El martes se conocerá la sentencia por la explosión del edificio de Salta 2141, hace casi 6 años, que provocó 22 muertes. Falta de control, impericia e irresponsabilidades constituyen la trama de una de las peores tragedias de Rosario.

Falta de presión de gas en los artefactos de cuyo suministro depende su buen funcionamiento motivaron un reclamo; un inspector que dice que interrumpió el servicio pero al otro día un gasista manipuló el sistema del edificio sin inconvenientes; otros dos inspectores de la compañía prestataria que luego dieron el okey sin la presencia del gasista matriculado ni requiriéndole –como establecen las normas– un formulario sobre su tarea; un jefe de inspectores y una gerenta que relajaron los controles respecto de sus subordinados; una administración de consorcio que explicó por mail los pasos a seguir para reparar el problema pero los transgredió cuando decidió las acciones a realizar fueron, en una muy apretada síntesis, los motivos que explican la implosión de una de las tres torres ubicadas en Salta 2141 aproximadamente a las 9.38 del 6 de agosto de 2013. Que provocó la muerte de 22 personas, heridas a más de 60 y cuantiosos daños materiales en la zona. El próximo martes un tribunal integrado por tres jueces dictará la sentencia, en base a las pruebas producidas durante casi dos meses de juicio oral, sobre las responsabilidades penales de los once imputados en la causa.

Los fiscales, que calificaron las conductas atribuibles a los acusados como estrago culposo agravado por las muertes, sostienen que existió una cadena de negligencias e impericias que posibilitó el trágico resultado. Y solicitaron penas de cinco años de reclusión, la máxima que establece el tipo penal escogido para la imputación, para nueve de los acusados.

La única querella particular, que representa a la familia de una de las víctimas fatales, Débora Gianángelo, pidió por su parte condenas para todos los imputados.

Las demás familias desistieron de la acción penal como resultado de acuerdos civiles –económicos– con la aseguradora de Litoral Gas, que exigió ese renunciamiento a cambio del dinero. 

Seis años después una de las peores tragedias que sufrió la ciudad de Rosario, el juicio oral llega a sentencia.

La conmoción social que produjo la explosión, la posibilidad de que el país la viera en imágenes y videos, sensibilizó enormemente a la población.

Que, con el paso de las primeras semanas y le elaboración del duelo, pidió saber qué había ocurrido aquella mañana de invierno cuando los noticieros comenzaron a mostrar el fuego, los escombros, las víctimas, el desastre, mientras se hablaba de la “explosión de una caldera.

La investigación judicial permitió determinar que no fue ese el origen del siniestro que ensombreció a la principal ciudad de la provincia de Santa Fe. Si no, una cadena de negligencias y desidias humanas y empresariales que podrían reiterarse, porque están asentadas sobre una idiosincrasia más o menos extendida de falta de apego a las normas y a lo “correcto”. Dicho esto no desde un lugar moral, sino más bien autocrítico.  

Historia de un estallido

La explosión de la mañana del 6 de agosto de 2013 comenzó a producirse, por lo menos, desde el 24 de julio anterior. Según la investigación judicial, ese día una vecina del piso noveno, departamento F, llamó a la empresa Litoral Gas porque se le apagaba el calefactor y “en la cocina se entrecortaba la llama, como que faltaba presión”.

La compañía le asignó el número de reclamo 17.037 y un inspector (reclamista, en la jerga de Litoral Gas) constató en un acta “pérdida en accesorio de gabinete”.

En ese caso, las normas que regulan el servicio obligan a la empresa a colocar un dispositivo –cepo– que interrumpa el suministro, hasta tanto repare el desperfecto un gasista matriculado. El reclamista Gerardo Bolaños cortó el suministro pero no puso el cepo.

Según declaró una testigo, esa noche aparecieron “carteles por todos lados” insultando a la mujer que había realizado el llamado a la empresa, porque se habían quedado sin suministro.

El mismo día, 25 de julio, fue convocado al edificio el gasista José Luis Allala, quien accionó la válvula de bloque de suministro “para lo cual, según normativa vigente, se encuentra autorizado sólo personal de la licenciataria Litoral Gas”.

A la vez, “sustituyó piezas pertenecientes a la cañería, sin dar conocimiento de ello a la licenciataria en la forma requerida”, señala la acusación.

Concluida su tarea, alrededor de las 20, Allala no esperó “la llegada de personal de la empresa que rehabilitaría el servicio para dar cuenta, al menos en forma verbal, de su intervención”. El gasista declaró que llamó por teléfono y pasó los datos a una guardia de la empresa.

El 26 de julio fueron al edificio los reclamistas de Litoral Gas Guillermo Oller y Pablo Curaba. Restituyeron el servicio “sin haber corroborado antes los trabajos” realizados por Allala ni requerirle informe de los mismos, “sin conocer por tanto si se había o no modificado la instalación”, los acusó la Fiscalía.

De hecho, el gasista ni siquiera estaba presente cuando realizaron la inspección, como establece el procedimiento.

Curaba, incluso, volvió al edificio el 2 de agosto ante un pedido de su superior por una presunta falla en una válvula, y consignó en un acta: “Sin pérdida”.

También fueron acusados, después, de no “haber efectuado control sobre la totalidad de las instalaciones, limitándose a corroborar la ausencia de pérdida en el gabinete”.

Por no ejercer un debido control sobre sus subordinados están imputados Claudio Tonucci, Jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas, y la gerenta Técnica, Viviana Leegstra. Quien también es señalada por no planificar un plan de emergencias para el desastre.

“Una boludez”

El 25 de julio los administradores del consorcio del edificio, a cargo de Norma Bauer, Carlos Repupilli y Mariela Calvillo, enviaron un mail a los copropietarios que decía: “Nos comunicamos con Litoral Gas” y “una vez terminado el trabajo, Litoral Gas deberá inspeccionar y dar el alta nuevamente. Debemos seguir rigurosamente los pedidos y procedimientos que indique Litoral Gas para la rehabilitación del suministro”.

Seis días más tarde, el 31 de julio, otro correo electrónico informó a los consorcistas de una leve variante: “El gasista dijo que había que cambiar el regulador y que para el cambio del mismo él tendrá que ir departamento por departamento, para ver el estado de los artefactos” (ya no Litoral Gas, sino el propio matriculado) aclarando “que al departamento que no tenga el control por el gasista matriculado no se le habilitará el gas”.

El 2 de agosto, durante una reunión de consorcio, los administradores mostraron que se podía ser más laxo aún. Señalaron que “Litoral Gas les pedía dos reguladores para que en el edificio pueda llegar al caudal necesario, pero ello generaba un gran costo, pudiendo solucionarse dicho problema con un regulador de mayor caudal como el que estaba originariamente colocado, pudiendo ese trabajo hacerlo un gasista matriculado (…) a sabiendas que dicho cambio era irregular”, sostiene la acusación.

La prestadora les imponía dos reguladores de 50 pero uno de 100 era más económico. Propuso para esa tarea al gasista Carlos García, quien participó de la reunión de consorcio y, perfeccionando la desidia y la transgresión a las normas, dijo que “no es necesario ni obligatorio hacer la inspección en cada departamento para colocar el regulador”. También indicó que cambiar el regulador era “una boludez”.

Dos consorcistas, que murieron por la explosión, Florencia Caterina y Juan Pennice, solicitaron información y plantearon dudas respecto de las tareas. El último preguntó, en respuesta a uno de los mails enviados por la administración, si se había hecho “el mantenimiento regular de los reguladores y medidores de cada departamento” y “si eran verificados regularmente”.

La explosión

El 6 de agosto por la mañana García llegó a Salta 2141 con su ayudante, Pablo Miño. Según la investigación, intentó bloquear el suministro de gas para cambiar el regulador. El gasista asegura que lo hizo, aunque evidentemente algo falló en la válvula de paso porque el gas continuó fluyendo.  

Como consecuencia del desacople o la desconexión del regulador, sin la válvula de paso del todo cerrada, se produjo una fuga. El gas subió durante varios minutos y al entrar en contacto con algún elemento ígneo –las pericias no pudieron determinar cuál fue– se produjo la combustión que resultó en el estallido que provocó la implosión de la torre central del edificio de tres alas.

Para las fiscales Graciela Argüelles, Valeria Piazza Iglesias y Miguel Moreno, la conjunción de las presuntas irresponsabilidades, negligencias e impericias con las que actuaron el segundo gasista y su ayudante, dos de los tres reclamistas, el jefe y la gerenta de Litoral Gas y los administradores del consorcio son las que provocaron la tragedia y deben encuadrarse, penalmente, en el delito de estrago culposo agravado por las muertes de 22 personas.

Para la querella de la familia Gianángelo, también el primer gasista, Allala, y el reclamista Bolaño deben ser condenados.

El martes se conocerá cuál es la decisión de los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva.

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