siempre las conveniencias de la sociedad”. Por ello, los individuos dejaban de ser los dueños absolutos y de manera ilimitada de la tierra, fuente preponderante de la riqueza material y núcleo vital para la mayoría de la población en el siglo XIX, pasando al Estado la tarea de administrar este derecho, en función de la conveniencia pública, y de que en ella se logre producir más y mejor en beneficio común.

El docente remarca que el documento detalla: “Todas las elecciones deben ser libres y todos los habitantes de esta provincia tienen un derecho igual para los oficios, y ser elegibles en los oficios públicos”.

“Ningún hombre o corporación, o asociación de hombres, tiene otro derecho para obtener ventajas o privilegios particulares y exclusivos distintos de los de la comunidad, que los que se originan de la consideración por los servicios hechos al público. Y no siendo por naturaleza, este título, ni hereditario ni transmisible a los hijos, o descendientes o relaciones de sangre, es absurda y contra lo natural la idea de un hombre nacido magistrado, legislador o juez”, agrega.

El respetable carácter de ciudadano

Por otra parte, se indica que: “Hasta los Comandantes militares se nombraban por elección de los vecindarios, por disposición del propio Artigas desde el 8 de agosto de 1815. De este modo, se valorizaba el carácter de ciudadano como el más importante y respetable, el resto de las jerarquías sociales, económicas y políticas le estaban subordinadas”. Bruera afirma que “aquí aparece una veta del republicanismo popular que expresaba Artigas, quien al igual que los héroes conocidos y anónimos de la Revolución de Mayo, sintetizado por el decreto de Mariano Moreno en la primera junta aboliendo todo tipo de privilegios, rechazó la condecoración recibida por el Cabildo de Montevideo en 1815, descartando cualquier disposición que intente reponer algún tipo de título de nobleza, a los que definía en los siguientes términos: «los títulos son los fantasmas de los Estados, por eso mismo he conservado hasta el presente el de simple ciudadano sin aceptar grado de especie alguna»”.

Bruera sostiene que “así aparece en nuestra historia política continental una concepción plena de la democracia, habilitando a todos y a cada uno de los ciudadanos de la Patria Grande a tomar parte, y darle forma a los asuntos públicos que involucran al presente histórico y su destino común”.

También dice que en ese mensaje de Artigas al Congreso de Tres Cruces, en 1813, resalta: “Ciudadanos: la energía es el recurso de las almas grandes. Ella nos ha hecho hijo de la victoria, y plantando para siempre el laurel en nuestro suelo. Si somos libres, si no queréis deshonrar vuestros afanes, cuasi divinos, y si respetáis la memoria de vuestros sacrificios, examinad si debéis reconocer la asamblea por obedecimiento o por pacto”.

“No hay un sólo motivo de conveniencia para el primer caso, que no sea contrastada en el segundo, y al fin reportaréis la ventaja de haberlo conciliado todo con vuestra libertad inviolable. Esto ni por asomo se acerca a una separación nacional; garantir las consecuencias del reconocimiento no es negar el reconocimiento, y bajo todo principio nunca será compatible un reproche a vuestra conducta, en tal caso, con las miras liberales y fundamentos que autorizan hasta la misma instalación de la asamblea. Vuestro temor la ultrajaría altamente y si no hay motivo para creer que ella vulnere vuestro derecho, es consiguiente que tampoco debemos temerle para atrevernos a pensar que ella increpe nuestra  precaución. De todos modos la energía es necesaria. No hay un solo golpe de energía que no sea marcado por el laurel. ¿Qué glorias no habéis adquirido ostentando esa virtud?”.

De este modo, “Artigas asume la fidelidad, en su pensamiento y praxis, de expresar el proceso político revolucionario abierto en Mayo de 1810, con el objetivo de liberar a sus pueblos de todas las formas de opresión, como una novedosa identidad común en la América del Sur, en reemplazo del antiguo vasallaje supliendo al rey preso. Y también en oposición a la posibilidad de un cisma continental, que se evitaría además manteniendo la unión de sus pueblos, organizados desde una profunda convicción democrática, que iguala en cuanto a sus posibilidades al conjunto de sus miembros en su interior para el ejercicio gubernamental sin de ningún tipo de distinciones, y entre aquellos sobre una base común confederal”.

Heroicidad, en primera persona del plural

“Hay otro elemento que se desprende del pensamiento artiguista –agrega– y tiene que ver con la heroicidad, que lejos de concebirse en términos individuales, o por encima de la comunidad de pertenencia, se corresponde con ella, como su fiel y máxima expresión alcanzada en términos morales; asimilada en primera persona del plural, asumiendo la pertenencia a una historia en común, en continua gestación”.

“Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa por vuestra presencia soberana. Vosotros estáis en el pleno goce de vuestros derechos: ved ahí el fruto de mis ansias y desvelos, y ved ahí también todo el premio de mi afán. Ahora en vosotros está el conservarlo. Yo tengo la satisfacción honrosa de presentar de nuevo mis sacrificios y desvelo, si gustáis hacerlo estable. Nuestra historia es la de los héroes. El carácter constante y sostenido que habéis ostentado en los diferentes lances que ocurrieron, anunció al mundo la época de la grandeza. Sus monumentos majestuosos se hacen conocer desde los muros de nuestra ciudad hasta las márgenes del Paraná”, sostiene.

Liderazgo democrático

Según Bruera, “otro aspecto constitutivo de la praxis artiguista, y su pedagogía política, es el rescate de la identidad cultural que imperaba en la Banda Oriental del Río Paraná. Éste legado y la fuerza cultural provenía de los pobladores de Entre Ríos, la Banda Oriental del Río Uruguay y Río Grande do Sul, que se autodenominaban Guenoas o Minuanos; pero desde el siglo XV, ante los extranjeros se llamaban: Ché ´a Ru´a, en guaraní, que era la cultura preponderante en la región, significaba parientes de papá, en referencia al Jaguar, que era venerado, por sus cualidades reunidas como el sigilo, la discreción y seducción, por encima de la fuerza o su ferocidad”.

“De ésta manera, –analiza– se prefiguraban las características de los liderazgos que iban a encarnar tanto José Artigas, como a quienes identificaría como sus ahijados políticos, el charrúa Manuel Artigas o caciquillo, y el guaraní Andresito Guacurarí y Artigas. Un tipo de liderazgo construido en base al ejercicio democrático, que era la práctica habitual en el proceso deliberativo de la toma de decisiones sobre los asuntos públicos en las comunidades guaraníes y charrúas, donde lejos de la obediencia basada en el temor o las represalias, afloraba el sentido de identidad, la admiración y capacidades demostradas en la praxis, siempre respetando el ritmo de los ciclos concebidos como pertenecientes a un hábitat común o una misma naturaleza, sentando así las bases sustentables para erigirse como genuinos conductores-conducidos para sus pueblos”.

Fuente: El Eslabón.

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