El fiscal federal de Rosario Adolfo Villatte, jefe de la Unidad de Asistencia a las causas por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, presentó un “requerimiento de instrucción” por los hechos que tienen como imputado a Guillermo Ernesto Tschopp, ex titular del Juzgado Federal N° 2 de Rosario durante la última dictadura cívico militar. En agosto pasado, la agrupación Hijos Rosario radicó una denuncia ante el propio Villate contra el ex magistrado, por su “participación en graves crímenes de lesa humanidad”, basada en los testimonios de decenas de víctimas. La respuesta de la fiscalía, que llegó esta semana, fue un extenso escrito en el que el Ministerio Público hace suyos tanto los principales planteos de la demanda como las diferentes medidas de prueba solicitadas.

Para armar su denuncia a la que Villate dio curso y ahora deberá tramitar ante el Juzgado Federal N° 4 de Marcelo Martín Bailaque, entre otras pruebas la agrupación Hijos Rosario tomó 16 testimonios de sobrevivientes del Servicio de Informaciones (SI) de la Policía de Rosario –el mayor centro clandestino de detención de la provincia durante la dictadura–, junto a los habeas corpus que familiares de detenidos-desaparecidos presentaban en el despacho de Tschopp, que prolijamente cajoneaba.

Tschopp estuvo al frente del Juzgado Federal de la 2da. Nominación de Rosario durante siete años, los mismos que duró la última dictadura cívico militar. Ta cual se informó en este medio, la denuncia presentada ante la Unidad Especial de Lesa Humanidad del Ministerio Público Fiscal (MPF), que conduce Villate, releva los casos de víctimas del terrorismo de Estado que fueron privadas ilegalmente de la libertad y torturadas en centros clandestinos de detención que funcionaron en Rosario, algunas de las cuales resultaron además asesinadas y desaparecidas.

En el escrito de Hijos se da cuenta de multiplicidad de casos en los que Tschopp recibía denuncias de personas secuestradas en centros clandestinos de detención o cárceles de la dictadura –incluso mujeres embarazadas–, que le manifestaban las torturas a las que eran sometidas para hacerles firmar declaraciones en su contra, que luego el juez no sólo no investigaba sino que utilizaba para condenarlas.

En la presentación se recuerda que el denominado “Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional se erigió por el poder de las armas en norma fundamental, subordinando a él la Constitución Nacional”, en lo que define como un “claro acto de subversión institucional”.

La denuncia contra el ex juez fue presentada por Hijos Rosario ante el fiscal Villate. | Foto: Manuel Costa

“En ese contexto político y social, la tolerancia y complicidad de los miembros del Poder Judicial en cuyas manos estaban la posibilidad y medios jurídicos para interceder por la situación de los detenidos, demuestran el estigma de la corrupción que capearon en esos años”, destaca el escrito, en el que además se remarca la “sistemática denegatoria a los recursos de hábeas corpus interpuestos, la indiferencia ante las denuncias de los apremios ilegales y el trato vejatorio e inhumano de los regímenes penitenciarios, y la no investigación de la situación de personas secuestradas que aún hoy revisten el carácter de detenidos-desaparecidos”.

En un detallado informe enviado a la prensa en agosto –en el que Hijos resolvió preservar los nombres de las víctimas–, se destacaron algunos de los casos de los 16 relevados en esta primera denuncia contra Tschopp.

Uno de los casos se refiere al habeas corpus presentado por una madre en favor de su hija y de su nieta de 8 meses desaparecidas, que consta en el Archivo de los Tribunales Federales bajo el n° de archivo permanente 2608.

Según se desprende del recurso fechado el 5 de febrero de 1977, la mujer y la beba fueron apresadas en dependencias de la Policía Federal cuando tramitaban el pasaporte para irse del país. “Fueron detenidas, negándose a partir de ese momento su paradero”, denunciaba aquella mujer que luego sería una referente local de Abuelas.

“Tschopp se limitó a oficiar a las reparticiones de rigor, las cuales todas contestaron negativamente. Sin llevar a cabo otra medida, más que la formalidad de los oficios y aún cuando existían indicios claros de su secuestro por parte de personal de fuerzas de seguridad, rechazó el recurso sin más, con costas a la peticionante”, describe Hijos en la presentación, en la que se subraya además que “esto no sólo trajo como consecuencia la desaparición hasta el día de la fecha de la madre, sino que la bebé fue apropiada, siendo el caso uno de los primeros en tramitar ante el juzgado federal de Servini de Cubría”.

La niña vivió por años secuestrada por militares y sufrió “uno de los procesos de restitución más traumáticos de la historia argentina”, reseña la organización.

También se menciona el caso de un detenido-desaparecido que luego de haber sido salvajemente torturado en el SI, “a fines de 1976 es trasladado y alojado en la cárcel de Coronda”, donde es visitado por el doctor Tschopp.

“Ante la presencia de este magistrado (el detenido) denuncia las torturas y los apremios ilegales sufridos en el Servicio de Informaciones, las condiciones de vida en la cárcel, la ilegalidad del Consejo de Guerra al que fue sometido por haberle hecho suscribir declaraciones bajo apremios, por no haber contado con una defensa, por haber firmado todas las actuaciones estando tabicado (vendado). Luego del arsenal de denuncias realizadas por la víctima, el magistrado le contesta: «¿Usted cree que lo que escribieron los militares con la mano yo voy a borrarlo con el codo?»”.

El fiscal federal Adolfo Villate. | Foto: Franco Trovato Fuoco

“Asimismo (Tschopp) le hizo saber (a la víctima) que las actas de estas declaraciones serían la base con la que él lo juzgaría. La condena dictada por el Consejo de Guerra (realizado por los militares), de 8 años y 7 meses de prisión, fue aumentada por la Justicia Federal a 10 años de prisión”, completa el relato de la denuncia de Hijos.

Otro de los casos mencionados por Hijos es el de una embarazada de 8 meses que, estando privada de su libertad en el año 1977, interpuso un recurso de amparo que obra en el Archivo de los Tribunales Federales, y en cuya primera foja contiene una carta en manuscrito de la mujer denunciando “las condiciones de detención inhumanas que sufría”.

“Dicho recurso tramitó ante el Juzgado Federal N° 2 de Rosario, a cargo por aquel entonces de Tschopp, quien a pesar de lo narrado por la detenida no tomó medida alguna para hacer cesar dichas condiciones ilegales de detención”, señala la denuncia.

Esa madre, que había estado privada ilegalmente de la libertad en la Alcaidía de la Jefatura de Policía de Rosario, y que fue sometida a un parto en la Maternidad Martin en la peor de las condiciones, pudo relatar “en forma verbal al magistrado el secuestro, las torturas, la detención de ella y de su marido”, según precisa el escrito de Hijos, en el que se añade: “A pesar de ello, Tschopp nunca inició una investigación en este sentido, ni dejó, cuánto mínimo, asentadas esas declaraciones”.

Foto: Télam. “No estaba ante la justicia, estaba ante un cómplice de quienes me torturaron”, relató la mujer tiempo después los estrados judiciales.

En su respuesta a la denuncia de Hijos, Villate incorporó varias referencias –como antecedente– a la sentencia del “Juicio a los magistrados”, proceso que tramitó en el Tribunal Oral Federal Nº 1 de Mendoza, en el que cuatro ex magistrados acusados por hechos similares a los que se les imputan a Tschopp, fueron condenados a prisión perpetua.

“Resulta necesario distinguir el modo de participación en los delitos, conforme el momento en el que toma conocimiento de los hechos el denunciado”, plantea el requerimiento de Villate. Y remarca: “Entonces, cabe distinguir la conducta en el supuesto de: a) no investigar hechos que les eran denunciados y que ya habían acontecido; y b) de los hechos acontecidos simultáneamente o con posterioridad al habeas corpus o a la denuncia efectuada”.

Para la fiscalía “debe entenderse que la intervención del ex magistrado en los homicidios, torturas, privaciones ilegítimas de libertad –cometidos por las fuerzas de seguridad o Ejército–, debe enrostrársele en grado de partícipe necesario, en tanto no existe un tipo autónomo de omisión y las figuras típicas antes mencionadas se encuentran prescriptas sólo como delitos comisivos”.

“Entonces, al faltar un requisito para que se dé la autoría, persiste el deber de evitar el resultado, y por lo tanto hay participación”, subraya el escrito de Villate.

El MPF consideró que, como quedó probado en la “sentencia a los magistrados”, la actuación del juez “importó además un mensaje a quienes estaban llevando a cabo el terrorismo de Estado y a la sociedad toda, de que, los magistrados, no iban a obstaculizar el accionar de los autores”.

“Estos contaban para la comisión, con esa colaboración o aporte, sabían que a pesar de las denuncias y presentaciones que los familiares realizaran, los hechos no iban a ser investigados. Esto resultaba significativo, en tanto, importaba la impunidad de la actividad ilegal que se estaba llevando a cabo”, añade el requerimiento.

En su escrito, la fiscalía coincide con la tipificación de los hechos propuesta por Hijos y considera que, además de los delitos de omisión e incumplimiento de los deberes de funcionario público, la conducta de Tschopp debe correr la misma suerte que “las calificaciones enrostradas a los miembros de las fuerzas que llevaron a cabo dichas conductas”.

Y acusa: “Las conductas cometidas por el ex magistrado resultan un aporte concreto siendo parte integrante del plan criminal desplegado por los miembros de las fuerzas de seguridad y Ejército, con lo cual deben ser encuadradas en los tipos penales de homicidio, torturas, privaciones ilegítimas de libertad, desapariciones forzadas, entre otros”.

 

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