Grandes referentes de la educación han explicado el retroceso que implica la aprobación del proyecto de ley de libertad educativa, entre ellas, la reconocida investigadora y pedagoga Adriana Puiggrós, quien señala que se trata de una propuesta que retrocede a la etapa anterior a Sarmiento, que pretende romper con la unidad del sistema educativo nacional, que muestra un claro retiro de financiamiento por parte del Estado, al mismo tiempo que atenta contra la imprescindible labor docente en los procesos de enseñanza y aprendizaje. Además, este proyecto de ley muestra ciertas concepciones acerca de la infancia, la educación, el rol del Estado, de las escuelas y de la comunidad docente que generan preocupación.
En este sentido, conviene recordar que las ideas acerca de la niñez han ido transformándose en el devenir de la historia conforme a los valores, prácticas y conocimientos predominantes en cada época, que le atribuyen un particular sentido a esta etapa de la vida. Franco Frabboni –investigador y pedagogo italiano– señala la existencia de tres grandes etapas. Una primera identidad que emparenta a la niñez con la adultez: “La infancia negada”. Una segunda identidad en la cual las niñas y los niños se convierten en hijos/as y estudiantes: “La infancia institucionalizada”. Y una tercera identidad vinculada a la concepción de niñez, en tanto sujetos sociales, sujetos del conocimiento, de la creatividad, sujetos de derecho. De este modo, las niñas y los niños dejan de ser concebidos como objeto de tutelaje, para alcanzar una dimensión diferente que los ubica como sujetos. Para que esto haya sido posible, fueron fundamentales los estudios que indagaron acerca del desarrollo infantil. Son innegables los aportes de la Teoría Histórico Cultural, del Socio Constructivismo, del Psicoanálisis y del Constructivismo, que nos permitieron comprender que las niñas y los niños, en pleno proceso de constitución de su subjetividad, construyen activamente los conocimientos en el encuentro con su cultura y su comunidad. Además, fue imprescindible la promulgación de marcos legales internacionales, nacionales y provinciales que establecen que las infancias ya no son “propiedad privada” de sus familias, sino que son sujetos de derecho.
Sin embargo, este proyecto de ley de libertad educativa vuelve a situar a las infancias como objeto de tutelaje y aparece en escena la “infancia institucionalizada”, en tanto el ejercicio de sus derechos queda supeditado al “marco de la libertad educativa y del derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos”. Para ello, se proponen “formas alternativas de enseñanza”: “La educación en el hogar y la educación en entornos virtuales de aprendizaje o sistema digitales integrales, que se organizan y desarrollan libremente, con las restricciones derivadas del orden constitucional y las leyes vigentes. La elección de los métodos, materiales, ritmos y entornos de aprendizaje corresponde a quienes ejerzan la enseñanza bajo estos formatos”.

Vale destacar que, en el texto del proyecto, resulta difícil encontrar las siguientes palabras: docentes, maestras, maestros. En líneas generales, refiere a “las personas que intervienen en los procesos de enseñanza y aprendizaje” o “aquellos que ejercen funciones de enseñanza, orientación o acompañamiento educativo”. Esto muestra un claro desprecio por la imprescindible labor docente y la potencia de la escuela, en tanto espacio de construcción de saberes colectivos. No obstante, es bueno recordar que, en tiempos de distanciamiento y aislamiento físico durante la pandemia por Covid-19, la sociedad en su conjunto fue capaz de reconocer que el intento de enseñar en el contexto del hogar o a través de la mediación de las pantallas resultó caótico por diversos motivos. Porque madres y padres no son personas que cuentan con formación profesional para llevar adelante los procesos de aprendizaje pedagógico, y porque la presencialidad, en tanto encuentro real con pares y docentes es insustituible, al momento de llevar adelante las complejas tareas de enseñar y aprender.
Grandes referentes de la educación, la psicología y la pedagogía explican las diferencias que existen entre la educación no formal y la educación formal, entre los procesos de aprendizaje vinculados a la crianza, que acontecen en el hogar, y los procesos de aprendizaje pedagógico que suceden en las escuelas. En este sentido, el aprendizaje escolar es un proceso complejo y singular, por el cual transitan las niñas, los niños y adolescentes. El ingreso a la escolaridad les permite construir nuevos lazos sociales y convivir con otras personas (pares y docentes). Promueve el aprendizaje de la lengua escrita, los conceptos científicos, la capacidad para operar con los números y las matemáticas, conocer acerca del arte y del deporte, entre otros saberes propuestos por el diseño curricular y la propuesta educativa de cada institución escolar.
Félix Temporetti -psicólogo e investigador- explica que los procesos de aprendizaje escolar siempre se ajustan a un plan de estudios o a un currículum oficial, a un calendario escolar o académico y son regulados por una serie de normativas de obligado cumplimiento. Los aprendizajes y logros son evaluados, acreditados y certificados en tiempos, plazos y formas precisos. Es decir, el aprendizaje pedagógico guarda condiciones y legalidades inherentes al espacio educativo, que se distinguen de los aprendizajes que suceden en otros contextos de socialización de los cuales participan las niñas y los niños.

Por otro lado, en el proyecto de ley de libertad educativa propuesto por el actual gobierno, resulta difícil encontrar expresiones vinculadas al Estado como garante de derechos y sobre su responsabilidad indelegable, al momento de resguardar y ocuparse del financiamiento de la educación de las niñas, los niños y adolescentes como un derecho fundamental. En el Artículo 83 establece que: “El Sistema Nacional de Educación podrá implementar dispositivos de financiamiento por la demanda en todos los niveles y modalidades. Las asignaciones otorgadas a las familias o alumnos mediante vales o bonos, becas, créditos fiscales u otros instrumentos equivalentes, están orientadas a asegurar la libre elección de la institución educativa y la equidad en el acceso a propuestas diversas de aprendizaje” (página 112). Mientras que la ley nacional de educación 26.206 (2006), que se encuentra vigente y pretende ser derogada, expresa que: “el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias; que el estado nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales”. Se destaca que la educación debe brindar las oportunidades necesarias para el desarrollo integral de las personas a lo largo de toda su vida y promover la capacidad de desarrollar su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común. Al mismo tiempo que determina que el presupuesto destinado al financiamiento del Sistema Educativo Nacional no debe ser inferior al seis por ciento (6%) del Producto Interno Bruto Interno.
En la Agenda 2030, la UNESCO propone garantizar la educación inclusiva y equitativa de calidad, destacando que, para realizar las transformaciones requeridas en materia de educación, no podrán hacerse efectivas si no son acompañadas de un aumento significativo del financiamiento, en particular de aquellos países que se encuentran más lejos de alcanzar la educación de calidad pretendida para todos/as los/as estudiantes y en todos los niveles educativos. Es por ello que sugiere que los gobiernos y estados realicen inversiones superiores y destinen un mayor porcentaje del Producto Bruto Interno (PBI), con el propósito de garantizar la educación de las nuevas generaciones.
Si bien puede resultar sencillo (aunque doloroso) reconocer las ideas que defiende el actual gobierno, en sus diferentes decisiones y también en la elaboración del proyecto de ley de libertad educativa, la querida escritora Liliana Bodoc puede ayudarnos a comprender un poco más, cuando dice que: “Trabajar sobre el crecimiento (…) es una tarea de la más alta responsabilidad. Inmersos en las grandes dificultades sociales, tratando con el niño y su hambre, con el joven y su desaliento; enfrentados a la tarea de defender el conocimiento frente a un modelo mundial imperante que, en la práctica, lo desautoriza y lo menoscaba, los maestros debemos (voy a permitirme esta inclusión hecha desde el amor), debemos traer de regreso la honra de «ser» contra la soberbia de «poseer». Debemos traer de regreso la reflexión y la duda contra la abulia y la irreflexión. Los sueños apasionados contra quimeras hollywoodenses, la luz de la diversidad contra los reflectores de las pasarelas. Debemos preparar a nuestros niños para la pelea del pensamiento, porque la opción es la pelea o la esclavitud”.
Más allá de las ideas, que este proyecto de ley expresa, las cuales muestran su desprecio por la educación pública, los derechos de las infancias y adolescencias, la potencia de las escuelas y la imprescindible tarea docente, como así también su desconocimiento respecto de las políticas públicas propuestas por organismos internacionales, posiblemente, también muestran miedo. Miedo a la educación pública y a sus docentes, porque tienen el poder de acercar a las niñeces a los saberes, a las diversas culturas, al arte, a las ciencias. Miedo al encuentro colectivo que invita a descubrir y compartir otras miradas y perspectivas posibles. Miedo, sobre todo, a que el piberío tenga la certeza de que es capaz de construir un futuro distinto al que los poderosos han planeado para ellos, estudiando y aprendiendo a pensar en la escuela.
*Docente de la UNR, Especialista en Alfabetización e Inclusión (CEI/UNR), fonoaudióloga
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