Después de conocerse en la noche de este jueves la decisión del Tribunal Electoral boliviano de inhabilitar la candidatura a senador de Evo Morales, el expresidente acusó al gobierno autoproclamado de Jeanine Áñez de realizar un “atentado contra la democracia”. “Pueden hacer lo que quieran conmigo pero que no destruyan la democracia, como esperan la derecha y el Tribunal. No destruyan a Bolivia”, pidió el exmandatario.

En una conferencia de prensa, brindada en la mañana de este viernes mañana en la sede de ATE en la ciudad de Buenos Aires, el dirigente indígena hizo un breve repaso de la persecución en su contra. “El año pasado ganamos en primera vuelta las elecciones. El verdadero fraude fue el informe de la OEA mientras que todos los organismos y universidades sostenían que no hubo fraude”, remarcó Evo Morales.En este sentido, el expresidente del país vecino afirmó que el gobierno interino les “robó” el triunfo y que lo obligaron a no ser candidato, algo que también aceptó. “Aprobaron una ley inconstitucional y lo acepté todo por Bolivia”, dijo también.

“Ahora me inhabilitan como candidato a senador, no respetan la ley electoral. No es sólo una inhabilitación a Evo, es un atentado a la democracia. Le tienen miedo a la democracia”, añadió el exmandatario, quien criticó declaraciones de Áñez llamándolos “salvajes” a él y a los sectores sociales que representa.

Por último, Evo Morales calificó que con “este hecho lamentable”, el Tribunal Electoral se sometió a la instrucción de Estados Unidos. “Todas las políticas que fue implementando el gobierno en estos tres meses obedecen al mandato de Estados Unidos. Siempre soñamos y deseamos un Estado soberano con un pueblo digno. Lo aprendí de otros exlíderes de esta generación, como Lula, Chávez, Kirchner, Correa, eran tiempos en donde todos trabajábamos por la liberación y por la patria grande”, concluyó Evo Morales.

Durante la misma conferencia de prensa también hizo uso de la palabra Eugenio Zaffaroni, quien representa legalmente al expresidente boliviano. Según explicó el jurista, el régimen actual en Bolivia “es un estado de no derecho”. “Es insólito que poderes electos popularmente, vencido su mandato, lo prologuen arbitrariamente”, planteó y puso de ejemplo lo que ocurrió con el Poder Legislativo.

“Anoche (por el jueves) el tribunal informó la decisión de inhabilitar a Evo Morales, ha comenzado el fraude electoral”, remarcó el abogado. Zaffaroni, quien recordó también la jurisprudencia del Tribunal Electoral boliviano que en otras oportunidades no inhabilitó candidatos por el motivo que ahora descartó la presentación del exmandatario.

Para el abogado, se trata de una discriminación explícita frente a los diferentes candidatos. “Evo Morales no está afuera de Bolivia porque está prófugo sino porque se creó una situación de fuerza mayor en donde si se quedaba lo mataban. Cualquier dictadura del mundo actuaría así, primero persigue a un ciudadano y después le niega los derechos políticos”, agregó Zaffaroni, que sentenció por último que el fraude llegó a Bolivia “por la vía de la proscripción”.

El comunicado contra la inhabilitación de Evo Morales y Diego Pary

 La Dirección Nacional del MAS-IPSP, ante el anuncio de inhabilitación por parte del presidente del Tribunal Supremo Electoral, Salvador Romero, de nuestros candidatos a Senadores por Cochabamba y por Potosí hermanos Evo Morales Ayma y Diego Pary Rodríguez, manifiesta lo siguiente:

  1.   El presidente del Tribunal Supremo Electoral y los Vocales que han suscrito la inhabilitación de nuestros candidatos llevaron a cabo una acción política para proscribir la participación de nuestros candidatos al Senado, Evo Morales, y Diego Pary, sin ningún respaldo constitucional ni legal.
  2.   El presidente del Tribunal Electoral y los vocales que inhabilitaron a nuestros candidatos incumplieron el Calendario Electoral que señala en su Art. 35:  que el plazo para tramitar las demandas de inhabilitación de candidatos empieza el lunes 24 de febrero.Sin embargo, antes de esa fecha, el Tribunal Supremo ya ha tramitado las demandas y ha fallado sobre inhabilitaciones en clara violación a su propia normativa y su motivación política. 
  3.   Y aún de manera más grave, la decisión del presidente del Tribunal Supremo Electoral y los vocales que  suscribieron la resolución de inhabilitación de nuestro candidatos, violaron la siguiente normativa:
  4.     Art. 4 de la Ley 026 de Régimen Electoral que señala:  “El ejercicio pleno de los derechos políticos conforme a la Constitución y la ley, no podrá ser restringido, obstaculizado no coartado por ninguna autoridad pública, poder fáctico, organización o persona particular”.
  5.     La Sentencia Constitucional Plurinacional No. 24/208 de 27 de junio de 2018 que señala: “La Sentencia Constitucional Plurinacional 0024/2018 de 27 de junio de 2018 ha desarrollado jurisprudencia vinculante a todos los Órganos del Estado, en lo referente a Residencia Permanente en el marco de la CPE, estableciendo: “En consecuencia, se entiende por “residencia permanente” en el contexto de los Arts. 149, 167, 285.I.1 y 287.I.1 de la CPE, al último domicilio registrado por el ciudadano en el padrón electoral, donde desarrolla su proyecto de vida. Concepto que está compuesto por dos condiciones concurrentes:
  6. i) Que el “último domicilio” registrado en el Padrón Electoral, haya sido voluntariamente señalado por el ciudadano dentro de sus datos biográficos, encontrándose habilitado para sufragar en ese lugar; y,
  7. ii) Que tanto sus derechos y deberes señalados en la Constitución Política del Estado, así como las actividades que despliega en ejercicio de las libertades propias de su proyecto de vida, sean ejercidos libre y voluntariamente en el lugar donde tiene señalado su domicilio con fines electorales. Excluyendo aquéllas que por disposición legal o fuerza mayor, deban cumplirse en otro sitio, haciendo intermitente la residencia “permanente” en el domicilio señalado, sin romper el vínculo entre el ciudadano y su territorio.  

La Constitución Política del Estado establece que el Requisito de residencia establecido en Constitución Política del Estado (CPE) para ser Candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional y para ser candidata o candidato a la presidencia y vicepresidencia del Estado establece: “Artículo 149. Para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá́ cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.

“Artículo 167. Para acceder a la candidatura a la Presidencia o a la Vicepresidencia del Estado se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con treinta años de edad cumplidos al día de la elección, y haber residido de forma permanente en el país al menos cinco años inmediatamente anteriores a la elección”, entre otras.

  1.   Ante tal ilegal actuación, anunciamos el inicio de proceso penal ordinario en contra de los vocales del Tribunal Supremo Electoral que han votado por la inhabilitación.
  2.   Asumir las acciones a nivel nacional e internacional para la defensa de la democracia, la participación de nuestros candidatos y de nuestra organización política a la cual se la quiere proscribir.
  3.  Declaramos estado de emergencia y movilización pacífica en nuestras filas frente a esta injusta inhabilitación.

 

Movimiento al Socialismo – Instrumento por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP)

La Paz, 21 de febrero de 2020

Fuentes: Página 12/ Plurinacional.info

 

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